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El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013 506275 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Delegan en la Asociación de Exportadores - ADEX, la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicio y Agricultura y la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes y de la Provincia de Zarumilla, la facultad de emitir Certificados de Origen a los exportadores domiciliados en sus respectivas circunscripciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 290-2013-MINCETUR Lima, 30 de octubre de 2013 Vistos los Informes Nºs. 132, 133, 134 y 138- 2013-MINCETUR/VMCE/UO de la Unidad de Origen y los Memorándums Nos. 753, 757, 758 y 767-2013- MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 322-2011- MINCETUR/DM se prorrogó hasta el 31 de octubre de 2013, la delegación de la facultad de expedir certifi cados de origen a los exportadores, entre otras, a la Asociación de Exportadores - ADEX, la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicio y Agricultura y la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes y de la Provincia de Zarumilla; Que, asimismo, se autorizó al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, las adendas correspondientes a la prórroga antes mencionada; Que, de acuerdo a lo señalado en los documento del Vistos, la Asociación de Exportadores - ADEX, la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicio y Agricultura y la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes y de la Provincia de Zarumilla, solicitaron se prorrogue la facultad de expedir Certifi cados de Origen a empresas exportadoras; Que, en los citados Informes Nos. 132, 133, 134 y 138-2013-MINCETUR/VMCE/UO se señala que las Cámaras de Comercio mencionadas han cumplido con los compromisos establecidos en los Convenios de Delegación que suscribieron con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, sustentando la emisión de la presente Resolución; Que, conforme el numeral 5 del artículo 5° de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y el artículo 37° B de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2002-MINCETUR, modifi cado por el Decreto Supremo N° 001-2010-MINCETUR, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, a través de la Unidad de Origen del Viceministerio de Comercio Exterior, es el organismo competente para emitir Certifi cados de Origen, en el marco de los acuerdos suscritos por el Perú, los esquemas preferenciales otorgados, así como en el ámbito no preferencial; Que, el Titular del MINCETUR tiene la facultad de delegar dicha función en personas jurídicas del sector privado cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hacen conveniente y en forma temporal, conforme a los artículos 67° y 70° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, en concordancia con el inciso 1.8) del artículo I del Título Preliminar de la misma norma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, modifi cado por Decreto Supremo N° 001-2010-MINCETUR y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la Asociación de Exportadores - ADEX, la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicio y Agricultura y la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes y de la Provincia de Zarumilla, la facultad de emitir Certifi cados de Origen a los exportadores domiciliados en sus respectivas circunscripciones, por un plazo que se computará a partir de la fecha de suscripción de los Convenios a que se refi ere el artículo 2° de la presente Resolución y que tendrá una duración de cinco (5) años. Artículo 2°.- La delegación será ejercida de acuerdo a los términos de los Convenios que deberá suscribir el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo con la Asociación de Exportadores - ADEX, la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicio y Agricultura y la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes y de la Provincia de Zarumilla, conforme a las normas y directivas vigentes. Artículo 3°.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los Convenios a que refi ere el artículo 2° de la presente Resolución. Artículo 4°.- Vencido el plazo señalado en el artículo 1° de la presente Resolución, la Asociación de Exportadores - ADEX, la Sociedad Nacional de Industrias, la Cámara Chinchana de Comercio, Industria, Turismo, Servicio y Agricultura y la Cámara de Comercio y Producción de Aguas Verdes y de la Provincia de Zarumilla; no podrán continuar emitiendo Certifi cados de Origen; para este efecto, requerirán contar expresamente con una nueva delegación o con una prórroga de la presente delegación, otorgada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, previo cumplimiento de los requisitos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1008703-1 Designan Directora Nacional de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 291-2013-MINCETUR Lima, 31 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 219-2011- MINCETUR/DM se designó a la señora Jessica María Soto Huayta en el cargo de Directora Nacional de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Nivel F-5, cargo considerado de confi anza; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la que resulta pertinente aceptar; siendo necesario designar al funcionario que ocupará dicho cargo; Que, asimismo con Resolución Ministerial No. 020- 2003-MINCETUR/DM, se designó a la señorita Isabel Edith Mendoza Navarro en el cargo de Director del Programa Sectorial ll de la Dirección de Normatividad y Supervisión de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo, en plaza F3; la misma que es necesario dejar sin efecto; De conformidad con la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos;