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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2013 (18/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Sábado 18 de mayo de 2013 495032 Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece, respecto de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Johana María Lucía Lúcar Olivera, especialista de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a la ciudad de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia, del 21 al 23 de mayo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de acuerdo con el siguiente detalle: Johana María Lucía Lúcar Olivera Pasajes terrestres (Juliaca – Copacabana – Juliaca) S/. 150.00 Viáticos (US$ 200 x 2 días) US$ 400.00 Artículo 3.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución suprema deberá presentar, ante el titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenido en el citado viaje. Artículo 5.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 939218-11 Designan funcionarios responsables de entregar información de acceso público y de actualizar el portal de transparencia del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MAS POBRES “JUNTOS” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 23-2013-MIDIS/PNADP-DE Lima, 18 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, señala que dicha norma tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo al artículo 3° de la referida norma, el Estado adoptará las medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, los literales b) y c) del artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establecen que la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información, así como al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, respectivamente; Que, asimismo el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, dispone que las entidades que cuenten con ofi cinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto de que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a los funcionarios responsables de brindar la información que soliciten los administrados y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, de acuerdo a la nueva estructura organizacional del Programa JUNTOS según el Manual Operativo aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 176-2012-MIDIS; Con los vistos de la Unidad de Administración y de la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades previstas en el artículo 5° del Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM y el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS; y estando a lo dispuesto por el Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 176-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Jefe de la Unidad de Comunicación e Imagen, como funcionario responsable de la entrega de la información de acceso al público en la Sede Central del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS, a que se refi ere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus modifi catorias, así como su Reglamento. Artículo Segundo.- Designar a los Jefes de la Unidades Territoriales, dentro de su ámbito de competencia, como funcionarios responsables de la entrega de la información, a que se refi ere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus modifi catorias, así como su Reglamento. Artículo Tercero.- Designar al Jefe de la Unidad de Tecnologías de Información, como funcionario responsable de la actualización de la información ofrecida vía el Portal de Transparencia del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS. Artículo Cuarto.- Los funcionarios designados en la presente Resolución, serán responsables del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus modifi catorias, así como su Reglamento. Artículo Quinto.- El personal y demás funcionarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS deberán, bajo responsabilidad, facilitar la documentación y/o información que les sea solicitada como consecuencia de lo dispuesto en los artículos precedentes, dentro de los plazos establecidos en las normas de la materia. Artículo Sexto.- Déjese sin efecto las Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 068-2010-PCM/PNADP-DE y