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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (11/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Martes 11 de junio de 2013 496946 de saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2 del mismo artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 143 473,24, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al fi nanciamiento del estudio de pre inversión a nivel de perfi l del proyecto “Abastecimiento de agua potable y alcantarillado para el proyecto habitacional de interés social Laderas del Cerro El Agustino”; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 143 473,24 (CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES Y 24/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), destinada al fi nanciamiento del estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfi l del Proyecto de Saneamiento Urbano “Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado para el Proyecto Habitacional de Interés Social Laderas del Cerro El Agustino”. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de los dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Artículo 5.- Información La empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.), informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros del estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfi l del Proyecto de Saneamiento Urbano “Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado para el Proyecto Habitacional de Interés Social Laderas del Cerro El Agustino”, en el marco del Convenio suscrito por las partes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 948153-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN