NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (10/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 20
TEXTO PAGINA: 6
El Peruano Martes 10 de setiembre de 2013 502600 GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios : 3 882 598,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 003 18 000 000,00 =========== PLIEGO 011 : Despacho Presidencial UNIDAD EJECUTORA 001 : Despacho Presidencial ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000002 : Conducción y Orientación Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios : 1 139 514,00 ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios : 1 464 276,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 011 2 603 790,00 =========== PLIEGO 342 : Instituto Peruano del Deporte UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Peruano del Deporte ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS (En Nuevos Soles) ACTIVIDAD 5000636 : Deporte afi liado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios : 3 104 000,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 342 3 104 000,00 =========== PLIEGO 055 : Agencia de Promoción de la Inversión Privada UNIDAD EJECUTORA 001 : Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001071 : Promoción de la Inversión Privada en obras y servicios públicos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios : 10 887 294,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 055 10 887 294,00 =========== TOTAL EGRESOS 45 353 174,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 985867-1 INTERIOR Dan por concluida designación de Director de Control de Armas, Municiones y Explosivos de la DICSCAMEC, ahora SUCAMEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1223-2013-IN Lima, 9 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0414-2012-IN del 18 de mayo de 2012, se designó al señor Luis Miguel Gutiérrez Gambetta, en el cargo público de confi anza, Nivel F-3, de Director de Control de Armas, Municiones y Explosivos de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – DICSCAMEC; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1127, publicado el 7 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Que, de acuerdo al nuevo marco normativo, mediante Resolución Suprema N° 064-2013-IN publicada el 26 de junio de 2013, se designó al señor abogado Derik Roberto Latorre Boza en el cargo de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil -SUCAMEC; Que, en ese sentido, resulta necesario actualizar la designación de los funcionarios de SUCAMEC de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1127 y la Resolución Suprema N° 064-2013-IN, por lo que corresponde dar por concluida la designación efectuada conforme a la Resolución Ministerial N° 0414-2012-IN del 18 de mayo de 2012; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1127 que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC y el Reglamento