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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (29/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Sábado 29 de junio de 2013 498402 de verifi cación y seguimiento a que se refi ere el artículo 11 de la Ley N° 29951. Artículo 6.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 956025-17 Autorizan Transferencia de Partidas del Ministerio de Salud a favor de diversos Gobiernos Regionales para financiar proyectos de inversión pública durante el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO N° 159-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte; Que, mediante la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó, entre otros, el Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector respectivo y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción del convenio correspondiente; Que, el numeral 11.2 del artículo 11 del referido dispositivo legal, señala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, a través del Informe N° 106-2013-OGPP-OP/ MINSA la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, informa que cuenta con disponibilidad presupuestal hasta por la suma de CIENTO SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 106 581 224,00), con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Administración Central y Unidad Ejecutora 016: Hospital Nacional Hipólito Unanue del Pliego 011 Ministerio de Salud para una transferencia de partidas a favor del Gobierno Regional del departamento de Moquegua, Gobierno Regional del departamento de Pasco y Gobierno Regional del departamento de San Martin para el fi nanciamiento de (09) nueve proyectos de inversión pública, los mismos que cuentan con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y cuya ejecución estará a cargo de los citados gobiernos regionales, para lo cual han suscrito los convenios respectivos con el Ministerio de Salud, en el marco del artículo 11 de la Ley N° 29951; en virtud de lo cual, con Ofi cio N° 1814-2013-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita la transferencia de recursos correspondiente; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de los gobiernos regionales considerados en el párrafo precedente, hasta por la suma de CIENTO SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 106 581 224,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central y Unidad Ejecutora 016: Hospital Nacional Hipólito Unanue, para el fi nanciamiento de la ejecución de nueve (09) proyectos de inversión pública, en el marco de lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 29951; De conformidad con lo establecido artículo 11 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase al Ministerio de Salud a efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de CIENTO SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 106 581 224,00), destinados al fi nanciamiento de nueve (09) proyectos de inversión, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: (EN NUEVOS SOLES) SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD : 5000276. Gestión del Programa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 104 074 904,00 UNIDAD EJECUTORA 016 : Hospital Nacional Hipólito Unanue ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2160763 : Mejoramiento del Monitoreo y Tratamiento en los Pacientes de los departamentos de medicina y pediatría del Hospital Nacional Hipólito Unanue Agustino, Lima, Lima GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 506 320,00 ------------------- TOTAL PLIEGO 011 106 581 224,00 ============ A LA: SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 455 : Gobierno Regional del departamento de Moquegua ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2057931 : Ampliación y Mejoramiento del Hospital de Moquegua FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 35 000 000,00 ------------------- TOTAL PLIEGO 455 35 000 000,00 ===========