Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2013 (09/10/2013)


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adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7º.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion la titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38º del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 997553-1

El Peruano Miercoles 9 de octubre de 2013

Aprueban transferencia de autorizacion otorgada mediante R.M. Nº 401-97MTC/15.19, a favor de persona natural
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 459-2013-MTC/03 MORDAZA, 9 de setiembre del 2013 VISTAS, la Sentencia N° 007-2011 contenida en la Resolucion N° 13-2011 del 31 de enero de 2011, la Resolucion N° 14-2011 del 1 de MORDAZA de 2011, Resolucion N° 15-2011 del 15 de MORDAZA de 2011, Resolucion N° 162011 de fecha 08 de junio de 2011, Resolucion N° 172011 del 24 de junio de 2011, Resolucion N° 33-2013 del 25 de junio de 2013 y Resolucion N° 34-2013, del 11 de MORDAZA de 2013, del Primer Juzgado Mixto de San MORDAZA Juliaca de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, referido a que el Ministerio proceda a aprobar la transferencia de autorizacion del servicio de radiodifusion otorgada a la Empresa de Radiodifusion y Publicidad S.R.L. a favor de MORDAZA MORDAZA VENDEZU MEJIA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 404-97MTC/15.19 del 26 de agosto de 1997, se otorgo a la EMPRESA DE RADIODIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L. autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora

comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; Que, por Resolucion Viceministerial N° 201-2011MTC/03 del 21 de febrero de 2011, se adecuaron por mandato expreso de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 060-2010MTC, el plazo de vigencia de diversas autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion, entre otras, de la EMPRESA DE RADIODIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L., otorgandole autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, que comprende el periodo de instalacion y prueba otorgado; con plazo de vencimiento el 29 de agosto de 2017; Que, con escrito de registro P/D N° 083319 del 18 de MORDAZA de 2011, el senor MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA, en virtud al mandato judicial contenido en la Sentencia N° 007-2011 del 31 de enero de 2011 y la Resolucion N° 172011 del 24 de junio de 2011, del Primer Juzgado Mixto de San MORDAZA Juliaca, solicita que se otorgue a su favor la autorizacion para la operacion del servicio de radiodifusion sonora en FM, en el distrito de Juliaca, que fuera otorgada inicialmente a la EMPRESA DE RADIODIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L., toda vez que se encuentra facultado a efectuar el procedimiento de transferencia de autorizacion, en virtud del mandato judicial contenido en las citadas resoluciones; Que, mediante Oficios N° 0700-2011-PJM-SRJ-CSJP, (registro P/D N° 095227 del 16 de agosto de 2011), reiterado con Oficios N° 0824-2011-PJM-SRJ-CSJP (registro P/D N° 105339 del 08 de setiembre de 2011), N° 01132-2011-PJM-SRJ-CSJP (registro P/D N° 004282 del 11 de enero de 2012) y N° 01056-2012-PJM-SRJCSJP (registro P/D N° 127548 del 12 de octubre de 2012), el Primer Juzgado Mixto de la Provincia de San MORDAZA Juliaca de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite copias certificadas de los actuados principales del Expediente Civil N° 0385-2010-0-2111-JM-CI-01, seguido por el senor MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA en contra de la EMPRESA DE RADIO DIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L. y otros, sobre obligacion de hacer; a fin de dar estricto cumplimiento a lo ordenado en las resoluciones adjuntadas (Resoluciones N° 13-2011, N° 14-2011, N° 15-2011, N° 16-2011 y N°17-2011); Que, con Oficio N° 732-2013-PJM-SRJ-CSJP-PS (0385-2010-Cl), con registro P/D N° 117928 del 16 de agosto de 2013, el Primer Juzgado Mixto Provincial de San MORDAZA Juliaca de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite copias certificadas de la sentencia y resolucion aclaratoria, a fin de cumplir con lo dispuesto en tales resoluciones; Que, mediante Informe N° 1795-2013-MTC/28 del 21 de agosto de 2013, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que corresponde acatar lo ordenado por el Primer Juzgado Mixto Provincial de San MORDAZA Juliaca en las Resoluciones N° 13-2011, N° 172011, N° 33-2013 y N° 34-2013, por lo que debe aprobarse la transferencia de la autorizacion otorgada a la EMPRESA DE RADIODIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L. mediante Resolucion Ministerial N° 401-97-MTC/15.19, cuyo plazo fue MORDAZA por la Resolucion Viceministerial N° 201-2011-MTC/03, a favor del senor MORDAZA MORDAZA VENDEZU MEJIA; adjuntando un proyecto de Resolucion Viceministerial; Que, con Memorandum N° 4676-2013-MTC/07 del 28 de agosto de 2013, el Procurador Publico del Ministerio, en relacion al mandato judicial en el MORDAZA seguido por el senor MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA contra la EMPRESA DE RADIODIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L, con expediente N° 00385-2010, senala que en tanto "la Empresa de Radio Difusion y Publicidad Lider S.R.L. no cuente con una media cautelar a su favor, otorgada en el MORDAZA del MORDAZA judicial sobre nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta o con Sentencia firme en dicho proceso; las Resoluciones N° 13-2011, 17-2011, 33-2013 y 34-2013, del expediente N° 00385-2010 (referidas a la transferencia de autorizacion de titularidad de la Empresa de Radio Difusion y Publicidad Lider S.R.L. a favor del senor MORDAZA MORDAZA Vendezu Mejia) mantienen plena validez y vigencia, debiendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones cumplir con el mandato judicial contenido en ellas."

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