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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2013 (23/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Jueves 23 de mayo de 2013 495304 Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en los artículos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSINERGMIN en su Sesión N° 13-2013; Con la opinión favorable de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos, la Gerencia Legal y la Gerencia General. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que la obligación por parte de los Comercializadores de Combustibles de Aviación y Comercializadores de Combustibles para Embarcaciones de entregar la información establecida en el artículo 79° del Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 045-2001-EM y modifi catorias; deberá realizarse a través del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), atendiendo a los lineamientos que la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos apruebe para tal fi n. Artículo 2°.- Disponer que la presente norma entrará en vigencia en el plazo de treinta (30) días calendario, contado a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3°.- Autorizar la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y con su Exposición de Motivos en el portal electrónico de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 940409-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Desconcentran funciones de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas en la ORI Junín y la ORI Tacna, y se aprueba la Directiva Nº 003-2013/DIR-COD-INDECOPI sobre modificación de competencia territorial RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 103-2013-INDECOPI/COD Lima, 22 de mayo de 2013 VISTO: El Memorándum Nº 0299-2013/GOR de fecha 03 de abril de 2013, emitido por la Gerencia de Ofi cinas Regionales del Indecopi, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 34.1 del artículo 34º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo 1033, el Consejo Directivo del Indecopi se encuentra facultado para desconcentrar las competencias de la Comisiones de la Sede Central, en las Comisiones que operan adscritas a las Ofi cinas Regionales de la Institución; Que, con la fi nalidad de garantizar una mayor y más efectiva prestación de servicios institucionales a nivel regional, mediante Acuerdo Nº 068-2012 el Consejo Directivo del Indecopi ha aprobado la desconcentración de las funciones de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, a fi n de que las Comisiones adscritas a la Ofi cinas Regionales de Junín y Tacna puedan conocer y resolver procedimientos sobre eliminación de barreras burocráticas, dentro de su respectiva circunscripción territorial; Que, por Resolución Nº 178-2010-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 26 de noviembre de 2010, se aprobó la Directiva Nº 005- 2010/DIR-COD-INDECOPI, que establece reglas sobre la competencia desconcentrada en las Comisiones adscritas a las Ofi cinas Regionales y demás sedes de la Institución; Que, en consideración a lo expresado en los párrafos precedentes, corresponde modifi car el Anexo Nº 3 de la Directiva Nº 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, a efectos de especifi car las competencias asignadas a las Comisiones adscritas a las Ofi cinas Regionales de Junín y Tacna; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo; De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Desconcentrar las funciones de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, a fi n de que la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Junín y la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna, puedan conocer y resolver procedimientos sobre eliminación de barreras burocráticas, dentro de su respectiva circunscripción territorial. Artículo 2º.- Aprobar la Directiva Nº 003-2013/DIR- COD-INDECOPI, que modifi ca el Anexo Nº 3 de la Directiva Nº 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, el cual establece reglas sobre la Competencia Territorial en materia de Eliminación de Barreras Burocráticas de la Sede Central (Sede Lima Sur) y de las Comisiones adscritas a las Ofi cinas Regionales del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA Nº 003-2013/DIR-COD-INDECOPI DIRECTIVA QUE MODIFICA EL ANEXO Nº 3 DE LA DIRECTIVA Nº 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, EL CUAL ESTABLECE REGLAS SOBRE LA COMPETENCIA TERRITORIAL EN MATERIA DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS BUROCRATICAS DE LA SEDE CENTRAL (SEDE LIMA SUR) Y DE LAS COMISIONES ADSCRITAS A LAS OFICINAS REGIONALES Lima, 22 de mayo de 2013 I. OBJETO Modifi car el Anexo Nº 3 de la Directiva Nº 005-2010/ DIR-COD-INDECOPI, el cual establece las reglas sobre la competencia territorial en materia de eliminación de barreras burocráticas de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de la Sede Central (Sede Lima Sur) y de las Comisiones adscritas a las Ofi cinas Regionales; con el fi n de especifi car las funciones que corresponden a las Ofi cinas Regionales de Junín y Tacna en el marco