Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2013 (19/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Empresariales" organizada por la ONG Asociacion MORDAZA Lindh entre Peru, MORDAZA y Espana y que se llevara a cabo del 20 al 25 de MORDAZA del 2013. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Consejera Regional por la Provincia de Canete, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que viaje y participe en la "Pasantia de Intercambio Internacional de Experiencias Municipales y Empresariales" organizada por la ONG Asociacion MORDAZA Lindh entre Peru, MORDAZA y Espana y que se llevara a cabo del 20 al 25 de MORDAZA del 2013. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR al Consejero Regional por la Provincia de Huaral, CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que viaje y participe en la "Pasantia de Intercambio Internacional de Experiencias Municipales y Empresariales" organizada por la ONG Asociacion MORDAZA Lindh entre Peru, MORDAZA y Espana y que se llevara a cabo del 20 al 25 de MORDAZA del 2013. Articulo Quinto.- El presente Acuerdo de Consejo Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su aprobacion en el Consejo Regional; sera publicado enel Diario Oficial "El Peruano", en un Diario de Mayor Circulacion Regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado 938619-1

El Peruano MORDAZA 19 de MORDAZA de 2013

lo dispuesto en el articulo 7° de la Ordenanza Nº 1622 - MML que aprueba el Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento de la AML, actuara como Secretaria Tecnica de la AML, siendo responsable de su preparacion, comunicacion, difusion, invitacion, organizacion y funcionamiento; Que, conforme al articulo 6º de la Ordenanza Nº 1622-MML, los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ejercen el cargo de miembros de la AML por un periodo de dos anos; Que, habiendo vencido el plazo establecido en el parrafo precedente de los actuales miembros que representan a las Organizaciones de la Sociedad Civil por el periodo 2011-2012, de acuerdo con lo senalado por el Articulo 14º de la misma MORDAZA legal, corresponde convocar elecciones mediante Decreto de Alcaldia, para elegir a sus nuevos representantes ante la AML para el periodo 2013-2014; Que, mediante informe No. 015-2013-MML/PGRLMSRPP, el Subgerente Regional de Planeamiento y Presupuesto del PGRLM senala que ha coordinado la fecha del MORDAZA para el 05 de junio de 2013 con la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE, entidad que brindara asistencia tecnica a dicho MORDAZA electoral; De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y segun lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1622-MML. DECRETA: Articulo Primero.- Convocar al MORDAZA Electoral para elegir a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, para ejercer el cargo de Miembros de la Asamblea Metropolitana de MORDAZA, AML, para el periodo 2013-2014, el cual se realizara en la sede principal de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, sito en Jr. De la Union Nº 300, Cercado de MORDAZA, el miercoles 5 de junio de 2013, de 9:00 a.m. a 2:00 p.m. y sera conducido por el Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana, conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1622. Articulo Segundo.- El Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana debera publicar en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de mayor circulacion de ambito metropolitano, el Padron Electoral, conteniendo la relacion de Organizaciones de la Sociedad Civil que participaran en el referido MORDAZA electoral. Articulo Tercero.- El Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana, debera dar cuenta de los resultados del MORDAZA electoral al Concejo Metropolitano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa de MORDAZA 938949-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Convocan al MORDAZA Electoral para elegir a representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, para ejercer el cargo de Miembros de la Asamblea Metropolitana de MORDAZA para el periodo 2013-2014
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2013 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, y la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; disponen un Regimen Especial para la provincia de MORDAZA, segun el cual, las competencias y funciones reconocidas al Gobierno Regional, son transferidos a la MML; entendiendose toda mencion contenida en la legislacion nacional referida a los Gobiernos Regionales como tambien hecha a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, MML, en lo que le resulte aplicable; Que, la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Nº 27867, establece la estructura organica basica de la MML; dentro de la cual se encuentra la Asamblea Metropolitana de MORDAZA - AML, a la que correspondera ejercer las competencias y funciones del Consejo de Coordinacion Regional, como organo consultivo y de coordinacion de la MML, y las que norme la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, para su MORDAZA especifico; Que, el Edicto Nº 254, del 25 de MORDAZA del 2003, MORDAZA las equivalencias entre la MML y su regimen especial que la asimila a Gobierno Regional; y crea el Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana, PGRLM, como organo desconcentrado de la MML el que en merito a

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA N° 015-2013 La MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; el Proyecto de modificacion del Decreto de Alcaldia Nº 005-2012, mediante el cual se aprobo el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA, y sus modificatorias Decreto de Alcaldia N° 020-2012 y Decreto de Alcaldia N° 0122013; conforme al Informe Colegiado Nº 001-2013MDLM-GDUPC/SGOPHU-SGPUC-SGLC remitida por la

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