Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2013 (11/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Martes 11 de junio de 2013

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de la citada resolucion, modificada por Resoluciones de Secretaria de Gestion Publica Nº 001-2011-PCM-SGP y Nº 001-2012-PCM-SGP, determino que para las entidades del Poder Ejecutivo, Organismos Autonomos, Poder Judicial y Poder Legislativo, el plazo de implementacion culminaba el 31 de diciembre de 2012; Que, en dicho contexto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a traves de los Informes Nº 048 y Nº 1262013-OPP-SG/MINAM de 04 de marzo y 16 de MORDAZA de 2013, respectivamente, ha presentado la propuesta de modificacion del MORDAZA Institucional, considerando la adecuacion del citado documento de gestion a las disposiciones contenidas el Decreto Supremo Nº 0642010-PCM; sobre la base de lo determinado en los Informes Nº 008 y Nº 019-2013-MINAM-SEG-OGA-CON de 25 de febrero y 02 de MORDAZA de 2013, respectivamente, del Especialista Responsable en Contabilidad de la Oficina General de Administracion, asi como en los Memorandos Nº 163 y Nº 327-2013-MINAM-SG-OGA de 25 de febrero y 03 de MORDAZA de 2013, respectivamente, de la Oficina General de Administracion; Que, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su articulo 38°, regula la aprobacion y difusion de los MORDAZA de las entidades publicas, estableciendo en su numeral 38.5 que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo; Que, el caso especifico de la propuesta presentada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, supone dos cambios sustanciales en el MORDAZA del Ministerio del Ambiente, a saber: i) la reduccion del monto del derecho de tramitacion del Procedimiento Nº 2, "Aprobacion de proyecto de Reduccion de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero y Captura de Carbono"; y, ii) la reduccion del plazo de atencion de dicho procedimiento; Que, a traves del Oficio Nº 701-2013-PCM/SGP de 28 de MORDAZA de 2013, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros ha remitido el Informe Nº 22-2013-PCM-SGP.CCM, en el cual se expresa la opinion favorable a la modificatoria del MORDAZA del MINAM, de acuerdo al articulo 11.1 del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; por lo que, corresponde formalizar la aprobacion de dichos cambios mediante la presente resolucion; Con el visado de la Secretaria General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administracion, y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 0072010-MINAM, modificado mediante las Resoluciones Ministeriales N° 273-2011-MINAM, N° 040-2012-MINAM y Nº 224-2012-MINAM; en cuanto a la reduccion del monto del derecho de tramitacion del Procedimiento Nº 2 "Aprobacion de proyecto de Reduccion de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero y Captura de Carbono", y la reduccion del plazo de atencion de dicho Procedimiento, segun Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas, asi como en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 948376-2

de la Presencia de Organismos Vivos Modificados ­ OVM", asi como la "Guia para la Deteccion Cualitativa de Organismos Vivos Modificados ­ OVM, Usando Tiras Reactivas", en el ambito de la Ley N° 29811 y su Reglamento, que como Anexo forman parte integrante de la presente resolucion. Dicha publicacion, para fines de Consulta Publica, se realizara en el MORDAZA Web Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/consultas_publicas), a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo senalado en el articulo 1° de la presente resolucion, deberan ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede se encuentra ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA Oeste N° 1440, Distrito de San MORDAZA ­ Departamento de MORDAZA, y/o a la direccion electronica bioseguridad@minam.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 948376-1

Modifican Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Ambiente
RESOLUCION MINISTERIAL N° 170-2013-MINAM MORDAZA, 6 de junio de 2013 Visto; los Informes Nº 008 y Nº 019-2013-MINAMSEG-OGA-CON de 25 de febrero y 02 de MORDAZA de 2013, respectivamente, del Especialista Responsable en Contabilidad de la Oficina General de Administracion; los Memorandos Nº 163 y Nº 327-2013-MINAM-SG-OGA de 25 de febrero y 03 de MORDAZA de 2013, respectivamente, de la Oficina General de Administracion; el Memorandum Multiple Nº 026-2013-SG/MINAM de 27 de febrero de 2013, de la Secretaria General; los Informes Nº 016 y Nº 031-2013-RAC-OPP-SG/MINAM de 04 de marzo y 10 de MORDAZA de 2013, respectivamente, de la Especialista Responsable en Racionalizacion de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Nº 048 y Nº 126-2013-OPP-SG/MINAM de 04 de marzo y 16 de MORDAZA de 2013, respectivamente, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 035-2013-MINAM/SG-OAJ de 5 de marzo de 2013 y Memorandum Nº 225-2013MINAM/SG-OAJ de 17 de MORDAZA de 2013, de la Oficina de Asesoria Juridica; asi como los Oficios Nº 492 y Nº 7012013-PCM/SGP de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2010MINAM, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio del Ambiente, modificado mediante Resoluciones Ministeriales N° 273-2011-MINAM, N° 040-2012-MINAM y Nº 224-2012MINAM; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, se aprobo la metodologia de determinacion de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Publicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del articulo 44° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en cumplimiento de lo previsto en la Primera Disposicion Complementaria Final del precitado Decreto Supremo, mediante Resolucion de Secretaria de Gestion Publica Nº 002-2010-PCM-SGP, se establecieron los mecanismos y plazos para la implementacion gradual de la nueva metodologia de determinacion de costos para todas las entidades publicas; Que, en lo que respecta a los plazos de implementacion de la mencionada metodologia, el literal a) del articulo 3º

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