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El Peruano Domingo 30 de junio de 2013 498436 facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confi eren; y, CONSIDERANDO : Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 9 que es atribución del Concejo crear, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas arbitrios licencias y derechos conforme a Ley; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444 establece en su artículo 39 que solamente serán incluidos como requisitos para la realización de cada procedimiento administrativo, aquellos que razonablemente sean indispensables para obtener el pronunciamiento correspondiente de la administración, atendiendo además a sus costos y benefi cios; Que, la Política y el Plan Nacional de Simplifi cación Administrativa aprobada por el Decreto Supremo N° 025-2010-PCM y la Resolución Ministerial N° 228- 2010-PCM, respectivamente, señalan como objetivo estratégico, el generalizar la gestión por procesos en los procedimientos y los servicios administrativos, teniendo como meta lograr que hacia diciembre del 2014 el 50% de los procedimientos y servicios administrativos se habrán simplifi cado; Que, conforme al Memorando Nº 544-2013-MPC/ GGPPR de fecha 29 de abril del 2013, la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización ha dado cuenta que el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Resolución Directoral Nº 002-2013-EF/50.01, aprobo los instructivos para el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal 2013, el que se remitió para el cumplimiento de la Meta 02: Contar con un TUPA adaptado a la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones; Que, la Ley Nº 29090; Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones con sus leyes modifi catorias y complementarias Núms. 29300, 29476 y 29566 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 08-2013-VIVIENDA tienen como objetivo lograr la unidad y coherencia en la normativa sobre la materia, garantizando de ese modo la seguridad jurídica en la regulación de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edifi cación; Que, la presente ordenanza cuenta con la opinión favorable de la Gerencia General de Desarrollo Urbano a través del Memorando Nº 1573-2013-MPC-GGDU y sus Informes Técnicos N° 1063 -2013- MPC/GGDU/GO de la Gerencia de Obras y el N° 450 -2013- MPC/GGDU/GPUC de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, en virtud de los cuales se han cumplido con la adecuación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de esta comuna al “Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencia de Edifi cación, Decreto Supremo 008- 2013-VIVIENDA”; considerado, asimismo, las normas especiales y ordenanzas que regulan el desarrollo urbano de la Provincia Constitucional del Callao; Que, asimismo opinan favorablemente la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización a través de Memorando Nº 802-2013-MPC-GGPPR e informe 086-086-2013MPC/GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalización y la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación mediante su Memorando Nº 309- 2013-MPC/GGAJC; contando la propuesta de modifi cación con los vistos buenos de las citadas gerencias y de la Gerencia General de Administración y de la Gerencia Municipal; De acuerdo a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ADECUACION DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN LOS ÍTEMS REFERIDOS A PROCEDIMIENTOS DE HABILITACIÓN URBANA Y OTROS Artículo 1. Adecúase el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao a lo dispuesto en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 008-2013-VIVIENDA. En consecuencia, modifi case la Ordenanza Nº 11- 2012 que aprueba los procedimientos, servicios prestados en exclusividad, sus requisitos y costos administrativos de la Municipalidad en los procedimientos cuyas denominaciones se señalan en los artículos 2 y 3 de la presente Ordenanza. Artículo 2. Modifícase el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza Nº 012- 2012, en el título correspondiente a Gerencia General de Desarrollo Urbano, subtítulo correspondiente a la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, en los procedimientos siguientes: 7. Subdivisión de lote urbano, 11. Independización o parcelación de terrenos rústicos, 12 Licencia de habilitación urbana 12.1 Licencia de habilitación urbana, modalidad B, 12.2 Licencia de habilitación urbana modalidad C (aprobación de proyectos) (aprobación con evaluación previa del proyecto por revisores urbanos) 12.3 Licencia de habilitación urbana modalidad C, (aprobación de proyectos) (aprobación con evaluación previa del proyecto por la comisión técnica), 12.4 Licencia de habilitación urbana modalidad D (aprobación de proyectos) (aprobación con evaluación previa del proyecto por la comisión técnica) 13. Recepción de obras de habilitación urbana (total o parcial), 13.1 Sin variaciones (modalidad B,C y D); 13.2 Con variaciones que no se consideren sustanciales (modalidad B, C y D con revisores urbanos y comisión técnica) (total o parcial); 14. Regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas, Artículo 3.- Modifícase el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza Nº 012-2012, en el título correspondiente a Gerencia General de Desarrollo Urbano, subtítulo correspondientes a la Gerencia de Obras en los procedimientos siguientes: 4. Licencia de Edifi cación- modalidad A, 4.1 Vivienda unifamiliar de hasta 120 metros cuadrados construidos, 4.2 Ampliación de vivienda unifamiliar, 4.3 Ampliaciones consideradas obras menores, 4.4. Remodelación de vivienda unifamiliar, 4.5 Construcción de Cercos, 4.6. Demolición total, 4.7 Obras de carácter militar, de carácter policial y de carácter penitenciario; 5 Licencia de edifi cación-modalidad B, 5.1. Edifi caciones para fi nes de vivienda unifamiliar, multifamiliar, quinta o condominios de vivienda unifamiliar y/o multifamiliar, 5.2 Cercos, 5.3 Obras de ampliación o remodelación de una edifi cación existente; 5.4 Demolición parcial, 6. Licencia de edifi cación- modalidad C, 6.1. Para vivienda multifamiliar, quinta o condominios que incluyan vivienda multifamiliar; 6.2. Edifi caciones para fi nes diferentes de vivienda, 6.3 Edifi caciones de uso mixto con vivienda, 6.4. Intervenciones que se desarrollen en bienes culturales inmuebles, 6.5 Edifi caciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, 6.6 Edifi caciones para mercados, 6.7 Locales para espectáculos deportivos; 6.8 todas las demás edifi caciones no contempladas en las modalidades A,B y D, 6.9 Demoliciones totales de edifi caciones, 7. Licencia de edifi cación-modalidad C,