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El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013 506278 marzo hasta la segunda semana de abril y tiene una duración de diez días; sin embargo, en el transcurso del año se realizan actividades -como las misas previas de novenas y setenas- que son consideradas parte de la festividad; además, los diez días de la celebración se inician un viernes con el traslado de la imagen de Cristo y las procesiones en el barrio de San Cristóbal, para fi nalizar un Domingo de Pascua de Resurrección con la quema de un muñeco que representa a Judas. Dicha festividad congrega una participación masiva de la población local y regional que expresa de manera pública y colectiva su fe; Que, la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica tiene un signifi cado actual y vigente para la población local, que se refl eja en la expresión de su fe y devoción, y en el hecho de congregar un gran número de personas, siendo así una de las tradiciones populares más importantes del citado departamento. Para los portadores de esta tradición, cada año en que esta se desarrolla signifi ca la renovación de su fe y se trata de una celebración católica que hicieron suya incorporando elementos culturales propios, producto de un largo proceso de mestizaje cultural; Que, la diversidad de elementos que incorpora esta tradición al ser asumida por la población andina le otorga gran originalidad, reviviendo los actos religiosos a través de rituales, costumbres, indumentarias, manifestaciones musicales y gastronómicas y elementos simbólicos, entre otros, lo cual convierte a la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica en una celebración particular que moviliza signifi cativamente a la población local y es referente de su identidad cultural y religiosa; Que, conjuntamente con las referencias históricas, el Informe Nº 097-2013-DPI-DGPC/MC detalla las características, importancia, valor, alcance, y signifi cado de la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica, provincia y departamento de Huancavelica, para efectos de ser declarada Patrimonio Cultural de la Nación, motivo por el cual constituye parte integrante de la presente Resolución, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2, del artículo 6° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; Estando a lo visado por la Directora General (e) de la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de Patrimonio Inmaterial, y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2006-ED, y la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011/MC, y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 103-2011/MC, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica, por ser una manifestación de fe religiosa en la que confl uyen elementos andinos y católicos, y que moviliza signifi cativamente a los pobladores del distrito, provincia y departamento de Huancavelica. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y la difusión del Informe Nº 097-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 24 de setiembre de 2013, y de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura. gob.pe). Artículo 3°.- Disponer la notifi cación de la presente Resolución a la Municipalidad Provincial de Huancavelica, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, así como a los órganos y unidades orgánicas que correspondan, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1007955-1 DEFENSA Autorizan viaje de Personal Naval a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 616-2013-DE/ Lima, 30 de octubre de 2013 Vista, la Carta G.500-4219 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 29 de octubre de 2013; CONSIDERANDO: Que, el Comandante General de la Armada Boliviana, ha solicitado al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú a través del Agregado de Defensa, Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, el apoyo de nuestro personal especializado en las tareas de búsqueda y rescate con sus equipos de buceo de gran profundidad, necesarios para la búsqueda del cuerpo del Alférez Em. Manuel CUSSI Suxo, quien se encuentra desaparecido en las profundidades del Lago Titicaca, en la zona del Estrecho de Tiquina; Que, es conveniente autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del personal que se nombra en la parte resolutiva, para apoyar en la búsqueda y rescate antes mencionada, a realizarse en el Estrecho de Tiquina, Estado Plurinacional de Bolivia, del 31 de octubre al 7 de noviembre de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013 y su modifi catoria, aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013, debido a que la solicitud fue recibida con posterioridad a su aprobación; sin embargo, en atención a la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente; Que, los traslados del personal comisionado, desde la ciudad de Lima a la ciudad de Juliaca, tanto de ida como de retorno, será a través de una aeronave militar y desde la ciudad de Juliaca al Estrecho de Tiquina de ida y retorno, estará a cargo del Gobierno Boliviano; Que, los gastos por concepto de viáticos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter