Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2013 (07/11/2013)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 63
El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013
506633
aprobacion de tramites anticipados, el registro de prospectos informativos correspondientes a programas de emision y la inscripcion de valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta publica, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y del MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 333 de la Ley del MORDAZA de Valores y los articulos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, asi como el articulo 38, numeral 8, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 216-2011-EF. RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado, inscribir el programa de bonos de titulizacion denominado "Primer Programa de Bonos de Titulizacion Inversiones La Rioja" hasta por un monto MORDAZA de US$ 70 000 000,00 (setenta millones y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en nuevos soles, y disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- Inscribir los valores correspondientes a la "Primera Emision del Primer Programa de Bonos de Titulizacion Inversiones La Rioja" hasta por un monto MORDAZA de US$ 40 000 000,00 (cuarenta millones y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America); y disponer el registro del complemento del prospecto MORDAZA respectivo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- Inscribir el patrimonio fideicometido denominado "Patrimonio en Fideicomiso D. Leg. Nº 861, Titulo XI, 2013 Inversiones La MORDAZA S.A." en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- La oferta publica de los valores que se emitan en virtud del programa a que se refiere el articulo 1º, debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25 y, de ser el caso, articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a la Superintendencia del MORDAZA de Valores la documentacion e informacion a que se refiere el articulo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos y, en lo que corresponda, la establecida en los articulos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Articulo 5º.- La aprobacion, inscripcion y registro a que se refieren los articulos 1º y 2º de la presente resolucion no implica que la Superintendencia del MORDAZA de Valores recomiende la inversion en los valores que se emitan en el MORDAZA de dicho programa u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 6º.- Publicar la presente resolucion en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a Inversiones La MORDAZA S.A., en su calidad de originador; Scotiabank Peru S.A.A., en su calidad de estructurador; Scotia Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fiduciario; Scotia Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; la Bolsa de Valores de MORDAZA y Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades 1009639-1
El Intendente General de Supervision de Entidades VISTOS: El Expediente Nº 2013025601 iniciado por Scotia Sociedad Titulizadora S.A. asi como el Informe Nº 10322013-SMV/10.2 del 04 de noviembre de 2013 de la Intendencia General de Supervision de Entidades; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los articulos 301 y 314 de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus modificatorias, en los fideicomisos de titulizacion, la sociedad titulizadora que actua como fiduciario es la que realiza la emision de los valores respaldados por el patrimonio fideicometido; Que, en sesiones del 28 de MORDAZA y 01 de junio de 2013, el Directorio y la Junta General de Accionistas de La MORDAZA S.A. respectivamente, aprobaron llevar a cabo un MORDAZA de titulizacion de activos hasta por un monto de US$ 70 000 000,00 (setenta millones y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en nuevos soles; Que, asimismo, el Directorio acordo delegar en los senores MORDAZA MORDAZA Brazzini MORDAZA Ufano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA Fernandini, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, facultades suficientes para que dos de ellos, actuando conjuntamente puedan suscribir todos los instrumentos publicos y/o privados necesarios o convenientes a fin de realizar las transferencias fiduciarias de determinados bienes y derechos, para respaldar las emisiones de bonos de titulizacion a ser realizadas por el fiduciario a partir del programa denominado "Primer Programa de Bonos de Titulizacion Inversiones La Rioja"; Que, el 20 de setiembre de 2013 se elevo a escritura publica ante Notario Publico de MORDAZA MORDAZA Paino Scarpati el denominado "Acto Constitutivo de Fideicomiso de Titulizacion y MORDAZA de Emision de Bonos de Titulizacion", suscrito entre Inversiones La MORDAZA S.A. y Scotia Sociedad Titulizadora S.A. Que, mediante comunicaciones presentadas hasta el 31 de octubre de 2013, Scotia Sociedad Titulizadora S.A. ha solicitado a la Superintendencia del MORDAZA de Valores la aprobacion del tramite anticipado e inscripcion del programa de bonos de titulizacion denominado "Primer Programa de Bonos de Titulizacion Inversiones La Rioja" hasta por un monto MORDAZA de US$ 70 000 000,00 (setenta millones y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en nuevos soles; asi como el registro del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, adicionalmente, Scotia Sociedad Titutlizadora S.A. ha solicitado la inscripcion de los valores de la "Primera Emision del Primer Programa de Bonos de Titulizacion Inversiones La Rioja" hasta por un monto MORDAZA de US$ 40 000 000,00 (cuarenta millones y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America), y el registro de su respectivo complemento del prospecto MORDAZA en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion a la documentacion presentada se ha determinado que Scotia Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con lo dispuesto en la Ley del MORDAZA de Valores; el Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 001-97-EF/94.10 y sus modificatorias; el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10 y sus normas complementarias, en lo que corresponde; y, los requisitos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02; tal como se desarrolla en el Informe Nº 1032-2013-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervision de Entidades; Que, el articulo 2, numerales 2 y 3 de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, establece que las resoluciones administrativas referidas a la