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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (10/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Martes 10 de setiembre de 2013 502604 VISTOS: El Informe N° 108-2013-SIS/OGPPDO del 21 de agosto de 2013 de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, sobre propuesta de reordenamiento de las Unidades Desconcentradas Regionales (UDRs) de la Gerencia Macro Regional Centro Medio y sobre creación de UDRs en el ámbito de las Gerencias Macro Regionales Sur y Centro Medio del Seguro Integral de Salud y el Informe N° 021-2013-SIS/ OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias, se establecen principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización del Estado; Que, mediante la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creó al Seguro Integral de Salud, como un Organismo Público Descentralizado, siendo califi cado posteriormente como Organismo Público Ejecutor al amparo de la Ley N° 29158, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM y a la actualización aprobada por el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM, estando adscrito al Ministerio de Salud, constituyendo un Pliego Presupuestal, con autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, que tiene como misión lograr la cobertura de aseguramiento universal en salud y asegurar la protección fi nanciera y oportuna de su población objetivo, que permita recibir una prestación de servicios de salud de calidad y digna; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 095-95-INAP/ DNR 10 de julio 1995, se aprueba la Directiva N° 001-95- INAP/DNR “Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones” en el Sector Público; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 603- 2006/MINSA, 205-2009/MINSA y 317-2009/MINSA se aprobó y modifi có, respectivamente, la Directiva N° 007- MINSA/OGPP - V.02, Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional, la cual establece los criterios y procedimientos para la elaboración de los documentos de gestión, entre ellos el Manual de Organización y Funciones, en los organismos públicos del Ministerio de Salud; Que, por Resolución Suprema N° 004-2013-SA – se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Resolución Jefatura N° 133-2013-SIS de fecha 23 de Julio de 2013, se aprobó el Manual de Organización y Funciones para los órganos del Seguro Integral de Salud, entre los que fi guran las Gerencias Macro Regionales, consideradas como órganos desconcentrados del SIS; Que, las Unidades Desconcentradas Regionales constituyen unidades funcionales del tercer nivel, asignadas a las Gerencias Macro Regionales en su condición de órganos desconcentrados, conforme a la estructura orgánica aprobada por el Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; siendo pasibles de creación, reubicación, fusión y supresión, de acuerdo a los Lineamientos de la Política Nacional del Estado Peruano y del Sector Salud, así como de acuerdo a los objetivos estratégicos del SIS, en el marco de la desconcentración de los servicios públicos del Estado Peruano; Que, mediante el Memorando Circular N° 004-2013/ SIS-OGPPDO de fecha 22 de enero de 2013, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, ha solicitado a los órganos de línea y de apoyo, emitir opinión respecto de la propuesta de creación de una ofi cina de atención inmediata del usuario en Chimbote, teniendo en consideración diversos factores, entre otros, de accesibilidad, distancias, carga de trabajo y mayor demanda de servicios que oferta en dicha jurisdicción el SIS, cuyas respuestas han sido evaluadas en el marco de la política de descentralización y de desconcentración que impulsa el Estado Peruano, teniendo en cuenta la Ley N° 29158 sobre reforma del Poder Ejecutivo, y sus normas complementarias, así como las normas sobre Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que resulta conveniente la creación de una (1) UDR en dicho ámbito geográfi co; Que, del mismo modo la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional ha evaluado la pertinencia de creación de dos (2) unidades desconcentradas regionales, en los ámbitos de las Gerencias Macro Regionales Sur y Centro Medio, con el propósito de fortalecer la capacidad de respuesta de los órganos desconcentrados del SIS, teniendo en consideración el incremento de la demanda de los servicios de cobertura de seguros de salud a cargo del SIS, el incremento de la producción de los servicios de atención a los asegurados y benefi ciarios del SIS, así como los problemas identifi cados de accesibilidad, vías de comunicación entre las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS y el SIS en su condición de IAFAS pública, acción que permitirá optimizar la gestión y gerencia de los servicios que brinda el SIS a favor de los asegurados considerados en estado de pobreza y pobreza extrema; Que, mediante Resolución Jefatural N° 152-2013/ SIS de fecha 07 de agosto de 2013 se inició el proceso de implementación de la Gerencia Macro Regional Centro Medio, en el marco del proceso de operatividad del SIS como Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud – IAFAS pública, estableciendo las unidades desconcentradas regionales que están bajo su supervisión; Que, conforme al artículo 36 numeral 36.17 corresponde a las Gerencias Macro Regionales ejercer las funciones que le sean encomendadas por la Jefatura del SIS, entre ellas, las concernientes a la coordinación, supervisión, evaluación y monitoreo de los procesos y procedimientos vinculados al fi nanciamiento de las atenciones de salud de los asegurados del SIS; Que, con la fi nalidad de impulsar el proceso de modernización y reestructuración del Seguro Integral de Salud, como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud – IAFAS pública, resulta necesario se autorice el reordenamiento y cambio de denominación de las UDRs de la Gerencia Macro Regional Centro Medio, solo en la parte correspondiente a aquellas que se encuentran dentro de la jurisdicción de Lima Metropolitana, para optimizar el desarrollo de los procesos y procedimientos desconcentrados a cargo de dicho órgano desconcentrado y las Unidades Desconcentradas Regionales UDRs bajo su administración, supervisión y control, considerando que se cuentan con los recursos humanos, tecnológicos y logísticos, para su adecuación funcional, lo que trae también como consecuencia la desactivación de la UDR Hospitales e Institutos Especializados y que la UDR Callao tenga dentro de su ámbito funcional al Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión ubicado en dicha Región; asimismo, es necesario se autorice la creación de tres (3) nuevas UDRs propuestas por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; garantizándose que todas estas medidas no afecten los derechos de los trabajadores del SIS; Con el visto bueno de la Secretaria General, de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, de la Ofi cina General Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, Segunda Disposición Transitoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el reordenamiento y cambio de denominación de las Unidades Desconcentradas Regionales (UDRs) de la Gerencia Macro Regional Centro Medio, conforme al Anexo 1 de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2°.- Asignar a la Gerencia Macro Regional Centro Medio la coordinación, supervisión, evaluación y monitoreo de los procesos y procedimientos vinculados al fi nanciamiento de las atenciones de salud de los asegurados del SIS, respecto de las unidades ejecutoras indicadas en el Anexo 2 de la presente Resolución Jefatural. Artículo 3°.- Autorizar la creación de tres (3) Unidades Desconcentradas Regionales – UDRs, en los ámbitos jurisdiccionales del SIS que a continuación se indica: • La UDR Lima Metropolitana Norte, que tendrá dentro de su ámbito a las unidades ejecutoras a que se refi ere el Anexo 1 de la presente Resolución Jefatural.