Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2013 (21/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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El Peruano Martes 21 de MORDAZA de 2013

Autorizan viaje de funcionaria a Bolivia para participar en reunion de la Red de la Ninez y Adolescencia de la FIO
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 008-2013/DP MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Memorando Nº 422-2013-DP/OGRH que adjunta el Informe N° 039-2013-DP/OGDH, el Memorando Nº 372-2013-DP/PAD, el Memorando Nº 0029-2013-DP/ MORDAZA y el Memorando Nº 0031-2013-DP/ANA, asi como el Memorando N° 283-3013-DP/OAF, mediante los cuales se solicita elaborar el proyecto de resolucion que autorice el viaje en comision de servicios de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ballon, Adjunta para la Ninez y la Adolescencia (e), a fin de que participe como representante de la Defensoria del Pueblo en la Sesion de Coordinadores Regionales de la Red de la Ninez y Adolescencia de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman (FIO), que se realizara en la MORDAZA de Cochabamba, Bolivia; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru se aprobo la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, modificada por la Ley Nº 29882, y mediante Resolucion Defensorial Nº 0012-2011/DP se aprobo su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el regimen laboral de la Defensoria del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoria del Pueblo esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada; Que, segun el documento de visto, los dias 23 y 24 de MORDAZA del presente ano, se llevara a cabo en la MORDAZA de Cochabamba, Bolivia, la reunion de la Red de la Ninez y Adolescencia de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman (FIO), a la cual ha sido invitada a participar la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ballon, en su calidad de Adjunta para la Ninez y la Adolescencia y como Coordinadora Regional de la referida Red; Que, resulta relevante la participacion de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ballon, Adjunta para la Ninez y la Adolescencia (e), en la reunion de la Red de la Ninez y Adolescencia de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman (FIO); en la medida que su participacion contribuira a consolidar el trabajo de proteccion de los derechos fundamentales que viene realizando la Defensoria del Pueblo; Que, por otro lado, conforme a lo indicado en los documentos de vistos, los gastos por concepto de viaticos que irrogue el viaje en comision de servicios de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ballon, Adjunta para la Ninez y la Adolescencia (e), seran asumidos con cargo a la Fuente de Financiamiento Canasta de Fondos y, aquellos gastos por concepto de pasajes aereos seran asumidos por la Cooperacion Alemana al Desarrollo - GIZ; Que, los articulos 2º y 3° de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado que irroguen gastos al tesoro publico, y los articulos 2º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, establecen que las resoluciones que autoricen los viajes deberan sustentarse en el interes nacional o institucional, e indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos del desplazamiento, viaticos y tarifa CORPAC. Asimismo, el articulo 3 de la precitada Ley N° 27619 dispone la obligacion de publicar la referida resolucion en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, asimismo, el articulo 5º de la Ley Nº 27619 y el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, disponen que, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor publico debera presentar ante el titular del pliego de su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, asi como la rendicion de cuentas; Que, por otra parte, el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico

para el Ano Fiscal 2013, los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado en el caso de los Organismos Constitucionalmente Autonomos son autorizados excepcionalmente mediante resolucion del titular de la Entidad; Que, el numeral 5.2) de la Directiva Nº 03-2013-DP/ OAF, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 1572013-DP/OAF, que regula los "Procedimientos para el requerimiento, autorizacion, pago y rendicion de cuentas por comisiones de servicio", establece que la comision de servicios consiste en la accion de desplazamiento temporal del comisionado, fuera de la localidad o de la sede habitual de labores o donde presta sus servicios, con autorizacion del Jefe de la Dependencia, para cumplir con actividades relacionadas a la ejecucion de las finalidades y/o objetivos de la Defensoria del Pueblo; Que, el literal d) del articulo 58º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 042-2010/DP, modificado mediante Resoluciones Administrativas Nº 002-2011/DP, N° 009-2011/DP, N° 027-2012/DP y N° 007-2013/DP, en adelante Reglamento Interno de Trabajo, establece que la comision de servicios es el desplazamiento temporal del trabajador fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar labores que esten directamente vinculadas con los objetivos institucionales; Que, del mismo modo, el articulo 60° del Reglamento Interno de Trabajo dispone que todos los desplazamientos, con excepcion de las encargaturas previstos en el Capitulo X, referido a los desplazamientos de personal, deberan ser propuestos y sustentados por el Jefe de la Dependencia en la que presta servicios el trabajador, o por el/la Primer Adjunto/a o el/la Secretario/a General, por necesidad del servicio o por las razones previstas en el articulo 101° del Reglamento Interno de Trabajo; Que, segun documentos de vistos, se cuenta con la propuesta y sustentacion del viaje de comision de servicios por parte de la Jefa de la Dependencia, abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ballon, Adjunta para la Ninez y la Adolescencia (e), con la autorizacion de la Primera Adjunta (e) al Defensor del Pueblo y con la opinion favorable del Jefe (e) de la Oficina de Gestion y Desarrollo Humano, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 60° del Reglamento Interno de Trabajo; Que, habiendose cumplido con el procedimiento exigido por el MORDAZA normativo aplicable y siendo de interes para la Defensoria del Pueblo que la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ballon, Adjunta para la Ninez y la Adolescencia (e), participe en la reunion de la Red de la Ninez y Adolescencia de la Federacion Iberoamericana del Ombudsman (FIO), resulta procedente autorizar el viaje en comision de servicios que realizara la indicada funcionaria a la MORDAZA de Cochabamba, Bolivia, del 22 al 25 de MORDAZA del 2013; Con los visados de la Primera Adjuntia, de la Secretaria General y de las oficinas de Administracion y Finanzas, de Gestion y Desarrollo Humano y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; y de conformidad con lo establecido en los literales d) y p) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante Resolucion Defensorial Nº 012-2011/DP; asi como a lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; de acuerdo con la Directiva Nº 03-2013-DP/ OAF, que regula los "Procedimientos para el requerimiento, autorizacion, pago y rendicion de cuentas por comisiones de servicio", aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 157-2013-DP/OAF; conforme a lo establecido en el literal d) del articulo 58º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 042-2010/DP, modificado mediante Resoluciones Administrativas Nº 002-2011/DP, N° 0092011/DP, N° 027-2012/DP y N° 007-2013/DP y en atencion al encargo efectuado mediante Resolucion Defensorial Nº 004-2011/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comision de servicios de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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