Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2013 (09/10/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Miercoles 9 de octubre de 2013

504595
dejar sin efecto lo ordenado por dicho organo ni retardar la ejecucion de sus decisiones; Que, el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-93-JUS, establece que "toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala". Asimismo, dispone que "ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominacion, fuera de la organizacion jerarquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el organo jurisdiccional. No se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo la responsabilidad (...)."; Que, de acuerdo con las disposiciones citadas, y teniendo en cuenta la opinion vertida por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y lo senalado por el Procurador Publico de este Ministerio, en el MORDAZA de sus respectivas competencias, corresponde dar cumplimiento al mandato judicial contenido en las resoluciones judiciales MORDAZA citadas del Primer Juzgado Mixto de San MORDAZA Juliaca de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fin de proceder a aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada a la EMPRESA DE RADIODIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L. mediante Resolucion Ministerial N° 401-97-MTC/15.19, cuyo plazo fue MORDAZA por la Resolucion Viceministerial N° 201-2011-MTC/03, a favor del senor MORDAZA MORDAZA VENDEZU MEJIA; De conformidad con la Constitucion Politica del Peru, el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 017-93JUS y la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada a la EMPRESA DE RADIODIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L. mediante Resolucion Ministerial N° 401-97MTC/15.19, cuyo plazo fue MORDAZA por la Resolucion Viceministerial N° 201-2011-MTC/03, a favor del senor MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, relacionados a dicha autorizacion; en cumplimiento de ordenado en la Sentencia N° 007-2011 contenida en la Resolucion N° 13-2011 del 31 de enero de 2011, la Resolucion N° 142011 del 1 de MORDAZA de 2011, Resolucion N° 15-2011 del 15 de MORDAZA de 2011, Resolucion N° 16-2011 de fecha 08 de junio de 2011, Resolucion N° 17-2011 del 24 de junio de 2011, Resolucion N° 33-2013 del 25 de junio de 2013 y Resolucion N° 34-2013, del 11 de MORDAZA de 2013, del Primer Juzgado Mixto de San MORDAZA Juliaca de la Corte Superior de Justicia de Puno; por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Reconocer al senor MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA como titular de la autorizacion senalada en el articulo precedente, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y al Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 997555-1

Que, en cuanto a las resoluciones judiciales emitidas en el MORDAZA judicial interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA contra la EMPRESA DE RADIODIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L, seguido con expediente N° 00385-2010, disponen lo siguiente: - En la Sentencia N° 007-2011 contenida en la Resolucion N° 13-2011 del 31 de enero de 2011, el Primer Juzgado Mixto de San MORDAZA Juliaca emite el siguiente Fallo: i) declarando fundada la demanda sobre Obligacion de Hacer incoada por MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA, en contra de EMPRESA DE RADIO DIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L. representado por su Gerente, en la Via del MORDAZA Sumarisimo, (...). ii) en consecuencia ORDENO: que la demandada EMPRESA DE RADIO DIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L. representado por su Gerente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cutimbo, en el plazo de DIEZ DIAS, CUMPLA con iniciar la formalizacion de los tramites ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones respecto a la frecuencia de radio, y de este modo dar cumplimiento al contrato celebrado entre las partes. (...)." Dicha Sentencia es declara consentida mediante Resolucion N° 14-2011 del 1 de MORDAZA de 2011. - A su vez, mediante la Resolucion N° 15-2011 del 15 de MORDAZA de 2011, se requiere a EMPRESA DE RADIODIFUSION Y PUBLICIDAD LIDER S.R.L., para que en un plazo de diez (10) dias cumpla con iniciar la formalizacion de los tramites de la transferencia de autorizacion ante este Ministerio. - Luego con Resolucion N° 16-2011 de fecha 08 de junio de 2011, el Primer Juzgado Mixto de San MORDAZA Juliaca senala lo siguiente: "Requierase una vez mas a la empresa demandada, Radio Difusion y Publicidad Lider S.R.L. REPRESENTADO POR SU Gerente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cutimbo; a efectos de que en un plazo excepcional de dos dias, cumpla con formalizar los tramites por ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (...), bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se autorice al accionante a efectuar los tramites por ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, (...)". - Por Resolucion N° 17-2011 del 24 de junio de 2011, el Primer Juzgado Mixto de San MORDAZA Juliaca resuelve "(...) HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO PREVENIDO en la resolucion dieciseis guion dos mil once, su fecha ocho de junio del ano en curso (...), en consecuencia autoricese al accionante a efectuar los tramites por ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respecto a la frecuencia de Radio, esto es hasta la expedicion de la Licencia de Funcionamiento de Radiodifusion de frecuencia modulada y se otorgue al mismo, para darse cumplimiento a lo ordenado en la Sentencia dictada por el Juzgado (...)". - Mediante Resolucion N° 33-2013 del 25 de junio de 2013, el Primer Juzgado Mixto de San MORDAZA Juliaca dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones proceda "en estricto cumplimiento a lo resuelto en la sentencia (resolucion N° 13-2011) y lo resuelto en la resolucion N° 17-2011; esto es, que dicho Ministerio proceda a probar la transferencia de autorizacion del servicio de Radio Difusion otorgada a la Empresa de Radiodifusion y Publicidad SRL a favor de MORDAZA MORDAZA VENDEZU MORDAZA, otorgandole facultades a este ultimo para iniciar el tramite de transferencia." - En la Resolucion N° 34-2013, del 11 de MORDAZA de 2013, resuelve "ACLARAR la resolucion numero treinta y tres, de fecha veinticinco de junio de dos mil trece que obra a folios doscientos noventa y dos en el extremo de haberse consignado: "... que dicho Ministerio proceda a probar la transferencia de autorizacion del servicio ...". Y debe tenerse como "... que dicho Ministerio proceda ha aprobar la transferencia de Autorizacion del Servicio ..."; lo que es correcto, subsistiendo lo demas que contiene la citada resolucion." Que, el numeral 2) del articulo 139° de la Constitucion Politica del Peru establece que, ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el organo jurisdiccional, interferir en el ejercicio de sus funciones,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.