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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (04/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Lunes 4 de noviembre de 2013 506430 Autorizan a la empresa Brevete Sobre Ruedas S.A.C. - BRESOR S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3743-2013-MTC/15 Lima, 13 de setiembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 108211 y 123004, presentados por la empresa denominada BREVETE SOBRE RUEDAS S.A.C. – BRESOR S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º que establece las condiciones de acceso, así como el artículo 51º que señala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 108211 de fecha 01 de agosto de 2013, la empresa denominada BREVETE SOBRE RUEDAS S.A.C. – BRESOR S.A.C., en adelante La Empresa, solicita autorización, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con RUC Nº 20552813945 y con domicilio en Mz. A Lt. 02 Asociación de Vivienda Caudivilla, Distrito de Carabayllo Provincia y Departamento de Lima, a fi n de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II, III y Clase B Categoría II- c, así como el curso de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de recategorización y reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categorías II y III, en el referido documento solicita se considere los documentos presentados mediante Partes Diarios Nºs. 070310, 100364, 100804, 101633 y 102461, con sus respectivos antecedentes; Que, mediante Ofi cio Nº 5656-2013-MTC/15.03 de fecha 19 de agosto de 2013, notifi cado el 21 de agosto del presente año, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; y, mediante Parte Diario Nº 123004 de fecha 26 de agosto de 2013, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el ofi cio antes citado; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verifi car el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 1418-2013- MTC/15.03.AA.ec y siendo éste parte integrante de la presente resolución, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; y, Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la empresa denominadaBREVETE SOBRE RUEDAS S.A.C. – BRESOR S.A.C, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II-c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de Recategorización y Reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categorías II y III; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : BREVETE SOBRE RUEDAS S.A.C. – BRESOR S.A.C. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA Y TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO- PRÁCTICO DE MECÁNICA Mz. A, Lote Nº 2, Asociación Vivienda Caudivilla, Distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima. CIRCUITO DE MANEJO Predio Rural Punchauca Caudivilla Concon y Huacoy Km. 23, Distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima. Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. PROGRAMA DE ESTUDIOS: Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos.