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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Miércoles 20 de noviembre de 2013 507400 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Dan por concluida autorización otorgada mediante R.D. Nº 467- 2010-MTC/15 que autorizó a Grupo Tecnológico Automotriz S.A.C. operar Centro de Inspección Técnica Vehicular en el departamento de Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 3581-2013-MTC/15 Lima, 2 de setiembre de 2013 VISTO: El Parte Diario N° 038196 de fecha 02 de abril del 2013 presentado por la empresa denominada GRUPO TECNOLÓGICO AUTOMOTRIZ S.A.C., con RUC N° 20524254094 solicitando la renuncia de su autorización otorgada mediante Resolución Directoral N° 467-2010- MTC/15, en la cual se autorizó operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular en el local ubicado en la Av. Los Maestros N° 2861, Km 305 Panamericana Sur, Provincia y Departamento de Ica. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modifi catorias se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en adelante Reglamento, que establece los procedimientos de autorización, funcionamiento y condiciones de operación de los Centros de Inspección Técnica Vehicular-CITV, para realizar las inspecciones técnicas vehiculares y emitir los Certifi cados de Inspección Técnica Vehicular; Que, mediante Resolución Directoral N° 467-2010- MTC/15, de fecha 15 de febrero del 2010 y publicada el 28 de marzo del mismo año, se autorizó por el plazo de cinco (05) años a la empresa FARENET S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV para operar una (01) Línea de Inspección Tipo Mixta en el local ubicado en la Av. Los Maestros N° 2861, Km 305 Panamericana Sur, Provincia y Departamento de Ica; Que, mediante Resolución Directoral N° 2430-2010- MTC/15 de fecha 31 de agosto de 2010 y publicada el 14 de octubre del mismo año, se aprobó la transferencia, por fusión de sociedades de las autorizaciones otorgadas a la empresa FARENET S.A.C., para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular mediante las Resoluciones Directorales N°s. 14811-2007-MTC/15 (modifi cada por Resoluciones Directorales N°s. 1580-2009-MTC/15 y 415-2010-MTC/15), 2189-2009-MTC/15 (modifi cada por Resolución Directoral N° 2521-2009-MTC/15) y 467-2010- MTC/15, a favor de la empresa GRUPO TECNOLÓGICO AUTOMOTRIZ S.A.C., por ser ésta última la absorbente a título universal de la primera, modifi cando las referidas autorizaciones en ese sentido; Que, mediante Parte Diario N° 038196 de fecha 02 de abril del 2013, la empresa GRUPO TECNOLÓGICO AUTOMOTRIZ S.A.C. presenta escrito solicitando la renuncia de su autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular, ubicado en la Av. Los Maestros N° 2861, Km 305 Panamericana Sur, Provincia y Departamento de Ica; Que, el literal c) del numeral 46.1 del artículo 46° de El Reglamento señala que una de las causales para declarar la conclusión de la autorización es la renuncia de la autorización formulada por el Centro de Inspecciones Técnicas Vehiculares autorizado, en cuyo caso ésta surtirá efectos a los sesenta (60) días calendario de aprobada la solicitud de renuncia por la autoridad competente; Que, el numeral 46.2 del artículo 46° de El Reglamento señala que con excepción del vencimiento del plazo de la autorización, los demás casos de conclusión de la autorización requieren declaración expresa de la autoridad competente mediante resolución directoral, la misma que, una vez que quede fi rme, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro de extensa circulación de cada ámbito territorial; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 1292- 2013-MTC/15.03.AA.vh, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que La Empresa, ha cumplido con lo establecido en el numeral 46.2 del artículo 46° del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058- 2003-MTC y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la solicitud presentada por la empresa GRUPO TECNOLÓGICO AUTOMOTRIZ S.A.C., referida a la renuncia de la autorización y dar por concluida la autorización otorgada mediante Resolución Directoral N° 467-2010-MTC/15, en la cual se autorizó para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV en el local ubicado en la Av. Los Maestros N° 2861, Km 305 Panamericana Sur, Provincia y Departamento de Ica. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a los sesenta (60) días calendarios de aprobada la solicitud de renuncia por la autoridad competente. Asimismo, una vez quede fi rme la presente Resolución Directoral será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro de extensa circulación de cada ámbito territorial. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa solicitante. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 991824-1 Autorizan a Centro de Inspección Técnica Wanka S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular, en local ubicado en el departamento de Junín RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4321-2013-MTC/15 Lima, 17 de octubre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 127504 y 146785, de fecha 4 de septiembre y 9 de octubre del año 2013 respectivamente, la empresa CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA WANKA S.A.C., solicita autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar una (01) línea de inspección técnica vehicular Tipo Mixta, con dirección en Av. Leoncio Prado, Cdra. 5, Distrito de Chilca, Provincia de Huancayo, Departamento de Junín, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre;