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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de marzo de 2013 491453 VISTO: El Informe Nº 001-2013-PCCM-MDLP, de la Presidente de la Comisión Especial para la Convocatoria del Concurso Público de Méritos para designar un (01) Ejecutor Coactivo en la Municipalidad Distrital de La Perla, mediante el cual la Comisión Especial designada con la Resolución de Alcaldía Nº 256-2012-MDLP-ALC, da cuenta que como resultado del Concurso Público de Méritos Nº 002-2012-MDLP, el Abog. Humberto Delgado Mejía, ha sido declarado ganador del mismo; estando con el informe Nº 105-2013-SGP-GA-MDLP de la Sub- Gerencia de Personal; con la opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el informe Nº 096-2013- GAJ/MDLP y el informe Nº 037-2013-GM-MDLP de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 248-2012- MDLP-ALC de fecha 24 de agosto del 2012, se resuelve en su Artículo Primero, aceptar la renuncia presentada por el Sr. Abogado Fernando Valdivia Márquez al cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de La Perla a partir del 21 de setiembre del 2012. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 256-2012- MDLP-ALC de fecha 03 de setiembre del 2012, se resuelve en su Artículo Primero, designar a la Comisión Especial que conducirá la Convocatoria al Concurso Público de Méritos, que designe al Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de La Perla, la misma que estará compuesta por el Gerente de Administración Tributaria – Presidente; el Gerente de Asesoría Jurídica – Miembro y el Sub Gerente de Personal – Miembro. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 018-2012- MDLP-ALC de fecha 26 de setiembre del 2012, se resuelve en su Artículo Primero, aprobar las Bases Administrativas para el Concurso Público de Méritos Nº 002-2012-MDLP, para la designación de un (01) Ejecutor Coactivo para la Municipalidad Distrital de La Perla. Que, mediante Informe Nº 001-2013-PCCM-MDLP de fecha 07 de marzo del 2013, la Presidenta de la Comisión Especial para la Convocatoria del Concurso Público de Méritos para designar un (01) Ejecutor Coactivo en la Municipalidad Distrital de La Perla, remite a la Gerencia Municipal los actuados del Concurso Público de Méritos Nº 002-2012-MDLP (2da. Convocatoria), en el cual el Abogado Humberto Delgado Mejía obtuvo el mayor puntaje total sobre los demás postulantes a dicho concurso. Que, mediante Informe Nº 105-2013-SGP-GA-MDLP de fecha 13 de marzo del 2013, la Sub Gerencia de Personal opina que se debe emitir el acto administrativo que corresponda, mediante el cual se resuelva contratar o designar en el cargo de Ejecutor Coactivo al Abogado Humberto Delgado Mejía, ocupando la plaza P3-40-005- 1, Categoría Remunerativa F-1, en la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria. Que, el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Art. 7º Numeral 7.1 cuyo texto: “La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos.” Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, Artículo 8º sobre las Medidas en materia de personal, Numeral 8.1 Literal f) cuyo texto: “La contratación para el reemplazo por cese, ascenso o promoción del personal, o para la suplencia temporal de los servidores del sector público. En el caso de los reemplazos por cese del personal, este comprende al cese que se hubiese producido a partir del año 2011, debiéndose tomar en cuenta que el ingreso a la administración pública se efectúa necesariamente por concurso público de méritos y sujeto a los documentos de gestión respectivos. En el caso de suplencia de personal, una vez fi nalizada la labor para la cual fue contratada la persona, los contratos respectivos quedan resueltos automáticamente.” Que, habiéndose cumplido con la normativa para la designación del Ejecutor Coactivo, en concordancia con el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, y el Artículo 8º, literal f) de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se debe emitir el acto administrativo mediante el cual se designe al Abog. Humberto Delgado Mejía como Ejecutor Coactivo, ocupando la plaza P3-40- 005-1, Categoría Remunerativa F-1, en la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria. En uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2008- JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, a partir de la fecha al Abogado Humberto Delgado Mejía, como Ejecutor Coactivo en la plaza P3-40-005-1, Categoría Remunerativa F-1, de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de La Perla. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Gerencia de Administración Tributaria, la Gerencia de Administración y a la Sub Gerencia de Personal los términos de la presente resolución, a fi n de que se adopten las acciones administrativas en el ámbito de su competencia. Artículo Tercero.- Encargar, a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 915301-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE QUISPICANCHI Aprueban la implementación del Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Urcos - Identificación y Priorización de Proyectos parte II; actualización: plano de zonificación uso de suelo, plano de sectorización urbana, plano de identificación de la trama vial y plano catastral ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2012-MPQ/U Urcos, 28 de setiembre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE QUISPICANCHI POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Quispicanchi, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de setiembre de 2012, acordó emitir la siguiente Ordenanza Municipal, y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley Nº 27680. En concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 que establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno promotores del Desarrollo Local, con personería de derecho público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el inciso 6) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú establece que es competencia de los Gobiernos Locales. Planifi car el Desarrollo Urbano y Rural de sus circunscripciones incluyendo zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial. Que de acuerdo al Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 estipula que es competencia de las Municipalidades la organización del Espacio Físico y Usos del Suelo en sus respectivas jurisdicciones siendo función exclusiva de la Municipalidad Provincial el aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de Áreas Urbanas, el Plan de