Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2013 (30/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Miercoles 30 de octubre de 2013

506081
Administracion Tributaria y demas Unidades Organicas competentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1005640-6

VISTO; la Ordenanza Nº 294-MDA; el Informe Nº 108-2013-MDA-GAT de la Gerencia de Administracion Tributaria; el Informe Nº 828-2013-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Proveido Nº 2016-2013MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 294-MDA de fecha 31 de MORDAZA del 2012, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" en fecha 03 de junio del 2012, se establecio el Beneficio de la Condonacion de Deuda Tributaria e Intereses Generados por la Omision de la MORDAZA y/o Rectificacion de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial para el Sector MORDAZA Habitacion; Que, la Ordenanza Municipal MORDAZA indicada en su articulo Decimo MORDAZA, faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias, para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza; asimismo, prorrogue los beneficios tributarios establecidos en la misma; Que, mediante Ordenanza Nº 300-MDA y Nº 308MDA, se modifico y prorrogo los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 294-MDA, hasta el 28 de Junio de 2013; asimismo, dichos beneficios fueron prorrogados mediante Decreto de Alcaldia Nº 023 de fecha 26 de setiembre del 2013, hasta el 30 de octubre del 2013; Que, con la finalidad de continuar con los lineamientos para el saneamiento de la Base Tributaria en la jurisdiccion del Distrito de Ate, asi como por la voluntad de acogimiento que viene mostrando la poblacion, se hace necesario otorgar amplias facilidades para que puedan cumplir con el acogimiento a la MORDAZA de sus Declaraciones Juradas de Impuesto Predial, tal como lo disponen las normas senaladas en el considerando precedente; por lo que resulta pertinente ampliar el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 294-MDA, modificada y ampliada por las Ordenanzas Nº 300-MDA, Nº 308MDA y Decreto de Alcaldia Nº 023-2013-MDA; en vista de haberse constatado que muchos de los vecinos tienen el deseo de formalizarse, resulta necesario se expida la presente norma; Que, mediante Informe Nº 108-2013-MDA-GAT, la Gerencia de Administracion Tributaria remite el proyecto de Decreto de Alcaldia sobre la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 294-MDA modificada y prorrogada por las Ordenanzas Nº 300-MDA y Nº 308-MDA, asi como por el Decreto de Alcaldia Nº 023-2013-MDA cuya vigencia culmina el 30 de octubre de 2013; en ese contexto, solicita la prorroga de su vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2013, debiendo emitirse el Decreto de Alcaldia correspondiente; Que, mediante Informe Nº 828-2013-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por la procedencia de emitir el Decreto de Alcaldia que disponga la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 294-MDA hasta el 31 de diciembre del presente ano; Que, mediante Proveido Nº 2016-2013-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica que se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 42º y el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 294-MDA, modificada y prorrogada por las Ordenanzas Nº 300-MDA, Nº 308-MDA, asi como por el Decreto de Alcaldia Nº 023-2013-MDA, que establece el Beneficio de Condonacion de Deuda Tributaria e Intereses Generados por la Omision de la MORDAZA y/o Rectificacion de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial, para los contribuyentes (personas naturales y juridicas), propietarias o poseedoras de inmuebles destinados a Uso MORDAZA Habitacion y/o Terrenos sin Construir y Comercios (hasta 100 m2., de area de actividad economica), hasta el 31 de Diciembre del 2013, en merito a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- DISPONER; la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- ENCARGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Rectifican el D.A. Nº 008-2013/MM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2013/MM Miraflores, 25 de octubre de 2013 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; VISTO, la Resolucion de Subgerencia Nº 112-2013SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de octubre de 2013 y el Informe Nº 35-2013-GDUMA/MM; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia reconocida en la Constitucion Politica del Peru y en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 008-2013/ MM del 30 de setiembre del ano en curso, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 03 de octubre de 2013, se dispuso que la propietaria del predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 562, Miraflores, debe ponerlo en valor y conservarlo conforme se establece en las recomendaciones comprendidas en los considerandos de la Resolucion Nº 102-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de setiembre de 2013; Que, la Resolucion de Subgerencia Nº 102-2013SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de setiembre de 2013, emitida por la Subgerencia de Catastro, declara procedente la peticion de la senora MORDAZA MORDAZA Cannock Zuleta de Bazo, en cuanto a su voluntad de acogerse a los alcances de la Ordenanza Nº 387/MM y su Reglamento, referido a constitucion y regulacion de las Microzonas de Valor Urbanistico y Ejes de Aprovechamiento del Potencial de Desarrollo MORDAZA en el distrito de Miraflores. No obstante en el articulo tercero de la citada resolucion, se dispone que la puesta en valor que la administrada debe realizar respecto de su predio se ha considerado la direccion del mismo como "Av. 28 de MORDAZA Nº 562", a fin de ser inscrito en la Partida Nº 46891937 de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA que le corresponde; Que, posteriormente la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente ha indicado en el Informe Nº 35-2013-GDUMA/MM de fecha 11 de octubre de 2013, que por un error involuntario se ha omitido consignar en la Resolucion de Subgerencia Nº 102-2013-SGCAGDUMA/MM el interior del predio referido en lineas precedentes, debiendo ser lo correcto "Av. 28 de MORDAZA Nº 562 ­ C", conforme se corrobora del Informe Legal Nº 435-2013-SGCA-GDUMA/MM; por lo que, a efectos de no perjudicar a la administrada en el MORDAZA de inscripcion de servidumbre a favor de la Municipalidad de Miraflores sobre el area no edificable del predio, segun los alcances de las ordenanzas citadas, se ha emitido la Resolucion de Subgerencia Nº 112-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de octubre de 2013, que rectifica de oficio "el articulo tercero de la Resolucion de Subgerencia Nº 1022013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de setiembre de 2013, unicamente en el extremo referido a la direccion consignada, debiendo tenerse esta como: "Av. 28 de MORDAZA Nº 562 C ­ Miraflores" (...) (sic); Que, el articulo 201, numeral 201.1, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,

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