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El Peruano Lunes 4 de noviembre de 2013 506444 Internacional denominado “Procesos Constituyentes y Legitimidad de la Justicia Constitucional”, que se realizará del 6 al 8 de noviembre de 2013. Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egreso del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle: Magistrado : Fernando Calle Hayen VIÁTICOS : US$ 800.00 Artículo Tercero.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el Magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en la actividad antes mencionada. Regístrese y comuníquese. ÓSCAR URVIOLA HANI Presidente 1008515-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Modifican la Ordenanza Regional Nº 026-2006-GRA-CR-AREQUIPA, en lo relativo a integrantes, funciones y facultades del COREMYPE de la Región Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 247-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, según la Ley de Reforma Constitucional - Ley 27680 del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, de nuestra Carta Magna Constitución Política de 1993, los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, siendo competentes según lo preceptuado en su artículo 192, inciso 6, la de dictar normas inherentes a la gestión regional; Que, conforme a lo previsto en el inciso a) del artículo 15, concordante con el inciso a) del artículo 37 de la ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional: aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de sus competencias y funciones; Que, en el año 2003 la Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa – DNMYPE del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, inicia el proceso de promoción para la conformación de los Consejos Regionales de la Micro y Pequeña Empresa – COREMYPE, según lo normado por la ley 28015 – Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su Reglamento aprobado por D.S. 009-2003-TR, como resultado de ello se crea en vías de regularización, el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa en la Región Arequipa - COREMYPE, mediante Ordenanza Regional N° 026-2006-GRA/CR- AREQUIPA, aprobada el 29 de noviembre del 2006 y se constituye según Resolución Ejecutiva Regional N° 255-2004-GRA/PR a los representantes de diferentes Instituciones Pública y Privadas; Que, sin embargo el Gobierno Regional de Arequipa a través de las Ofi cinas de Planeamiento y Asesoría Jurídica, emiten el Informe Técnico Sustentatorio que modifi ca el ROF, aprobándose en el Consejo Regional de Arequipa, la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA que modifi ca la Estructura Orgánica y su correspondiente Reglamento de Organización y Funciones, no existiendo la Gerencia de Desarrollo Social, en consecuencia se aprueba la Ordenanza Regional N° 054-AREQUIPA, que modifi ca la anterior que crea la COREMYPE, en relación a la Secretaría Técnica y que asumirá la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en el año 2008 se promulga y publica la Ley 29271 – Ley que establece que el Ministerio de la Producción, es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfi riéndoles las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa – y en su artículo 4 adscribe a COREMYPE al Ministerio de la Producción, el mismo que por Ordenanza Regional N° 165-AREQUIPA, se procede a la adecuación de la norma nacional, recayendo la Secretaría Técnica de la COREMYPE en la Gerencia Regional de la Producción; Que, la composición del COREMYPE y funciones no son concordantes con el marco legal vigente en relación al Decreto Supremo N° 007-2008-TR que aprueba el Texto Ordenado de la Ley de Promoción de Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro empresa y el Acceso al Empleo Decente: Ley -MYPE y su Reglamento aprobado por D. S. N° 008-2008-TR, siendo necesario modifi car la Ordenanza Regional N° 026-2006-GRA-CR- AREQUIPA y dejar sin efecto las que se opongan a la misma; Que, por estas consideraciones y, siendo que corresponde al Consejo Regional la modifi cación antes referida, al amparo de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralización, la ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. SE ORDENA: Artículo 1º.- Modifi cación Modifi car la Ordenanza Regional Nº 026-2006-GRA- CR-AREQUIPA, en sus artículos segundo, tercero y cuarto, en consecuencia el texto de los artículos señalado será el siguiente: “Artículo Segundo.- El COREMYPE de la Región Arequipa está integrado por los siguientes representantes: 2.1. El Presidente del Gobierno Regional o el funcionario a quien delegue su representación, quien lo presidirá. 2.2. La Gerencia Regional de la Producción o el funcionario a quien delegue su representación, quien asume la Secretaria Técnica. 2.3. Un representante por cada Municipalidad Provincial: Arequipa, Islay, Camaná, Caylloma, Caravelí, Castilla, Condesuyos y la Unión. 2.4. Un Representante de las Universidades públicas y privadas con sede principal en Arequipa. 2.5. Dos representantes de las organizaciones privadas de promoción de las MYPE. 2.6. Cuatro representantes de las Asociaciones (Gremios) de las MYPE”. “Artículo Tercero.- El COREMYPE de la Región Arequipa promueve y articula la participación de las entidades públicas y privadas en apoyo del desarrollo de la micro y pequeña empresa, teniendo como funciones las siguientes: 3.1. Aprobar su Reglamento de Organización y Funciones.