Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2013 (10/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO: Que el articulo 127° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Regimen de Fedatarios de las entidades de la Administracion Publica, senalando en su numeral 1, que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion; Que el numeral 2 del mencionado articulo precisa que el fedatario tiene como labor personalisima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuacion administrativa sea exigida la agregacion de los documentos o el administrado desee agregados como pruebas; Que mediante Resolucion de Superintendencia N° 186-2013/SUNAT, de fecha 6 de junio de 2013, se designo como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia MORDAZA y de la Oficina Zonal de MORDAZA, entre otros, a los trabajadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azparrentt, MORDAZA Lenka MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pauta, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Portugal; Que el trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue trasladado a la Division de Control de la Deuda y Cobranza de la Intendencia Regional MORDAZA y el resto de los trabajadores mencionados en el considerando precedente fueron trasladados a la Division de Auditoria II de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; Que por tanto resulta necesario dejar sin efecto la designacion de los mencionados trabajadores como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia MORDAZA y de la Oficina Zonal de Huacho; Que por otro lado, al momento de detallar los nombres y apellidos de los trabajadores designados como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia MORDAZA y de la Oficina Zonal de MORDAZA, en el Anexo de la Resolucion de Superintendencia N° 186-2013/SUNAT se consigno de manera incorrecta el apellido de las trabajadoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA Plascencia, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azparrentt y MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como el nombre del trabajador MORDAZA MORDAZA Perez; Que segun lo previsto en el articulo 201° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es posible rectificar un error material siempre y cuando no se altere el contenido ni el sentido de la decision, supuesto que se cumple respecto de la situacion mencionada en el considerando precedente; Que por tanto resulta necesario rectificar el Anexo de la Resolucion de Superintendencia N° 186-2013/SUNAT; En uso de la facultad conferida en el inciso u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 1152002-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dejar sin efecto la designacion de los siguientes trabajadores como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia MORDAZA y de la Oficina Zonal de Huacho: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azparrentt - MORDAZA Lenka MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pauta - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 2°.- Rectificar el error material incurrido en el Anexo de la Resolucion de Superintendencia N° 1862013/SUNAT, segun el siguiente detalle: Pagina 1 DICE: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEBE DECIR:

El Peruano Martes 10 de setiembre de 2013

MORDAZA PLASCENCIA MORDAZA MORDAZA DICE: MORDAZA AZPARRENT MORDAZA MORDAZA DEBE DECIR: MORDAZA AZPARRENTT MORDAZA MORDAZA Pagina 2 DICE: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEBE DECIR: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pagina 3 DICE: MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA DEBE DECIR: MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 985715-1

Suspenden temporalmente Disposiciones de la Resolucion de Superintendencia N° 066-2013/SUNAT que crea el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de Manera Electronica en SUNAT Operaciones en Linea
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 279-2013/SUNAT MORDAZA, 9 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que el MORDAZA parrafo del numeral 16 del articulo 62° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que tratandose de los libros y registros contables u otros libros y registros exigidos por las leyes, reglamentos o resolucion de superintendencia vinculados a asuntos tributarios, la SUNAT establecera los deudores tributarios obligados a llevarlos de manera electronica o los que podran llevarlos de esa manera; Que ademas, el MORDAZA parrafo del indicado numeral preve que en cualquiera de los dos casos mencionados en el considerando anterior, la SUNAT mediante resolucion de superintendencia senalara los requisitos, formas, plazos, condiciones y demas aspectos que deberan cumplirse para la autorizacion, almacenamiento, archivo y conservacion, asi como los plazos maximos de atraso de los mismos; Que mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 066-2013/SUNAT y MORDAZA modificatoria se aprobo el Sistema de llevado de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras Electronicos en SUNAT Operaciones en Linea (SLE - Portal); Que el inciso a) del articulo 5° de la citada resolucion establece que la obtencion de la calidad de generador determinara, entre otros, la obligacion de llevar los

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