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El Peruano Viernes 1 de noviembre de 2013 506283 Vista, la Carta G.500-2296 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 20 de junio de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 306-2012 DE/ MGP, de fecha 28 de junio de 2012, se autorizó el viaje en Comisión Especial en el Exterior al Capitán de Corbeta Mirko FORTUNIC Guerrero, para que se desempeñe como Adjunto al Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), a realizarse en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2012 al 30 de junio de 2014; habiéndose considerado el pago por concepto de pasaje aéreo de ida del titular, el pago por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero y el pago por gastos de traslado de ida, equivalente a UNA (1) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG, de fecha 13 de febrero de 2009, incorporó el Artículo 18º del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, mediante el cual establece que el personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior, goza de los derechos a que se refi ere el Artículo 13° del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG, el cual prescribe que al Personal Militar nombrado en Comisión Especial en el Exterior, le corresponderá el pago por concepto de pasajes y tarifa única de uso de aeropuerto para el titular, cónyuge y aquellos sobre quienes se ejerce la patria potestad, tutela y/o curatela; así como, por gastos de traslado, equivalente a DOS (2) Compensaciones Extraordinarias por Servicio en el Extranjero, que comprende los gastos por equipaje, menaje e instalación, tanto para el viaje de ida como de vuelta; Que, el tiempo de permanencia en el exterior del citado Ofi cial Superior se autorizó por DOS (2) años, cumpliendo Comisión Especial; en tal sentido, corresponde se le regularice el pago por concepto de pasajes aéreos de ida de su cónyuge e hijos; así como, el pago por concepto de gastos de traslado de ida, equivalente a UNA (1) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, al encontrarse comprendido dentro de los alcances del citado Reglamento; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de reconocimiento de pagos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047- 2002- PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 17.1 del Artículo 17° de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer con efi cacia anticipada al 1 de julio de 2012 el pago por concepto de pasajes aéreos de ida de su cónyuge e hijos; así como, el pago por concepto de gastos de traslado de ida, equivalente a UNA (1) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero al Capitán de Corbeta Mirko FORTUNIC Guerrero, CIP. 00964281 y DNI. 43290850, a cargo del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, de acuerdo a los montos señalados a continuación: Pasajes Aéreos (ida): Lima - Washington DC. (Estados Unidos de América) - Lima US$. 880.22 x 1 persona US$. 880.22 US$. 784.64 x 3 personas US$. 2,353.92 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 6,930.00 x 1 compensación US$. 6,930.00 TOTAL A PAGAR: US$. 10,164.14 Artículo 2°.- Disponer que el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectué los pagos de los conceptos señalados en el Articulo 1º, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1008749-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 631-2013-DE/ Lima, 30 de octubre de 2013 Vista, la Carta G.500-0142 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 16 de enero de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 289-2011-DE/ MGP, de fecha 15 de julio de 2011, se autorizó el viaje al Exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata Alberto Javier AVILEZ Puertas, para que participe en la Maestría en Seguridad Nacional, a impartirse en el Centro de Estudios Superiores Navales, ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 16 de julio de 2011 al 15 de julio de 2012; considerando el pago por concepto de pasaje aéreo de ida, el pago por gastos de traslado de ida, equivalente a UNA (1) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y el pago por concepto de Compensación Extraordinaria mensual por Servicio en el Extranjero; Que, el Artículo 7º, Inciso (c) del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, establece que en los casos en que la Misión de Estudios dure entre NUEVE (9) meses y UN (1) año, le corresponderá al titular el pago equivalente a DOS (2) Compensaciones Extraordinarias por Servicio en el Extranjero, por los gastos de traslado que comprenden equipaje, bagaje e instalación, correspondiente a la ida y retorno; Que, en este contexto, al haber permanecido el citado Ofi cial Superior UN (1) año en el exterior, cumpliendo Misión de Estudios, corresponde se le regularice el pago por concepto de pasaje aéreo de retorno; así como, el pago por concepto de gastos de traslado de retorno, equivalente a UNA (1) Compensación Extraordinaria por