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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Miércoles 20 de noviembre de 2013 507390 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 24 al 30 de noviembre de 2013, de la señora Sara Rosana Rosadio Colán, la señorita María Susana Roldán Rosadio, y del señor Jorge Javier Salas Vega, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participen en la Reunión del Subgrupo de Revisión Legal del Protocolo Adicional del acuerdo Marco de la Alianza Pacífi co, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 683.12 x 3 personas) : US$ 2 049,36 Viáticos (US$ 370,00 x 06 días x 3 personas) : US$ 6 660,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1015995-1 Delegan en la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto y la Cámara de Comercio de Huancayo, la facultad de emitir Certificados de Origen a exportadores domiciliados en sus respectivas circunscripciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 308-2013-MINCETUR Lima, 15 de noviembre de 2013 Visto, los Informes Nºs. 142 y 143-2013-MINCETUR/ VMCE/UO de la Unidad de Origen y los Memorándums Nos. 815 y 818-2013-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 322-2011- MINCETUR/DM se prorrogó hasta el 31 de octubre de 2013, la delegación de la facultad de expedir certifi cados de origen a los exportadores, entre otras, a la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto; Que, asimismo, se autorizó al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, las adendas correspondientes a la prórroga antes mencionada; Que, la Cámara de Comercio de Huancayo ha solicitado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la delegación de la facultad de expedir certifi cados de origen a los exportadores de la Macro Región Centro; Que, de acuerdo a lo señalado en los documento del Visto, las Cámaras antes mencionadas solicitaron se delegue la facultad de expedir Certifi cados de Origen a empresas exportadoras; Que, en el Informe N° 142-2013-MINCETUR/ VMCE/UO se señala que la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto ha cumplido con los compromisos establecidos en el Convenio de Delegación que suscribió con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, asimismo, el Informe N° 143- 2013-MINCETUR/VMCE/UO indica que la Cámara de Comercio de Huancayo ha cumplido con presentar la documentació1n indispensable para delegar la facultad de emitir certifi cados de origen, Informes que sustentan la emisión de la presente Resolución; Que, conforme el numeral 5 del artículo 5° de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y el artículo 37° B de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2002-MINCETUR, modifi cado por el Decreto Supremo N° 001-2010-MINCETUR, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, a través de la Unidad de Origen del Viceministerio de Comercio Exterior, es el organismo competente para emitir Certifi cados de Origen, en el marco de los acuerdos suscritos por el Perú, los esquemas preferenciales otorgados, así como en el ámbito no preferencial; Que, el Titular del MINCETUR tiene la facultad de delegar dicha función en personas jurídicas del sector privado cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hacen conveniente y en forma temporal, conforme a los artículos 67° y 70° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, en concordancia con el inciso 1.8) del artículo I del Título Preliminar de la misma norma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, modifi cado por Decreto Supremo N° 001-2010-MINCETUR y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto y la Cámara de Comercio de Huancayo, la facultad de emitir Certifi cados de Origen a los exportadores domiciliados en sus respectivas circunscripciones, por un plazo que se computará a partir de la fecha de suscripción de los Convenios a que se refi ere el artículo 2° de la presente Resolución y que tendrá una duración de cinco (5) años. Artículo 2°.- La delegación será ejercida de acuerdo a los términos de los Convenios que deberá suscribir el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo con la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto y la Cámara de Comercio de Huancayo, conforme a las normas y directivas vigentes. Artículo 3°.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los Convenios a que refi ere el artículo 2° de la presente Resolución. Artículo 4°.- Vencido el plazo señalado en el artículo 1° de la presente Resolución, la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto y la Cámara de Comercio de Huancayo no podrán continuar emitiendo Certifi cados de Origen; para este efecto, requerirán contar expresamente con una nueva delegación o con una prórroga de la presente delegación, otorgada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, previo cumplimiento de los requisitos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1015996-1 Modifican la R.M N° 303-2013- MINCETUR, que autorizó viaje del Viceministro de Comercio Exterior a EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2013-MINCETUR Lima, 18 de noviembre de 2013