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El Peruano Domingo 30 de junio de 2013 498438 Artículo 3. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, apruébese los siguientes formatos adecuados a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento - Ley Nº 28976 y al Decreto Supremo Nº 002-2013-EF: - Formulario Único de Trámite de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización con carácter de solicitud y Declaración Jurada, en el que se consigna los datos necesarios para la iniciación del trámite correspondiente de solicitud de licencia de funcionamiento de vigencia indeterminada, licencia de funcionamiento indeterminada + autorización de anuncio (adosado a la fachada) y/o toldo, licencia de funcionamiento de vigencia temporal, licencia de funcionamiento temporal + autorización de anuncio (adosado a la fachada) y/o toldo, adecuados a la Ley Nº 28976. - Declaración jurada de observancia de condiciones de seguridad. Artículo 4. El monto de la tasa para obtener licencia municipal de funcionamiento conjuntamente con la autorización de anuncio simple adosado a la fachada y/o toldo, serán las que se ya se encuentran establecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2012- MPC, siempre y cuando los anuncios y/o toldos, materia de solicitud, cumplan con las siguientes características: - Anuncios simples: 30 cm. por 60 cm. adosado a la fachada del establecimiento. - Toldo: atura mínima de 2.30 m. ocupando sólo el ancho de la puerta o el vano que cubre, sin leyenda, sin parante. Artículo 5. Inclúyase en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, correspondiente a la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, el procedimiento unifi cado de licencia municipal de funcionamiento con la autorización de anuncio simple (adosado a la fachada) y/o toldo y modifícase los siguientes procedimientos administrativos de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones: El ítem 1, referido a licencia de funcionamiento municipal; modif. case a: Licencia de funcionamiento municipal incluido anuncio simple adosado a la fachada y/o toldo, El ítem 4, referido a licencia de funcionamiento municipal para cesionarios; modifícase a: Licencia de funcionamiento municipal para cesionarios incluido anuncio simple adosado a la fachada y/o toldo y El ítem 5, referido a licencia de funcionamiento de vigencia temporal de parte; modifícase a: Licencia de funcionamiento de vigencia temporal de parte incluido anuncio simple adosado a la fachada y/o toldo. Artículo 6. Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y encárguese a la Gerencia de Informática la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos en el Portal Institucional www.municallao.gob.pe, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe y el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 29091. Articulo 7. Facúltase al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas y disposiciones para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 8. La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 955712-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN