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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (25/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Viernes 25 de octubre de 2013 505727 Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1005433-1 Autorizan viaje de oficial FAP a la República Federativa del Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 592-2013-DE/FAP Lima, 24 de octubre de 2013 Visto la Carta G. 1000 – 0647 de fecha 03 de julio de 2013 del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, el Ofi cio V. 1000 - 245 de fecha 6 de agosto de 2013 del Agregado de Defensa Adjunto y Naval del Perú en la República Federativa del Brasil y la Papeleta de Trámite NC-50-EMAI-Nº 1265 de fecha 26 de setiembre de 2013 del Jefe del Estado Mayor de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Escuela Superior de Guerra Naval, Escuela de Posgrado de la Marina de Guerra del Perú, tiene por misión brindar especialización y perfeccionamiento profesional a los Ofi ciales Discentes de los Programas de Alto Mando y Comando y Estado Mayor, para un desempeño competente en las funciones que se les asigne, a fi n de contribuir al cumplimiento de los objetivos instituciones; cabe mencionar, que en los indicados programas participa personal militar de las tres (3) Instituciones Armadas; Que, con Resolución Ministerial Nº 005-2013-DE/FAP de fecha 04 de enero de 2013, se nombró al Coronel FAP ALFREDO RAUL PAREDES ALVAN, para que participe en el Programa de Alto Mando, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra Naval en el periodo del año 2013; Que, mediante la Carta G. 1000 – 0647 de fecha 03 de julio de 2013, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, hace de conocimiento de la Fuerza Aérea del Perú que dentro de las actividades académicas a desarrollar como parte del Programa de Alto Mando se ha considerado realizar un viaje profesional a la República Federativa del Brasil; asimismo, con la fi nalidad de cumplir con el programa de graduación del Coronel FAP ALFREDO RAUL PAREDES ALVAN, solicita se inicien los trámites necesarios para su viaje; Que, mediante el Ofi cio V. 1000 - 245 de fecha 6 de agosto de 2013, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval del Perú en la República Federativa del Brasil, ha confi rmado la aceptación de la Marina del Brasil para que los Ofi ciales Discentes del Programa de Alto Mando de la Escuela Superior de Guerra Naval, Escuela de Posgrado de la Marina de Guerra del Perú, realicen una visita informativa a la Escuela Naval de la Marina del Brasil, en la ciudad de Río de Janeiro – República Federativa del Brasil, del 28 de octubre al 01 de noviembre de 2013; Que, la Comisión de Servicio antes mencionada no se encuentra prevista en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 091-2013-DE/ del 15 de marzo de 2013; sin embargo, en atención a los intereses del Sector Defensa y la importancia de la actividad por desarrollar, resulta pertinente expedir la autorización de viaje; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el objeto de garantizar la presencia del Coronel FAP ALFREDO RAUL PAREDES ALVAN durante la totalidad de la referida visita, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Río de Janeiro – República Federativa del Brasil, del Coronel FAP ALFREDO RAUL PAREDES ALVAN, NSA: O-9518885 DNI: 06989097, Ofi cial Discente del Programa de Alto Mando de la Escuela Superior de Guerra Naval, Escuela de Posgrado de la Marina de Guerra del Perú, para que participe en la visita informativa a la Escuela Naval de la Marina del Brasil, del 28 de octubre al 01 de noviembre de 2013; así como autorizar su salida del país el día 27 de octubre y su retorno el 02 de noviembre de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima- Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) - Lima US $ 1,300.00 x 01 persona (Incluye TUUA) = US $ 1,300.00 Viáticos: US $ 370.00 x 05 días x 01 persona = US $ 1,850.00 ------------------------- Total a pagar = US $ 3,150.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1005433-2