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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2013 (23/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de marzo de 2013 491437 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje a Brasil de funcionarios de la SBS, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS Nº 1886-2013 Lima, 19 de marzo de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS: Las comunicaciones cursadas entre la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) y el Banco Central do Brasil (BCB) para que una delegación de funcionarios de la SBS realice una pasantía en la citada entidad, la cual se llevará a cabo del 26 al 27 de marzo de 2013, en la ciudad de São Paulo, República Federativa del Brasil; CONSIDERANDO: Que, la referida pasantía permitirá conocer los avances alcanzados por el Banco Central do Brasil (BCB) respecto a temas basados en gestión riesgos crediticios y el estado actual de los sistemas de central de riesgos disponibles por el mencionado Banco; Que, asimismo, en el indicado evento se desarrollarán y revisarán tópicos relacionados a la presentación completa del sistema de información de créditos, los desafíos de la gestión del sistema de información de créditos, monitoreo del sistema de información de créditos (metodología y herramientas), presentación de un banco en la preparación y envío de información para el sistema de información de crédito, presentación del órgano de crédito Serasa Expirian; Que, los tópicos mencionados abarcarán temas referidos a las leyes y reglamentos relativos al sistema de información de crédito, un paralelo entre el sistema de información de créditos y las agencias privadas, usuarios de información, tipos de consultas disponibles, gestión de problemas y soluciones, entre otros; Que, los temas a tratar en la visita a la indicada entidad contribuirán con el fortalecimiento del marco de regulación y supervisión que lleva a cabo esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a los señores Edmundo Juan Manuel Paredes Vargas, Intendente de Central de Riesgos; y, Miguel Angel Chirinos Huaco, Analista de Central de Riesgos del Departamento de Central de Riesgos de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que participen en la indicada pasantía; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en la referida reunión, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán asumidos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Edmundo Juan Manuel Paredes Vargas, Intendente de Central de Riesgos; y, Miguel Angel Chirinos Huaco, Analista de Central de Riesgos del Departamento de Central de Riesgos de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS del 24 al 28 de marzo de 2013, en la ciudad de São Paulo, República Federativa del Brasil, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,865.70 Viáticos US$ 1,600.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 913922-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Disponen publicar concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de julio y setiembre de 2012 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 105-2012-GRLL-GGR/GREMH Trujillo, 10 de agosto del 2012 VISTOS, la relación de Títulos Mineros otorgados por la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de La Libertad en el mes de Julio del año 2012, conforme a lo informado por el Área Legal y Técnica; CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Ministerial Nº 179-2006- MEM/DM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 16 de abril de 2006, se declaró entre otros que el Gobierno Regional de La Libertad concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de esa fecha competente para ejercer entre otras, la función de “otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional”. Que, el Gobierno Regional de La Libertad a través de la Gerencia de Energía, Minas e Hidrocarburos ha iniciado el otorgamiento de Títulos de Concesión minera para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el párrafo anterior. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM – TUO de la