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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2013 (12/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Domingo 12 de mayo de 2013 494641 SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de mayo de 2013 de acuerdo a la relación adjunta, que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. CORNELIO E. ROLDAN MONTES Director Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos DIRECCION REGIONAL, MINAS E HIDROCARBUROS DE HUÁNUCO DISPONEN PUBLICAR LA CONCESIONES MINERAS CUYOS TÍTULOS FUERON APROBADOS EN EL MES DE MAYO DEL 2013 RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 040-2013-GR-HUÁNUCO/DREMH CLEMENCIA I 2012: Cód. 600005812: Coord. UTM: V1: N 8 968 000 00 E 508 000 00, V2: N 8 967 000 00 E 508 000 00, V3: N 8 967 000 00 E 506 000 00, V4: N 8 968 000 00 E 506 000 00; TIT. LUIS ALBERTO ALIAGA CARRASCO; R.D.R. Nº 028-2013-GR-HUANUCO/ DREMH, DESAFÍO 2012: Cód. 600009812: Coord. UTM: V1: N 8 851 000 00 E 385 000 00, V2: N 8 851 000 00 E 386 000 00, V3: N 8 849 000 00 E 386 000 00, V4: N 8 849 000 00 E 388 000 00, V5: N 8 847 000 00 E 388 000 00, V6: N 8 847 000 00 E 387 000 00, V7: N 8 846 000 00 E 387 000 00 , V8: N 8 846 000 00 E 385 000 00; TIT. OSCAR MEDRANO MONRROY; R.D.R. Nº 039-2013- GR-HUANUCO/DREMH, ANGELES DEL SALVADOR 3: Cód. 600003212: Coord. UTM: V1: N 8 969 000 00 E 508 000 00, V2: N 8 969 000 00 E 510 000 00, V3: N 8 968 000 00 E 510 000 00, V4: N 8 968 000 00 E 508 000 00; TIT. SERGIO ANDRE AGUILAR OLIVOS; R.D.R. Nº 034-2013- GR-HUANUCO/DREMH, ANGELES DEL SALVADOR 4: Cód. 600003312: Coord. UTM: V1: N 8 968 000 00 E 505 000 00, V2: N 8 968 000 00 E 506 000 00, V3: N 8 966 000 00 E 506 000 00, V4: N 8 966 000 00 E 505 000 00; TIT. LUIS ENRIQUE AGUILAR CULQUICONDOR; R.D.R. Nº 029-2013-GR-HUANUCO/DREMH. 935575-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban modificaciones de Cuadros para Asignación de Personal de las Unidades Ejecutoras 400, 401, 402, 403 y 404 ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2013-GRSM/CR Moyobamba, 16 de Abril del 2013 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martin, en Sesión Extraordinaria del 16 de abril de 2013, con el voto de los señores Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de San Martín; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del Artículo 15: “Atribuciones del Consejo Regional“ de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902, dispone que son atribuciones del Consejo Regional aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el primer párrafo del Artículo 38: “Ordenanzas Regionales” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales antes mencionada establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Gobierno Nacional con fecha 28 de marzo del 2013 ha publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 004-2013-SA por el cual se “Establecen lineamientos para el proceso de nombramiento del año 2013 en el marco de las Leyes Nos. 28498, 28560 y 29682, en las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales“, en el que establece que las Unidades Ejecutoras de Salud deberán proponer la modifi cación de su Cuadro de Asignación de Personal-CAP en caso no cuente con los cargos previsto necesarios para ejecutar el nombramiento del personal señalado en el numeral 4 para lo cual, dichas Unidades Ejecutoras deberán solicitar a sus pliegos respectivos la aprobación de las modifi caciones correspondientes. Se establece también que las ofi cinas de planeamiento y presupuesto a las que hagan sus veces en las Unidades Ejecutoras deberán elaborar la propuesta de modifi cación del CAP, conforme a los criterios técnicos del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM por el cual se “Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de las Entidades de la Administración Pública”; Que, mediante Ofi cio Nº 1725-2013-OPE-DG-DIRES/ SM el Director Regional de Salud de San Martín remite al Gobierno Regional San Martín la documentación que sustenta la propuesta de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de las Redes de Salud de San Martín y sus unidades orgánicas desconcentradas: Micro redes de Salud; Que, mediante Informe Nº 002-2013-DDRH-DG- DIRES/SM de fecha 15 de abril de 2013, la Dirección Regional de Salud de San Martín sustenta y propone la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Redes de Salud de San Martín y sus unidades orgánicas desconcentradas: Micro redes de Salud; por un total de 200, conforme al siguiente cuadro: Nº UNIDAD EJECUTORA Nº PEAS TOTAL PEAS 1 Unidad Ejecutora 400 Salud San Martin 81 81 2 Unidad Ejecutora 401 Salud Alto Mayo 39 39 3 Unidad Ejecutora 402 Salud Huallaga Central 28 28 4 Unidad Ejecutora 403 Salud Alto Huallaga 23 23 5 Unidad Ejecutora 404 Hospital II-2 Tarapoto 29 29 TOTAL 200 Que, mediante Informe Legal Nº 459-2013-GRSM/ ORAL, de fecha 12 de abril de 2013, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín manifi esta que en términos generales que se ha cumplido con las formalidades establecidas en la normativa aprobada, por lo que estima procedente el requerimiento efectuado por la Dirección Regional de Salud de San Martín, referente a la propuesta de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de las Redes de Salud de San Martín y sus unidades orgánicas desconcentradas: Micro redes de Salud; Que, la modifi cación de los Cuadros para Asignación de Personal - CAP han sido elaborados de conformidad con los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, cuya fi nalidad de cambiar la situación de los cargos que fi guran como “previstos” a cargos “ocupados”, debido al nombramiento de personal dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2013-SA, para las Redes de Salud de San Martín y sus unidades orgánicas desconcentradas: Micro redes de Salud; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno