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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de marzo de 2013 490623 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4º.- Criterios y Procedimientos Los pliegos comprendidos en los alcances del presente Decreto Supremo realizan los pagos de los montos devengados de sus benefi ciarios, según lo dispuesto en la Ley Nº 29702 y modifi catoria, de acuerdo a los criterios y procedimientos establecidos en el Anexo I del Decreto Supremo Nº 180-2012-EF aprobados en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de marzo del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 910514-1 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO Nº 046-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 007 Ministerio del Interior y del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, por Resolución Nº 1000-2012-JNE, publicada el 01 de noviembre de 2012, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, aprobó convocar a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el día 17 de marzo 2013; Que, mediante los Ofi cios Nºs. 161-2013-IN-VGI y 258- 2013-MINDEF/DM, los Ministerios del Interior y de Defensa han solicitado transferencia de recursos para fi nanciar la participación de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú en el control del proceso para la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a realizarse el día 17 de marzo del presente año, por la suma total de TRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 416 924,00), correspondiendo al pliego 007 Ministerio del Interior la suma de UN MILLON SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 619 320,00) y al pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 797 604,00); Que, los requerimientos efectuados por los Pliegos 007 Ministerio del Interior y 026 Ministerio de Defensa no han sido previstos en los presupuestos institucionales de los citados pliegos, por lo que se atenderán con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, resultando necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 hasta por la suma total de TRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 416 924,00) para fi nanciar la participación de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú en el control del proceso para la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima para el día 17 de marzo del presente año; Que, los artículos 44º y 45º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido por el artículo 45º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 416 924,00), correspondiendo al pliego 007 Ministerio del Interior la suma de UN MILLON SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 619 320,00) y al pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 797 604,00); para fi nanciar la participación de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú en el control del proceso para la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a realizarse el día 17 de marzo del presente año. DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 3 416 924,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 3 416 924,00 =========== A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios