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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (30/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Domingo 30 de junio de 2013 498428 Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa Trans American Air Lines S.A., ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendidas durante el mes de julio de 2013, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05, correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Trans American Air Lines S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Órdenes de Inspección y referidas en los Informes Nº 215-2013-MTC/12.04 y Nº 189-2013-MTC/12.04, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y Nº 188-2013- MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, de la citada Dirección General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29951, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar los viajes de los señores Moisés Rondón Rondón y José Roger Pinedo Bastos, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 01 al 05 de julio de 2013 y del 15 al 18 de julio de 2013, respectivamente a la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 215-2013-MTC/12.04 y Nº 189-2013-MTC/12.04, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y Nº 188-2013- MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica. Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Trans American Air Lines S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 01 AL 18 DE JULIO DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 188-2013-MTC/12.04 Y Nº 189-2013-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 1276-2013-MTC/12.04 01-Jul 05-Jul US$ 1,000.00 Trans American Air Lines S.A. Rondón Rondón, Moisés San Salvador El Salvador Chequeo técnico Up Grade en simulador de vuelo del equipo A-319/320/321 a su personal aeronáutico 49716-49718 1277-2013-MTC/12.04 15-Jul 18-Jul US$ 800.00 Trans American Air Lines S.A. Pinedo Bastos, José Roger San Salvador El Salvador Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo A-319/320/321 a su personal aeronáutico 49716-79718 955747-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo lo actuado en procedimiento de vacancia contra regidor de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, Provincia Constitucional del Callao, y devuelven los actuados RESOLUCIÓN Nº 549-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00364 CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO - CALLAO – CALLAO Lima, once de junio de dos mil trece. VISTOS en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Santiago Salas Ramírez contra el Acuerdo de Concejo Nº 012-2013-MDCLR, del 21 de febrero de 2013, adoptado por el Concejo Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, provincia constitucional del Callao, que declaró improcedente la solicitud de vacancia presentada en contra de Rubén Darío Trujillo Mejía, regidor del citado concejo distrital, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Las solicitudes de declaratoria de vacancia Con fecha 29 de noviembre de 2012, Santiago Salas