Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2013 (18/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Sabado 18 de MORDAZA de 2013

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institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el MORDAZA de las Leyes Anuales de Presupuesto y de la normatividad vigente. Articulo 3.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto por el articulo 2 de la Ley Nº 29091 que modifica la Ley Nº 27444, el mismo dia de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Deroguese el numeral 33.10, del articulo 33 del Capitulo I, Titulo VI del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- La Presidencia del Consejo de Ministros debera adecuar su Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, en un plazo de noventa (90) dias calendario contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 939218-2

la Gestion del Riesgo de Desastres en el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional; 43.B.12 Coordinar con el Ministerio del Ambiente, el CEPLAN y los demas organismos o entidades del sector publico que correspondan, la oportuna emision de normas en materia del uso y ocupacion del territorio, edificacion, entre otras vinculadas al desarrollo, teniendo en cuenta la Gestion del Riesgo de Desastres, asi como supervisar su cumplimiento; 43.B.13 Organizar, administrar y actualizar el Sistema Nacional de Informacion para la Gestion del Riesgo de Desastres, generado por los organismos publicos tecnico ­ cientificos relacionados con la Gestion del Riesgo de Desastres, coordinando, para tal fin, con los organos y entidades publicas que corresponda; 43.B.14 Velar por el cumplimiento de las politicas e Instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres y la efectiva operatividad de todos sus procesos; 43.B.15 Supervisar y monltorear la aplicacion de la normatividad de los procesos tecnicos del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, asi como promover el perfeccionamiento y simplificacion permanente de los procesos tecnicos del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, en coordinacion con el CENEPRED y el INDECI; 43.B.16 Aprobar los mecanismos de coordinacion, participacion, evaluacion y seguimiento necesarios para que las entidades publicas pertinentes, en todos los niveles de gobierno, desarrollen adecuadamente los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres de su competencia; 43.B.17 Proponer normas y lineamientos para el cumplimiento de los acuerdos internacionales que MORDAZA suscrito el MORDAZA relacionados con la Gestion del Riesgo de Desastres y las Politicas de Estado del Acuerdo Nacional en materia de su competencia, para su aprobacion de acuerdo a las normas vigentes; 43.B.18 Elaborar y proponer la normativa relacionada a la participacion de las FFAA y PNP en la gestion del riesgo de desastres; 43.B.19 Representar al SINAGERD, pudiendo delegar su representacion en el CENEPRED o INDECI, en foros y eventos nacionales e internacionales, relacionados con los procesos de estimacion, prevencion y reduccion del riesgo, reconstruccion, asi como de preparacion, respuesta o rehabilitacion; 43.B.20 Proponer convenios, acuerdos, tratados, y otros instrumentos nacionales o internacionales, asi como proyectos cuya materia este vinculada a los procesos de estimacion, reduccion, prevencion, preparacion, respuesta, rehabilitacion y reconstruccion, correspondientes a la Gestion del Riesgo de Desastres, segun normatividad vigente; 43.B.21 Revisar y calificar los pedidos de Declaratoria de Estado de Emergencia ante la ocurrencia de un peligro Inminente o de un desastre, y en cuanto corresponda, gestionar su aprobacion en coordinacion con las instancias competentes de la Presidencia del Consejo de Ministros. Tramitar las Declaratorias de Estado de emergencia de oficio, de acuerdo a las disposiciones recibidas del Presidente del Consejo de Ministros; 43.B.22 Coordinar el desarrollo de las propuestas de normas para el apoyo y distribucion de los recursos de ayuda humanitaria y gestionar su aprobacion; 43.B.23 Coordinar el desarrollo de las propuestas y gestionar la aprobacion, de instrumentos, mecanismos y procesos para la internalizacion y manejo de la Asistencia Humanitaria Internacional, y para la asistencia a desastres en el extranjero, segun los compromisos y tratados que existan al efecto, 43.B.24 Elaborar y proponer normas para la facilitacion de las operaciones de asistencia humanitaria en el MORDAZA, asi como establecer las normas y criterios para las rendiciones de cuentas de las donaciones administradas por las entidades que conforman el SINAGERD dentro del MORDAZA de la asistencia humanitaria; 43.B.25 Dictar los lineamientos para la activacion de los Centros de Operaciones de Emergencia de los Sectores Nacionales a traves de los Ministerios respectivos; 43.B.26 Otras funciones que le MORDAZA encomendadas por la Alta Direccion". Articulo 2.- Financiamiento La implementacion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto

Autorizan Comercio Colombia y Ministra de

viaje del Ministro de Exterior y Turismo a encargan su Despacho a la la Produccion

RESOLUCION SUPREMA Nº 159-2013-PCM MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT, viajara a la MORDAZA de Cali, Republica de Colombia, para participar en la Cumbre Presidencial y la Reunion del Consejo de Ministros de la Iniciativa de la Alianza del MORDAZA, que se llevaran a cabo los dias 22 y 23 de MORDAZA de 2013; Que, por lo expuesto, es necesario otorgar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la autorizacion de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, la Ley N° 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de Cali, Republica de Colombia, del 21 al 24 de MORDAZA de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema.

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