Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2013 (11/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Martes 11 de junio de 2013

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Articulo Quinto: CUMPLAN los Magistrados de los Juzgados arriba citados, con informar al Area de Estudios, Proyectos y Racionalizacion de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional, dentro del plazo de cinco dias habiles contados a partir de la fecha de culminacion de la redistribucion ordenada. Articulo Sexto: PONER la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fin que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Setimo: DISPONER que el Area de Estudios, Proyectos y Racionalizacion de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, realice el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y, ejecute las demas acciones necesarias para efectuar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, en coordinacion con la Comision Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, debiendo dar cuenta a la Presidencia, bajo responsabilidad funcional. Articulo Octavo: PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Comision Distrital de Descarga Procesal, Gerencia de Administracion Distrital y Unidad de Planeamiento y Desarrollo para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 948224-1

PJ, el cual conforme a lo aprobado por la Comision en mencion propone redistribuir un total de 992 expedientes provenientes del Juzgado Mixto Permanente de La MORDAZA y Cieneguilla a su par transitorio, a fin de coadyuvar en las materias civil y familia, donde la carga procesal es mayor. Que, la Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ de fecha el 02 de marzo del 2012, aprueba la Directiva N° 001-2012-CE-PJ referida a las Comisiones Nacional y Distrital de Descarga Procesal en cuyo Articulo 6 Numeral 3 Literal b, establece como integrante al Presidente de la Corte Superior de cada distrito judicial al ser la MORDAZA autoridad administrativa. En ese orden de ideas, en virtud del Articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 020-2013-CE-PJ se faculta al Presidente de la Comision Distrital de Descarga Procesal a dictar las acciones administrativas necesarias para monitorear las actividades de descarga. Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial e inciso 3 del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012: SE RESUELVE: Articulo Primero: ESTABLECER y PRECISAR en via de regularizacion, que el Juzgado Mixto Permanente de La MORDAZA y Cieneguilla cumpla con efectuar la remision de 720 expedientes en estado de tramite de materia penal hacia el Juzgado Penal Transitorio de La MORDAZA y Cieneguilla. Articulo Segundo: DISPONER que el Juzgado Mixto Permanente de La MORDAZA y Cieneguilla cumpla con efectuar la remision de 992 expedientes en tramite hacia el Juzgado Mixto Transitorio de La MORDAZA (ex Juzgado de Familia Transitorio de La MORDAZA y Cieneguilla) sin perjuicio de lo ordenado en el articulo precedente; mediante la mesa de partes correspondiente conforme se detalla a continuacion: Materia Familia Materia Civil 341 Expedientes 651 Expedientes

Designan juez superior provisional de la MORDAZA Sala Penal para procesos con Reos en Carcel de MORDAZA y juez supernumeraria del 42º Juzgado Penal de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 630-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 7 de junio del 2013 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso N° 41711-2013, la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta de la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de MORDAZA, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce, a partir del 10 al 17 de junio del presente ano. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fin de no alterar el normal desarrollo de la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero: DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del

Articulo Tercero: La redistribucion comprende a los procesos en estado de emitir sentencia, cualquiera sea el ano de ingreso del expediente, priorizando del mas antiguo al mas reciente, MORDAZA complejos o no. Complementariamente, de no existir expedientes en etapa de sentencia en las cantidades arriba indicadas, tal cifra sera completada con los expedientes en etapa de tramite. La redistribucion dispuesta en la presente resolucion se efectuara en el plazo de DIEZ dias habiles a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; ademas se debera tener en consideracion lo siguiente: - No se considera en la redistribucion, a los expedientes que hayan sido objeto de una redistribucion anterior. - No se considera en la redistribucion, los expedientes que han llevado a cabo informe oral y los que se encuentren en etapa de ejecucion. - No se considera en la redistribucion a los expedientes que se encuentren con mandato de archivo, sea provisional o definitivo. - No se comprende en la redistribucion, a los expedientes en reserva. - No se comprende en la redistribucion, a los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha sentencia MORDAZA sido anulada por el Superior. Articulo Cuarto: DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberan ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificacion completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras, y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no seran objeto de redistribucion, bajo responsabilidad del Magistrado a cargo del Juzgado y del secretario de la causa, por inconducta funcional.

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