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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Miércoles 20 de noviembre de 2013 507403 de Presupuesto del Sector Público para el año 2013, Ley N° 29951, concordante con el Decreto Supremo N° 097-2013-EF, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, está facultado para celebrar convenios de administración de recursos y/o addendas con organismos internacionales, para la construcción e implementación del “Gran Centro de Convenciones de Lima”; Que, conforme a lo establecido en la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, dicho Ministerio es el ente rector en materia de vivienda, urbanismo, desarrollo urbano, construcción y saneamiento, para lo cual formula, aprueba, dirige, evalúa, regula, norma, supervisa y en su caso, ejecuta las políticas nacionales en dichas materias, en coordinación con los gobiernos regionales y locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2012- VIVIENDA, se creó el Programa Nuestras Ciudades, adscrito al Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, modifi cado con Decreto Supremo N° 005-2013-VIVIENDA, con el objeto de promover el crecimiento, conservación, mejoramiento, protección e integración de nuestras ciudades de manera que contribuyan a mejorar la calidad de vida en ellas, activar potencialidades naturales y culturales, atraer nuevas inversiones e irradiar benefi cios a sus áreas de infl uencia; de igual forma, incluye la promoción del reasentamiento de ciudades existentes y/o fundación de nuevas ciudades, el desarrollo de capacidades locales, la promoción ciudadana, la gestión de riesgos de desastres y sus procesos internos; además de la formulación, aprobación y ejecución de proyectos de inversión pública de movilidad urbana, de espacios públicos, de equipamiento urbano de recreación pública, y de usos especiales de nivel local, regional y/o nacional; Que, en ese contexto, el Programa Nuestras Ciudades ha formulado el proyecto de inversión pública con Código SNIP N° 269264, denominado “Instalación de un Centro de Convenciones en Lima - Perú”, que en adelante se denominará “Proyecto” el que se encuentra viable en el marco de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública, con el objeto de realizar la construcción de un centro de convenciones en el distrito de San Borja, cuya ejecución permitirá realizar en el año 2015, las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional, la misma que ha sido declarada de interés nacional mediante Decreto Supremo Nº 241- 2012-EF; Que, con Informe N°008-2013-VIVIENDA-OGA, la Ofi cina General de Administración, y Memorándum N° 1440-2013/VIVIENDA-OGPP de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, se evaluó y eligió a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Misión de Lima – Perú, a fi n de suscribir el Convenio correspondiente; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) Misión Lima – Perú han suscrito el 15 de julio de 2013, el Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional con el objeto de establecer los vínculos de mutua colaboración entre las partes para el desarrollo de actividades y proyectos relacionados con el Gran Centro de Convenciones de Lima; precisando que a efectos de facilitar su ejecución se suscribirán los Convenios Específi cos que defi nan los alcances, plazos, fi nanciamiento y condiciones particulares, entre otros, que se realizaran en observancia a las normas legales vigentes; Que, en ese contexto, mediante Informe N° 137-2013- VIVIENDA/VMVU-PNC, del Programa Nuestras Ciudades propone la suscripción de un Convenio Específi co para la ejecución del proyecto “Instalación de un Centro de Convenciones en Lima - Perú” - Modalidad: Convenio por Administración de Recursos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS, y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) Misión de Lima - Perú, para la ejecución del encargo de los procesos de selección y la ejecución contractual del “Proyecto”; referidos a la elaboración del expediente técnico defi nitivo, ejecución de la obra, su equipamiento y supervisión de la obra del “Proyecto”, así como la administración de dichos recursos; Que, el artículo 89º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF establece que los convenios de encargo se aprueban para el caso de las Entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución de su Titular; Que, con Memorándum N° 2408-2013/VIVIENDA- OGPP, de fecha 13 de noviembre de 2013, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto emite opinión favorable sobre la disponibilidad de los recursos para el fi nanciamiento de las contrataciones objeto del encargo con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Misión de Lima – Perú, previstos en el Presupuesto Institucional 2013, y la previsión presupuestal que incluye el concepto de pago de comisión al organismo internacional; Que, en consecuencia, resulta conveniente suscribir el Convenio Específi co para la ejecución del proyecto “Instalación de un Centro de Convenciones en Lima - Perú” - Modalidad: Convenio por Administración de Recursos, entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS, y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Misión de Lima – Perú con el objeto de encargar a dicho organismo Internacional, la realización de los procesos de selección correspondientes a la elaboración del expediente técnico defi nitivo, ejecución de la obra y equipamiento del “Proyecto”; y, la supervisión de la obra del mismo; así como, la administración de recursos; Que, además resulta conveniente autorizar expresamente al funcionario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que tendrá a su cargo la suscripción del precitado Convenio; Que, al respecto, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refi ere la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer al interior del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, niveles de desconcentración de los procesos decisorios; y, De conformidad con la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013, la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la suscripción del Convenio Específi co para la ejecución del proyecto “Instalación de un Centro de Convenciones en Lima - Perú” - Modalidad: Convenio por Administración de Recursos, entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS, y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) Misión de Lima – Perú, con el objeto de encargar a dicho organismo Internacional, la realización de los procesos de selección correspondientes a la elaboración del expediente técnico defi nitivo, ejecución de la obra y equipamiento del proyecto “Instalación de un Centro de Convenciones en Lima – Perú”; y, la supervisión de la obra del indicado proyecto; así como, la administración de recursos. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para que suscriba el Convenio Específi co para la ejecución del proyecto “Instalación de un Centro de Convenciones en Lima - Perú” - Modalidad: Convenio por Administración de Recursos, entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS, y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) Misión de Lima – Perú; a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. RENÉ CORNEJO DIAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1016616-1