Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2013 (23/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSINERGMIN en su Sesion N° 13-2013; Con la opinion favorable de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, la Gerencia Legal y la Gerencia General. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que la obligacion por parte de los Comercializadores de Combustibles de Aviacion y Comercializadores de Combustibles para Embarcaciones de entregar la informacion establecida en el articulo 79° del Reglamento para la Comercializacion de Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 045-2001-EM y modificatorias; debera realizarse a traves del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP), atendiendo a los lineamientos que la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos apruebe para tal fin. Articulo 2°.- Disponer que la presente MORDAZA entrara en vigencia en el plazo de treinta (30) dias calendario, contado a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 3°.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y con su Exposicion de Motivos en el MORDAZA electronico de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 940409-1

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2013

y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo 1033, el Consejo Directivo del Indecopi se encuentra facultado para desconcentrar las competencias de la Comisiones de la Sede Central, en las Comisiones que operan adscritas a las Oficinas Regionales de la Institucion; Que, con la finalidad de garantizar una mayor y mas efectiva prestacion de servicios institucionales a nivel regional, mediante Acuerdo Nº 068-2012 el Consejo Directivo del Indecopi ha aprobado la desconcentracion de las funciones de la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas, a fin de que las Comisiones adscritas a la Oficinas Regionales de MORDAZA y Tacna puedan conocer y resolver procedimientos sobre eliminacion de barreras burocraticas, dentro de su respectiva circunscripcion territorial; Que, por Resolucion Nº 178-2010-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de noviembre de 2010, se aprobo la Directiva Nº 0052010/DIR-COD-INDECOPI, que establece reglas sobre la competencia desconcentrada en las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales y demas sedes de la Institucion; Que, en consideracion a lo expresado en los parrafos precedentes, corresponde modificar el Anexo Nº 3 de la Directiva Nº 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, a efectos de especificar las competencias asignadas a las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales de MORDAZA y Tacna; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo; De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Desconcentrar las funciones de la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas del Indecopi, a fin de que la Comision adscrita a la Oficina Regional de MORDAZA y la Comision adscrita a la Oficina Regional de Tacna, puedan conocer y resolver procedimientos sobre eliminacion de barreras burocraticas, dentro de su respectiva circunscripcion territorial. Articulo 2º.- Aprobar la Directiva Nº 003-2013/DIRCOD-INDECOPI, que modifica el Anexo Nº 3 de la Directiva Nº 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, el cual establece reglas sobre la Competencia Territorial en materia de Eliminacion de Barreras Burocraticas de la Sede Central (Sede MORDAZA Sur) y de las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales del Indecopi. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA Nº 003-2013/DIR-COD-INDECOPI DIRECTIVA QUE MODIFICA EL ANEXO Nº 3 DE LA DIRECTIVA Nº 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, EL CUAL ESTABLECE REGLAS SOBRE LA COMPETENCIA TERRITORIAL EN MATERIA DE ELIMINACION DE BARRERAS BUROCRATICAS DE LA SEDE CENTRAL (SEDE MORDAZA SUR) Y DE LAS COMISIONES ADSCRITAS A LAS OFICINAS REGIONALES MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2013 I. OBJETO Modificar el Anexo Nº 3 de la Directiva Nº 005-2010/ DIR-COD-INDECOPI, el cual establece las reglas sobre la competencia territorial en materia de eliminacion de barreras burocraticas de la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas de la Sede Central (Sede MORDAZA Sur) y de las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales; con el fin de especificar las funciones que corresponden a las Oficinas Regionales de MORDAZA y Tacna en el MORDAZA

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Desconcentran funciones de la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas en la ORI MORDAZA y la ORI Tacna, y se aprueba la Directiva Nº 003-2013/DIR-COD-INDECOPI sobre modificacion de competencia territorial
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 103-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Memorandum Nº 0299-2013/GOR de fecha 03 de MORDAZA de 2013, emitido por la Gerencia de Oficinas Regionales del Indecopi, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 34.1 del articulo 34º de la Ley de Organizacion

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