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El Peruano Domingo 12 de mayo de 2013 494653 con el número uno (1) y hasta completar la asignación de todas las líneas del listado generado. La estructura de la base de datos será como la que se muestra a continuación: N° CORRE- LATIVO CODIGO DE CONTRI- BUYENTE * APELLIDOS Y NOMBRES ** Nº DOCUMENTO DE IDENTIDAD ** OBLIGACION TRIBUTARIA QUE GENERA LA OPCION Nº DE OPCION GANADA 0000001 0000002 0000003 0000004 0000005 ….. * Dato registrado en el Sistema de Administración Tributaria, Tesorería e Ingresos – SATTI, generado individualmente para cada contribuyente y que lo identifi ca ante esta Administración. **Dato registrado en el Sistema de Administración Tributaria, Tesorería e Ingresos – SATTI de acuerdo a la información proporcionada por los contribuyentes en sus declaraciones juradas. En esta base de datos, el número correlativo asignado a cada código de contribuyente corresponderá a las opciones de participación. De este modo que cada contribuyente participante tendrá una opción de ganar por cuota pagada por los tributos del 2013, y adicionalmente tendrá las opciones de bonifi cación por el pago adelantado o el uso de los medios de pago descritos en el Articulo Segundo. Asimismo, la Gerencia de Tecnologías de la Información deberá proporcionar un CD conteniendo la información señalada en el cuadro precedente, cuarenta y ocho (48) horas antes del sorteo, a cada uno de los funcionarios y autoridades indicados en el Artículo Segundo. El contenido del CD podrá ser verifi cado aleatoriamente por el Notario Público de Lima antes de iniciarse el sorteo. Artículo Sexto: Procedimiento del sorteo El sorteo se realizará de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Se utilizarán bolilleros y bolillos. La cantidad de bolilleros que se utilicen estará en función del número de dígitos que la última opción del listado referido en el Artículo Quinto haya generado. Los bolillos se identifi carán con números del cero (0) al nueve (9) y habrán tantos juegos de bolillos como bolilleros se utilicen. Sin embargo, el primer bolillero solo contendrá bolillas del número cero (0) al número “n”, donde “n” es el primer dígito del último número del listado mencionado. b) Los bolillos serán revisados por Notario Público y mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en sus respectivos bolilleros. c) Luego de girar los bolilleros, se extraerá y mostrará un bolillo de cada bolillero hasta formar el número ganador. Primero se extraerá un bolillo del bolillero que contiene menos bolillas y luego de los bolilleros que contienen bolillas del cero (0) al nueve (9). d) Las bolillas así extraídas, se irán colocando en el orden de extracción en el lugar designado para tal efecto, donde quedarán visibles. e) El Notario Público dará conformidad a los bolillos extraídos y registrará el resultado. Artículo Sétimo: Elaboración del Acta del resultado del sorteo Una vez obtenido el resultado del sorteo mencionado, el Notario Público de Lima elaborará el Acta correspondiente en donde se detallarán las incidencias del acto y en la que se especifi cará los datos del contribuyente ganador del sorteo. La mencionada acta deberá ser suscrita además, por los funcionarios y autoridades indicados en el Artículo Segundo. Artículo Octavo: Notifi cación a los ganadores En mérito del contenido del Acta elaborada al fi nal del acto público, la Municipalidad declarará al ganador del sorteo. Una vez declarado el ganador del sorteo, la Gerencia de Administración Tributaria procederá a notifi carlo en el domicilio fi scal registrado en la base de datos del Sistema de Administración Tributaria, Tesorería e Ingresos - SATTI, mediante una carta indicando la fecha, hora y lugar donde debe apersonarse para recoger el premio. La gestión de notifi cación a los ganadores deberá iniciarse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la realización del sorteo. La notifi cación personal al ganador, a fi n que se apersone a recoger su premio, deberá realizarse hasta en dos (2) oportunidades como máximo. Agotada esta vía de notifi cación sin que el ganador tome conocimiento del resultado del sorteo, éste se tendrá por notifi cado a través de la publicación en el Portal Institucional www.munisurco.gob.pe. Artículo Noveno: Entrega del premio El representante de la Municipalidad de Santiago de Surco, entregará el premio al titular ganador debidamente identifi cado con documento de identidad (Documento Nacional de Identidad, Carnet de Extranjería u otro, según corresponda). El ganador presentará una declaración jurada de no tener impedimento para participar en el sorteo. Si el ganador del sorteo por algún motivo no pudiera acercarse personalmente a recoger su premio, podrá ser representado por tercero con la exhibición y entrega a la Municipalidad de una carta poder (original) con fi rma legalizada por Notario Público de Lima. Artículo Décimo: Vigencia de los premios El plazo de vigencia para reclamar el premio regirá a partir de la fecha de recepción de la notifi cación al ganador por parte de la Municipalidad de Santiago de Surco y hasta treinta (30) días hábiles posteriores. Si vencido el plazo establecido, el ganador no se acerca a recoger el premio o si se encontrara incurso en la causal para no participar del sorteo, establecida en el Artículo Segundo, el premio será nuevamente sorteado, bajo los mismos lineamientos del sorteo primigenio, por la Municipalidad sin lugar a reclamo. Artículo Décimo Primero: Publicación de resultados La Municipalidad de Santiago de Surco publicará el resultado del sorteo en su página Web y en los diferentes Centros de Atención Surcano - CAS, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la realización del Sorteo. El resultado permanecerá publicado por el lapso de cuarenta y cinco (45) días calendarios. La publicación de los resultados en la página web es responsabilidad de la Gerencia de Tecnología de la Información y la publicación en los CAS es responsabilidad de la Gerencia de Atención al Ciudadano y Defensa al Consumidor. Artículo Décimo Segundo: Del sometimiento a las bases La participación en el presente sorteo es gratuita y automática para todos los contribuyentes surcanos, que cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio 2013. Los pagos en cualquiera de las modalidades contenidas en el Artículo Segundo constituyen la aceptación y sometimiento del contribuyente a las presentes bases del sorteo. Artículo Décimo Tercero: De la solución de confl ictos y reclamos La Gerencia de Administración Tributaria estará encargada de regular cualquier situación no prevista en las presentes bases, así como resolver los confl ictos o reclamos que pudieran presentarse durante la vigencia del sorteo. De ser el caso emitirá comunicados. El presente encargo concluye una vez realizado el sorteo, entregado el premio y consentida la decisión que pone fi n a un reclamo o confl icto. Artículo Décimo Cuarto: Autorización para la difusión de la imagen de los participantes La aceptación del premio implica la autorización intrínseca por parte del ganador, para que la Municipalidad de Santiago de Surco pueda utilizar y difundir su imagen con fi nes publicitarios relacionados a éste o posteriores sorteos; renunciando a obtener benefi cios económicos o de cualquier otra índole por la difusión, publicación, o por su participación en los eventos organizados por la Municipalidad relacionados a este Sorteo. Artículo Décimo Quinto: En caso de que algún ganador no acepte la condición señalada en el artículo precedente, este será sorteado nuevamente bajo los mismos lineamientos del sorteo primigenio. 935765-1