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El Peruano Martes 11 de junio de 2013 496948 Que, la citada disposición complementaria establece que mediante decreto supremo, refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Economía y Finanzas, deberán aprobarse las disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca; Que, por Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 025-2013- PCM, se aprueba las disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca; determinándose en su Primera Disposición Complementaria Final que SERVIR, mediante resolución de Presidencia Ejecutiva, aprobará las disposiciones y lineamientos necesarios para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca; Que, asimismo, el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM establece que SERVIR aprobará un Cronograma de Convocatoria Anual, el cual contempla los plazos y condiciones específi cas aplicables para cada proceso de otorgamiento del Crédito-Beca, en el marco de las disposiciones previstas en dicha norma reglamentaria; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 088-2013-SERVIR/PE se aprueba el Manual Operativo del Programa Piloto de Crédito-Beca; disponiéndose además que dicho programa, con fi nes de posicionamiento y distinción de otras de similar denominación, podrá identifi carse además como “Programa Reto Excelencia”; Que, mediante el documento de visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil (órgano de línea responsable de la administración del Programa Piloto de Crédito-Beca, de conformidad con el artículo 4.1 del Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM), ha propuesto y sustentado la aprobación del Cronograma de la Primera Convocatoria del Programa Piloto de Crédito-Beca, el cual contempla las fases de postulación, el cronograma mismo del proceso para seleccionar a los benefi ciarios, las áreas de estudio a fi nanciar, el monto y cobertura del programa, los requisitos para postular, los criterios de selección, entre otros aspectos; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el cronograma propuesto, a fi n de ejecutar las acciones necesarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, la Ofi cina General de Administración y Finanzas, la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el literal o) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modifi catorias; y lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 122- 2012-PCM y modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Cronograma de la Primera Convocatoria del Programa Piloto de Crédito Beca (“Programa Reto Excelencia”), que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo CRONOGRAMA DE LA PRIMERA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA PILOTO DE CRÉDITO-BECA (PROGRAMA RETO EXCELENCIA) 1. Objetivo del Programa El Programa Piloto de Crédito-Beca, también identifi cado como Programa Reto Excelencia, tiene como objetivo fi nanciar los estudios de posgrado de maestrías y doctorados de profesionales que prestan servicios en las entidades del Estado bajo cualquier modalidad contractual. 2. Características del Programa El Programa Reto Excelencia (en adelante el “Programa”) fue creado por la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, con la fi nalidad de fi nanciar, mediante la modalidad de crédito-beca, los estudios de posgrado de profesionales que prestan servicios en las entidades del Estado y que cuenten con admisión en los programas de posgrado y programas académicos del mundo reconocidos por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR. 3. Universidades a las que pueden postular En el marco del Programa, los interesados pueden postular a aquellas universidades que pertenezcan a las 500 mejores universidades del mundo, identifi cadas como tales por el Ranking QS. Esta cifra es actualizada anualmente por SERVIR y corresponde al 2.2% superior de las universidades del mundo registradas en la mejor fuente informativa disponible. La información sobre las 500 universidades se encuentra disponible en el portal institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). 4. Estudios de maestría y doctorado que serán fi nanciados Es importante precisar que los postulantes deberán considerar, a efectos de solicitar el fi nanciamiento, que los programas materia del mismo son aquellos que deberán conducir a la obtención de un grado académico reconocido en el Perú. Por ello, el postulante que sea seleccionado y se le otorgue el fi nanciamiento para realizar una maestría o un doctorado en el extranjero, al concluir sus estudios tendrá que realizar un trámite de reconocimiento de grados en el Perú: en la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) o en las universidades autorizadas. Existen tres mecanismos para realizar este trámite: Trámite de reconocimiento de grados o títulos obtenidos en universidades del extranjero Requisitos Universidades que se encuentran en países con los que el Perú tiene Convenio de Reciprocidad: Argentina, Brasil, Bulgaria, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, China, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, Hungría, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Rumanía, Rusia, Ucrania, Uruguay, Vaticano y Venezuela. Los requisitos que establece la ANR se encuentran publicados en su portal institucional. Se establece expresamente que para el reconocimiento del grado de maestro o doctor se requiere además adjuntar original y copia de la tesis. De otro lado, para el caso de España, la ANR precisa que los máster además tienen que cumplir con un mínimo de 60 créditos, 2 años de estudios y tesis. Universidades que se encuentran en países con los que el Perú suscriba acuerdos comerciales, convenios culturales, entre otros. Los requisitos se encuentran previstos en la Resolución Ministerial Nº 0035-2011-ED. Se establece expresamente que para el reconocimiento del grado de doctor se requiere además adjuntar original y copia de la tesis. ANR faculta a algunas universidades peruanas, ya sean públicas o privadas. Los requisitos que cada universidad establece. Asimismo, el Programa solo fi nanciará maestrías que se inicien durante el 2013. 5. Naturaleza del Crédito-Beca El Crédito Beca constituye un mecanismo de apoyo del Estado que consiste en un préstamo que otorga el Programa en los términos previstos en la Ley Nº 29812 (en adelante la Ley) y el Decreto Supremo Nº 122-2012- PCM (en adelante el Reglamento), modifi cado por Decreto Supremo Nº 025-2013-PCM. Este préstamo podrá ser condonable de acuerdo con los requisitos y condiciones contemplados en el Reglamento y los dispositivos que establezca SERVIR.