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El Peruano Jueves 23 de mayo de 2013 495288 profesionales del Ministerio de Agricultura en el citado evento; Que, por comunicación electrónica del 22 de mayo de 2013, la Dirección General de Competitividad Agraria, da a conocer que sólo viajará el ingeniero Augusto Nicolás Aponte Martínez, Director de la Dirección de Promoción de la Competitividad; Que, la participación del referido profesional tiene como objetivo, entre otros, el de promocionar las potencialidades de los productos peruanos y sus estándares de calidad, tanto del café como del cacao, generar presencia de los productores peruanos en los mercados emergentes e incursionar en otros nuevos mercados, diversifi car nuestras agro exportaciones, así como fortalecer la capacidad técnica e intercambio de nuevas experiencias para el fomento de la producción local; Que, en este sentido, en el marco de las acciones de promoción comercial agrícola de importancia para el país, y teniendo en cuenta el interés institucional en participar en el citado evento, resulta procedente autorizar el viaje del citado profesional, por cuanto permitirá promover la competitividad de los productores agrarios en términos de asociatividad, producción, transformación y comercialización de nuestros productos agrarios, promover la adopción de Buenas Prácticas Agrícolas para la mejora de la competitividad, así como promover la formación de cuadros técnicos agrarios para elevar el nivel de competitividad agraria; Que, los gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 013: Ministerio de Agricultura; Que, el inciso a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo aquellos casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del ingeniero Augusto Nicolás Aponte Martínez, Director de la Dirección de Promoción de la Competitividad, de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura, del 23 al 28 de mayo de 2013, a la ciudad de Managua, República de Nicaragua, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle: REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN