Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2013 (19/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Articulo 3º.REQUISITOS PARA LA INCORPORACION DE LOS PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA AL PROGRAMA "CONSTRUYENDO" Se podra incorporar al Programa "Construyendo", los proyectos de inversion publica que cumplan con los siguientes requisitos: a) Proyectos que consideren minimo el 30% del costo directo en mano de obra indirecta; b) Que el proyecto se encuentre viable y vigente (menos de tres anos de antiguedad); c) Que se enmarque en proyectos de muros de contencion en mamposteria de MORDAZA y escaleras de concreto, en los cuales su ejecucion no genere demasiada complejidad; d) El monto de inversion viable no debe superar el importe de S/. 600,000.00; e) El area de intervencion debera corresponder a un Asentamiento Humano considerado de extrema pobreza; f) Debera contar con un pedido de intervencion de parte de la poblacion organizada del area o lugar a intervenir; g) Que la intervencion se encuentre ubicada en MORDAZA de riesgo, segun informe de Defensa Civil; DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTASE al Senor MORDAZA a fin de que mediante Decreto de Alcaldia emita y apruebe las directivas y disposiciones reglamentarias que permitan la implementacion del programa denominado "Construyendo". Segunda.- El Programa "Construyendo", dependiente del Organo Desconcentrado Programa Construyendo Ventanilla, entrara en funcionamiento una vez que el MORDAZA emita y apruebe las directivas y disposiciones reglamentarias que permitan su implementacion a propuesta del Gerente General del Organo Desconcentrado Programa Construyendo Ventanilla. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 938653-2

El Peruano MORDAZA 19 de MORDAZA de 2013

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 08-2013-MDV, que aprueba beneficios para pago al contado de deudas tributarias y no tributarias que se encuentran en etapa de Ejecucion Coactiva
DECRETO DE ALCALDIA Nº 03-2013/MDV-ALC Ventanilla, 29 de MORDAZA de 2013 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA VISTO: El Informe Nº 20-2013/MDV-GRM de 26 MORDAZA de 2013, expedido por la Gerencia de Rentas Municipales, el mismo que remite el Informe Nº 22-2013/MDV- GRM-SGEC de la Subgerencia de Ejecucion Coactiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe 20-2013/MDV-GRM de 26 MORDAZA de 2013, remitido por la Gerencia de Rentas Municipales, en el cual hace referencia a la Ordenanza Municipal Nº 08-2013/MDV, que aprueba los beneficios para el pago al contado de deudas tributarias y no tributarias que se encuentran en etapa de ejecucion coactiva, consistente en la aplicacion de descuentos en el monto insoluto de la deuda por arbitrios municipales, la condonacion de intereses generados, por impuesto predial, arbitrios municipales, multas tributarias, multas

administrativas y de costas procesales derivadas de los procedimientos de ejecucion coactiva generadas hasta el ejercicio fiscal de 2012. Que, mediante Informe Nº 22-2013/MDV-GRM-SGEC de 25 de MORDAZA de 2013, la Subgerencia de Ejecucion Coactiva comunica, que durante la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 08-2013/MDV de 25 de marzo de 2013, los resultados obtenidos durante la vigencia de la referida Ordenanza Municipal, se ha logrado nivelar la recaudacion y cumplir con la meta programada en el mes de abril; sin embargo, existe gran concurrencia masiva de contribuyentes que vienen acogiendose al beneficio contenido en dicha Ordenanza, es por ello que a fin de seguir brindando facilidades a los contribuyentes para que cancelen sus obligaciones de pago a este municipio, se ha solicitado a la alta direccion la prorroga de la Ordenanza Municipal MORDAZA citada hasta el 31 de MORDAZA del ano en curso. Que, la Cuarta Disposicion Complementaria y Final de la MORDAZA acotada, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para que, entre otras facultades se apruebe la prorroga de la vigencia de la presente Ordenanza Municipal. Que, el articulo 55º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 981, establece que "Es funcion de la administracion tributaria recaudar los tributos" y el articulo 69º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala que, "son rentas municipales, los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios". Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por Ley Nº 26680, Ley de Reforma Constitucional del 7 de marzo del 2002, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante, con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece "Los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 08-2013-MDV de 25 de marzo de 2013; DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 08-2013-MDV, que aprueba los beneficios para el pago al contado de deudas tributarias y no tributarias que se encuentran en etapa de Ejecucion Coactiva, consistente a la aplicacion de descuentos en el monto insoluto de la deuda por arbitrios municipales, la condonacion de intereses generados, por impuesto predial, arbitrios municipales, multas tributarias, multas administrativas y de costas procesales derivadas de los procedimientos de Ejecucion Coactiva, hasta el 31 de MORDAZA del presente ano. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas Municipales y a las Subgerencias dependientes de dicha unidad organica el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia, y todas las dependencias de la Municipalidad deberan prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 938653-1

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