Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2013 (03/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Registro por un periodo no menor de doce (12) meses y siempre que se encuentren al dia en la MORDAZA de su informacion a la SMV, se rigen por lo siguiente: i) Tratandose de valores representativos de deuda con vigencia menor a un ano, el procedimiento es de aprobacion automatica. ii) Tratandose de valores tipicos distintos del enunciado en el numeral anterior, la inscripcion y el registro se efectuara en un plazo MORDAZA de siete (7) dias habiles bajo un procedimiento de evaluacion previa con silencio administrativo negativo. d) La inscripcion de valores tipicos y el registro de prospectos mediante el uso de formatos e-prospectus (prospectos informativos y actos de emision electronicos aprobados por la SMV), solicitados por las entidades a que se refiere el articulo 5° de la Ley 29720, que se encuentren al dia en sus obligaciones de MORDAZA de informacion a la SMV y siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Manual al que se refiere el articulo 7 del presente Reglamento y los procedimientos que para tal efecto MORDAZA establecidos, se rigen por lo siguiente: i) Tratandose de valores representativos de deuda con vigencia menor a un ano, el procedimiento es de aprobacion automatica. ii) Tratandose de valores distintos del enunciado en el numeral anterior, la inscripcion y el registro se efectuara en un plazo MORDAZA de siete (07) dias habiles mediante un procedimiento de evaluacion previa con silencio administrativo negativo. 13.4. Obligacion de actualizar la informacion El emisor debe actualizar el prospecto y demas informacion pertinente, incluyendo lo senalado en el articulo 29 del presente Reglamento, de manera previa a la formulacion de la oferta respectiva, la cual unicamente puede efectuarse si se cumple con tal obligacion. La obligacion de presentar informacion de conformidad con la normativa del MORDAZA de valores se mantiene hasta la oportunidad en la que los valores son excluidos del Registro. 13.5. Inscripcion de los valores de forma previa a la oferta En todos los casos, la inscripcion de los valores debe ser anterior al inicio de la oferta publica, de conformidad con lo establecido por el articulo 49 de la Ley." "Articulo 14.- Inscripcion de Programas de Emision de Valores (Tramite Anticipado).14.1. Definicion Es el tramite bajo el cual un emisor que pretende realizar una o mas ofertas publicas primarias o de venta en un determinado periodo bajo un programa de emision de valores, inscribe este y registra el respectivo prospecto MORDAZA para la inscripcion de valores y el posterior o simultaneo registro de los complementos del prospecto MORDAZA de las emisiones a realizarse en el MORDAZA de ese programa. 14.2. De la inscripcion del programa y el registro del prospecto marco: solicitud, documentacion, plazos aplicables y vigencia de inscripcion 14.2.1. Solicitud y documentacion El emisor debe presentar una solicitud de inscripcion del programa de emision de valores y del registro del prospecto MORDAZA, adjuntando la documentacion e informacion relativa al emisor, a las ofertas y a los valores respectivos; asi como la documentacion e informacion adicional que resulten pertinentes de acuerdo con el articulo 12 del Reglamento. Asimismo, debera adjuntar un prospecto MORDAZA en virtud del cual se efectuaran las ofertas, cuyo contenido se elaborara sobre la base de las

El Peruano MORDAZA 3 de noviembre de 2013

normas generales aprobadas por la SMV. En adicion, se deben presentar el contrato MORDAZA de emision y demas instrumentos MORDAZA que se hubieran elaborado, en virtud de los cuales se efectuaran las emisiones u ofertas. Para efectos de la MORDAZA del informe de clasificacion de riesgo, tratandose de inscripcion de programas de emision de valores representativos de derechos de credito, podra otorgarse una clasificacion de riesgo comun para los valores a ser emitidos en una o mas emisiones dentro del programa, siempre que las caracteristicas de este y la de dichos valores se adecuen a los supuestos contemplados en las metodologias de clasificacion de las empresas clasificadoras de riesgo. 14.2.2. Plazos aplicables A. Plazo general: La inscripcion del programa de emision de valores y el registro del prospecto MORDAZA se efectuaran en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles bajo un procedimiento con silencio administrativo negativo. El referido plazo se extiende en tantos dias como demore el peticionario en absolver las observaciones que le formule la SMV. Una vez subsanadas, la SMV dispone de un plazo MORDAZA de cinco (5) dias para la inscripcion y el registro correspondiente o del plazo pendiente aplicable al tramite, si este ultimo es mayor. B. Plazos especiales: a) Los programas de emision de valores que a continuacion se indican, solicitados por Entidades Calificadas, asi como el prospecto MORDAZA correspondiente, se inscriben y registran, respectivamente, en los siguientes plazos: (i) Quince (15) dias habiles bajo un procedimiento de evaluacion previa con silencio administrativo negativo para los programas de emision de valores representativos de derecho de credito tipicos cuyo plazo de vencimiento sea no mayor a un ano. (ii) Procedimiento de aprobacion automatica para los programas de emision de Certificados de Deposito Negociables cuyo plazo de vencimiento sea no mayor a un ano, de empresas del Sistema Financiero Nacional facultadas a captar depositos del publico. b) La inscripcion de un programa de emision de valores tipicos y el correspondiente registro del prospecto MORDAZA mediante el uso de formatos e-prospectus (prospectos informativos y actos de emision electronicos aprobados por la SMV), solicitados por emisores que tengan al menos un valor inscrito en el Registro por un periodo no menor de doce (12) meses y siempre que se encuentren al dia en la MORDAZA de su informacion a la SMV, se rigen por lo siguiente: (i) Tratandose de programas de emision de valores representativos de deuda con vigencia menor a un ano, el procedimiento es de aprobacion automatica. (ii) Tratandose de programas de emision de valores distintos a los enunciados en el numeral anterior, la inscripcion y registro se efectuara en un plazo MORDAZA de siete (7) dias habiles bajo un procedimiento de evaluacion previa con silencio administrativo negativo. c) La inscripcion de un programa de emision de valores tipicos y el registro del prospecto MORDAZA mediante el uso de formatos e-prospectus aprobados por la SMV, solicitados por las entidades a que se refiere el articulo 5° de la Ley 29720, que se encuentren al dia en sus obligaciones de MORDAZA de informacion a la SMV y siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Manual al que se refiere el articulo 7 del presente Reglamento y los procedimientos que para tal efecto MORDAZA establecidos, se rigen por lo siguiente: (i) Tratandose de valores representativos de deuda con vigencia menor a un ano, el procedimiento es de aprobacion automatica. (ii) Tratandose de valores tipicos distintos al enunciado en el numeral anterior, la inscripcion y el registro se

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