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El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013 506288 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047 – 2002 – PCM. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1008749-11 Modifican la R.S. Nº 231-2009-DE/ MGP, que autorizó viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 626-2013-DE/ Lima, 30 de octubre de 2013 Vista, la Carta G.500-0146 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 16 de enero de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 231-2009-DE/ MGP, de fecha 26 de junio de 2009, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío David Rafael Antonio ALVA Olavarría, a partir del 16 de julio al 31 de diciembre de 2009, para que participe en el “Curso de Defensa y Seguridad Hemisférica”, Clase XLIX, a llevarse a cabo en el Colegio Interamericano de Defensa, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el cual se desarrolló del 16 de julio de 2009 al 15 de julio de 2010; habiéndose considerado el pago por concepto de pasaje aéreo de ida del titular y el pago por gastos de traslado de ida, el equivalente a UNA (1) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y el pago por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero; Que, por Resolución Suprema Nº 073-2010 DE/MGP, de fecha 8 de febrero de 2010, se autorizó la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios del mencionado Ofi cial Superior, para que continúe participando en dicho Curso, con efi cacia anticipada a partir del 1 de enero al 15 de julio de 2010; considerando el pago por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero; Que, con Resolución Suprema Nº 320-2010-DE/ MGP, de fecha 21 de julio de 2010, se autorizó el viaje en Comisión Especial al Exterior del Capitán de Navío David Rafael Antonio ALVA Olavarría, para que participe como Asesor de la Clase 50 del Colegio Interamericano de Defensa, ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a partir del 22 de julio de 2010 al 18 de julio de 2011; habiéndose considerado el pago por concepto de pasaje aéreo del titular de ida y el pago por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero; Que, el citado Ofi cial permaneció en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América desde el término de la Misión de Estudios hasta la autorización del viaje en Comisión Especial en el Exterior; Que, en este contexto, al haber sido designado en Comisión Especial en el Exterior y haber efectuado el viaje en compañía de su señora esposa e hija, le corresponde se le regularice el pago por concepto de pasajes aéreos de ida y retorno de su señora esposa e hija; así como, el pago por concepto de gastos de traslado de ida y retorno, el equivalente a DOS (2) Compensaciones Extraordinarias por Servicio en el Extranjero, al encontrarse comprendido dentro de los alcances del citado Reglamento; Que, asimismo, no se le consideró el pago por concepto de gastos de traslado de ida, el equivalente a UNA (1) Compensaciones Extraordinarias por Servicio en el Extranjero por término de la Misión de Estudios; Que, artículo 8° del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, establece que cuando la Misión de Estudios sea por un período mayor a un (01) año, corresponderá la asignación de pasajes y tarifa única de uso de aeropuerto para al titular, cónyuge y aquellos sobre quienes se ejerce la patria potestad, tutela y/o curatela; así como por gastos de traslado, el equivalente a dos compensaciones extraordinarias por servicio en el extranjero, que comprende los gastos por equipaje, bagaje e instalación, tanto para el viaje de ida como de vuelta; Que, asimismo el artículo 18° del citado Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, establece que el personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior, goza de los derechos a que se refi ere el artículo 13° del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG, el cual prescribe que al Personal Militar nombrado en Comisión Especial en el Exterior, le corresponderá el pago por concepto de pasajes y tarifa única de uso de aeropuerto para el titular, cónyuge y aquellos sobre quienes se ejerce la patria potestad, tutela y/o curatela; así como, por gastos de traslado, el equivalente a DOS (2) Compensaciones Extraordinarias por Servicio en el Extranjero, que comprende los gastos por equipaje, menaje e instalación, tanto para el viaje de ida como de vuelta; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de reconocimiento de pagos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, mediante Resolución Suprema N° 502-2012- DE/MGP, de fecha 11 de octubre de 2012, se otorgó el ascenso al grado de Contralmirante al Capitán de Navío David Rafael Antonio ALVA Olavarría; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo N° 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 231-2009-DE/MGP, de fecha 26 de junio de 2009, que autorizó el viaje en Misión de Estudios del Contralmirante David Rafael Antonio ALVA Olavarría, CIP. 00804277, DNI. 43321310, a fi n de incluir el concepto siguiente: