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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2013 (12/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Domingo 12 de mayo de 2013 494649 de capacidades, con la fi nalidad que los Agentes Participantes conozcan el manejo técnico del proceso presupuestario, así como el mecanismo de participación y elaboración del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. La asistencia de los Agentes Participantes a las actividades de capacitación es obligatoria y condiciona a su participación en los Talleres de Trabajo que se realicen. Artículo 28º.- Talleres de Trabajo. Los Talleres de Trabajo son convocados por el Alcalde, en calidad de presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, en los que mediante la descripción de la Visión y Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado vigente, se identifican, analizan y priorizan los problemas, potencialidades, soluciones y compromisos que los diferentes actores asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Finalmente, las propuestas consideradas como actividades operativas y de mantenimiento, serán notifi cadas a las unidades orgánicas de la Municipalidad, según correspondan, para su programación y atención debida. Artículo 29º.- Convocatoria y Desarrollo de los Talleres. Se convocará a los Talleres de acuerdo a lo señalado en el Cronograma de Actividades del presente Reglamento. Artículo 30º.- Intervención de los Agentes Participantes. Las intervenciones de los Agentes Participantes deberán respetar las reglas básicas establecidas en el presente Reglamento y no deberán exceder de tres (3) minutos por cada Agente Participante. De considerarlo pertinente, el Equipo Técnico podrá permitir exceder las intervenciones por dos (2) minutos adicionales. Artículo 31º.- Adopción de Acuerdos. La adopción o aprobación de acuerdos en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, serán establecidas por consenso, y si esto no fuera posible, por votación a favor de la mitad más uno de los Agentes Participantes asistentes con derecho a voto. TÍTULO VIII TALLER DE IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE RESULTADOS Artículo 32º.- Identifi cación y priorización de resultados. Este Taller tiene por objetivo identificar los resultados, especificados en términos de mejora en el bienestar del ciudadano, a fin de permitir posteriormente, una adecuada asignación de recursos presupuestales para el logro de los mismos. El Equipo Técnico presenta a los Agentes Participantes el diagnóstico del ámbito territorial para conocimiento, con la finalidad de ser utilizado en la identificación y priorización de resultados. Artículo 33º.- Fases del Taller. El Taller contiene las siguientes fases: 1. Diagnóstico, Identifi cación y Priorización de Resultados. 2. Identifi cación de Criterios de Priorización de Alternativas de Solución. 3. Identifi cación de Proyectos. Artículo 34º.- Características mínimas de las propuestas de proyectos. Las propuestas de proyectos de inversión pública identifi cadas, para que sean elegibles a efectos de su inclusión en el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, deben contar con las siguientes características mínimas: a) Deben ser correspondiente con alguna de las líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Concertado Local. b) Los proyectos deberán ser concordantes con las funciones y atribuciones de la Municipalidad, consagrados en la Ley Orgánica de Municipalidades. c) Los proyectos que cuenten con contraparte de ejecución por parte de algún sector o institución privada deberá acreditar dicha contraparte de forma documental. d) Los proyectos no podrán ser ejecutados sobre terrenos privados o en litigio. e) No debe existir impedimento legal o funcional para su ejecución por parte de la Municipalidad. f) No deben ser actividades que, por función, debe realizar la Municipalidad. Artículo 35º.- Identifi cación de Proyectos. Para orientar a los Agentes Participantes respecto a la identifi cación de proyectos y a la pertinencia o no de los proyectos identifi cados, la Municipalidad designa a un grupo de técnicos y funcionarios. Previo a la evaluación técnica de las propuestas de proyectos de inversión pública, el Equipo Técnico solicitará a las Gerencias de línea emitir su opinión sobre la viabilidad de los proyectos dentro de los planes y programas en la materia de su competencia; asimismo, se requerirá información técnico-legal que se acredite la habilitación urbana u otros requisitos necesarios para la ejecución del proyecto Artículo 36º.- Criterios de Priorización. La priorización de los proyectos se hará según la Matriz de Criterios de Priorización de Proyectos, que se adjunta como Anexo 2) al presente Reglamento. La aplicación de dicha matriz generará un puntaje para cada proyecto, información que se consolidará en un cuadro de puntajes de mayor a menor. TÍTULO IX FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS Artículo 37º.- Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. El Alcalde o el Presidente del Equipo Técnico, según lo disponga, presenta a los Agentes Participantes, los resultados del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2014, consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos, para su consideración y aprobación fi nal. Los Agentes Participantes incluido en el Consejo de Coordinación Local Distrital, así como el Comité de Vigilancia y el Equipo Técnico, formalizan los acuerdos y compromisos adoptados suscribiendo el acta correspondiente. Artículo 38º.- Difusión del Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. El Alcalde dispondrá que el Equipo Técnico realice las coordinaciones necesarias para la publicación del Acta de Acuerdos y Compromisos, para conocimiento de la comunidad surcana, en el portal institucional de la Municipalidad, así como en otros medios disponibles. Artículo 39º.- Aprobación de resultados del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Los resultados del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2014, serán puestos de conocimiento al Consejo de Coordinación Local Distrital, para su posterior trámite a aprobación ante el Concejo Municipal. TÍTULO X REGLAS Y NORMAS PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO Artículo 40º.- De las Reglas de Conducta. Los Agentes Participantes deben contar con la disponibilidad de tiempo para asistir a todas las reuniones y talleres que se den a lo largo del desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Durante el desarrollo del proceso, los Agentes Participantes deben respetar las siguientes normas de conducta: