Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2013 (21/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Martes 21 de MORDAZA de 2013

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VISTOS: El Memorandum Nº 682-2013-MTC/02.AT.MAO emitido por el Viceministerio de Transportes, y el Informe Nº 131-2013-MTC/12 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, requiere la participacion en el Curso de Politica Aerocomercial, organizado por la Asociacion MORDAZA Americana de Derecho Aeronautico y Espacial, ALADA, que se realizara del 27 al 31 de MORDAZA de 2013, en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica Argentina; Que, de acuerdo a lo senalado por la Direccion General de Aeronautica Civil mediante Informe Nº 131-2013MTC/12, el citado evento tiene como objetivo desarrollar las capacidades profesionales de los participantes en el analisis y estudio de las principales instituciones de Derecho Aeronautico y su relacion con la industria del transporte aereo; asi mismo permitira contar con las herramientas necesarias para brindar una asesoria y gestion eficientes en las negociaciones aerocomerciales que los estados llevan a cabo; Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento, resulta conveniente autorizar la participacion de las senoras MORDAZA MORDAZA Li Chu y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesionales de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el costo del referido viaje sera financiado dentro del MORDAZA del Convenio de Administracion de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de la Beca/Mision Int. Nº 009-04-2013, suscrita por el Coordinador del Proyecto OACI (e); De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de las senoras MORDAZA MORDAZA Li Chu y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesionales de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 26 de MORDAZA al 01 junio de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje seran cubiertos por el Convenio de Administracion de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorizacion de Beca/Mision Int. Nº 009-04-2013 y al siguiente detalle:
Pasajes aereos (incluye TUUA, para dos personas) US$ 2,352.80 Viaticos (para dos personas) US$ 2,400.00

Que, las oficinas consulares del Peru intervienen en el otorgamiento directo de visas temporales de negocios en el MORDAZA de las facultades que les brinda la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares, aprobada por el Decreto Ley Nº 21999 y el Reglamento Consular del Peru, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; Que, de conformidad con sus compromisos internacionales, el Estado debe ejecutar medidas que promuevan y faciliten el ingreso temporal de inversionistas y empresarios de MORDAZA, Mexico y Colombia, como paises miembros de la Alianza del Pacifico; Que, Mexico y MORDAZA no exigen el requisito de visa temporal en la calidad migratoria de negocios, a los nacionales del Peru; Que, en virtud al MORDAZA de Reciprocidad, resulta necesario exonerar del requisito de visa temporal en la calidad migratoria de negocios, hasta por 183 dias calendarios improrrogables para el ingreso al Peru, a los nacionales de Mexico y MORDAZA, y en su debida oportunidad, a los nacionales de Colombia; De conformidad con el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y con el articulo 11 de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Exoneracion de visa de negocios Exonerese del requisito de visa temporal en la calidad migratoria de negocios, hasta por 183 dias calendarios improrrogables para el ingreso al Peru, a los nacionales de Mexico, MORDAZA y Colombia. Articulo 2º.- Vigencia El presente decreto supremo entrara en vigencia respecto a los nacionales de MORDAZA y Mexico, al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; y en relacion a los nacionales de Colombia, al dia siguiente de recibida la notificacion mediante la cual dicho MORDAZA informa la exoneracion a los nacionales del Peru del requisito de la visa temporal en la calidad migratoria de negocios, en aplicacion del MORDAZA de reciprocidad. Articulo 3º.- Impacto presupuestario La aplicacion de la presente MORDAZA no implicara en ningun caso demandas adicionales al Tesoro Publico. Articulo 4º.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Relaciones Exteriores, el Ministro del Interior y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 939811-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje a MORDAZA de profesionales de la Direccion General de Aeronautica Civil, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2013-MTC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2013

Articulo 3.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de su retorno al MORDAZA, las personas mencionadas en el articulo 1º deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje; las personas mencionadas en el articulo 1º deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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