Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2013 (12/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Por el Oeste Por el Sur Area Perimetro PARCELA 4: Linderos y Medidas perimetricas: : Colinda con la Seccion A de propiedad de terceros, Parcela 2 y Parcela 3, en una linea quebrada de quince tramos, los que empezando del lindero Oeste miden: 53.06 ml, 57.70 ml, 17.00 ml, 25.70 ml, 55.70 ml, 25.70 ml, 55.70 ml, 25.00 ml, 46.50 ml, 25.80 ml, 3.80 ml, 22.90 ml, 27.70 ml, 61.50 ml y 18.30 ml. Por el Este : Colinda con el Ex Fundo Aznapuquio, en una linea quebrada de tres tramos que miden: 128.01 ml, 40.00 ml y 102.00 ml. Por el Oeste : Colinda con el Ex Fundo Aznapuquio, en un tramo recto de 33.00 ml. Por el Sur : Colinda con el Ex Fundo Aznapuquio, en una linea quebrada de tres tramos, que miden de Oeste a Este: 178.00 ml, 57.00 ml y 142.00 ml. Area : 94,774.19 m2 Perimetro : 1,202.77 ml PARCELA 5: Linderos y Medidas perimetricas: Por el Norte : Colinda con propiedad de terceros, en un tramo recto de 287.00 ml. Por el Este : Colinda con propiedad de terceros, en un tramo recto de 101.00 ml. Por el Oeste : Colinda con el Ex Fundo Naranjal, en un tramo recto de 22.00 ml. Por el Sur : Colinda con el Ex Fundo Naranjal, en una tramo recto de 293.00 ml. Area : 17,435.15 m2 Perimetro : 703.00 ml. PARCELA 6: Linderos y Medidas perimetricas: Por el Norte : Colinda con la Seccion C y propiedad de terceros, en una linea quebrada de seis tramos, los que empezando del lindero Oeste miden: 2.40 ml, 8.00 ml, 135.44 ml, 35.44 ml, 22.15 ml y 5.00 ml. Por el Este : Colinda con el Ex Fundo Aznapuquio, en un tramo recto de 115.76 ml. Por el Oeste : Colinda con propiedad de terceros, en un tramo recto de 96.75. Por el Sur : Colinda con la Seccion D y el Ex Fundo Aznapuquio, en una linea quebrada de tres tramos, los que empezando del lindero Oeste miden: 6.01 ml, 141.50 ml y 8.75 ml. Area : 9,264.93 m2 Perimetro : 577.20 ml Articulo Segundo.- PONER en conocimiento de la SUNARP para la inscripcion en el Registro de Predios de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, la Parcela 1, Parcela 2, Parcela 3, Parcela 4, Parcela 5 y Parcela 6, Formularios, Planos y Memoria Descriptiva, descrito en el primer articulo de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- PONER en conocimiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cuenta de los interesados en el plazo MORDAZA de 30 dias. Articulo Quinto.- NOTIFIQUESE la RESOLUCION a la COOPERATIVA AGRARIA DE TRABAJADORES VIRGEN DEL MORDAZA LTDA., debidamente representada por Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA , ASOCIACION DE PROPIETARIOS MONTE DE LOS MORDAZA debidamente representados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y Por el Norte : Colinda con la Parcela 2, en un tramo recto de 62.84 ml. : Colinda con la Seccion A y Parcela 4, en una linea quebrada de dos tramos que miden 203.19 ml y 18.30 ml. : 28,708.07 m2 : 561.72 ml.

El Peruano MORDAZA 12 de MORDAZA de 2013

la ASOCIACION DE PROPIETARIOS RESIDENCIAL LOS LIRIOS debidamente representada por Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el contenido de la presente Resolucion para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Sexto.- PONER en conocimiento a Informatica para su publicacion, Registro Tributario para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 935559-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Reglamento para la Preparacion, Convocatoria y Ejecucion del MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano Fiscal 2014 de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 449-MSS MORDAZA de MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, es un organo de Gobierno Local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que le confiere el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades en su Articulo 53º establece que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, la Decimo Sexta disposicion complementaria de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" dispone que las Municipalidades regularan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, su modificatoria Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, establecen disposiciones que aseguran la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo como un aspecto fundamental para dicho MORDAZA los Planes de Desarrollo Concertado; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF fue aprobado el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en cuyo literal a) del Articulo 2º senala que el Presupuesto Participativo es un MORDAZA que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversion a implementar en el Nivel de Gobierno Local; Que, por Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el MORDAZA de Presupuesto Basado por Resultados; Que, Articulo 2º de la Ley Nº 29701, Ley que dispone beneficios a favor de los integrantes de las Juntas Vecinales y establece el Dia de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, senala que: "Las juntas vecinales de seguridad ciudadana son organizaciones sociales de base, promovidas por la Policia Nacional

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