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El Peruano Lunes 4 de noviembre de 2013 506432 c) En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de publicada la Resolución Directoral que establece las características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipifi cación, Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización, así como la ejecución de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administración; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Artículo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Sétimo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de La Empresa autorizada los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 995255-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de Asesor Técnico de PROINVERSIÓN a la Federación Canadiense, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 188-2013 Lima, 31 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante carta recibida el 30 de octubre de 2013, el Departamento de Comercio e Inversión de la Embajada de la Federación Canadiense en el Perú, invitó a PROINVERSIÓN a participar en la “21ra Conferencia Anual del Consejo Canadiense para Asociaciones Público Privadas (CCPPP)”, evento a realizarse entre los días 07 y 08 de noviembre en la ciudad de Toronto, Federación Canadiense; Que, el referido evento se encuentra organizado por The Canadian Council for Public - Private Partnership, y congregará a un amplio número de representantes de los sectores público y privado de la Federación Canadiense así como delegados extranjeros, constituyéndose en una amplia plataforma de contacto para la promoción de los proyectos en cartera de PROINVERSIÓN; Que, en función a lo expresado en los considerandos precedentes, se ha visto por conveniente la participación en las citadas reuniones del señor Eloy Manuel Suárez Mendoza, Asesor Técnico de la Dirección de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN; Que, mediante Informe Técnico N° 62-2013/DPI del 31 de octubre de 2013, la Dirección de Promoción de Inversiones señala que el objetivo del viaje a la ciudad de Toronto, Federación Canadiense, es participar en la “21ra Conferencia Anual del Consejo Canadiense para Asociaciones Público Privadas (CCPPP)”, así como sostener reuniones bilaterales con empresas canadienses con potencial interés de participar en los procesos de promoción de la inversión privada que esta Institución tiene a su cargo; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, la participación del mencionado funcionario en el referido evento, se enmarca dentro de las acciones de promoción de la inversión privada consideradas de importancia para el Perú; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje en mención, en virtud de lo cual PROINVERSIÓN asumirá, con cargo a su presupuesto, los montos que ocasione los gastos de viáticos del mencionado funcionario en tanto dure su estancia en la ciudad de Toronto, Federación Canadiense. Asimismo, los gastos por concepto de pasajes aéreos serán asumidos por la Embajada de la Federación Canadiense en Perú, así como el veinticinco por ciento (25%) del costo de inscripción para la participación en el referido evento, bajo la modalidad de reembolso, siendo asumido por PROINVERSIÓN el monto equivalente al setenticinco por ciento (75%) restante; De conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 003-2013-PROINVERSIÓN, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje en comisión de servicios del señor Eloy Manuel Suárez Mendoza, Asesor Técnico de la Dirección de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN, a la ciudad de Toronto, Federación Canadiense, entre los días 05 y 10 de noviembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quien en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un Informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente Resolución se aprueba. Artículo 2º.- Los gastos de viáticos en tanto dure la estancia en la ciudad de Toronto, Federación Canadiense, serán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 2200.00