NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (29/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 2
El Peruano Domingo 29 de setiembre de 2013 503856 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RR. N°s. 5752 y 5761-2013.- Autorizan a Financiera TFC S.A. la apertura y cierre de ofi cinas especiales y agencia en diversos departamentos 503872 Res. N° 5762-2013.- Autorizan a Edpyme Marcimex S.A. el traslado de ofi cina especial ubicada en el departamento de Ancash 503873 Res. N° 5904-2013.- Autorizan viaje de Superintendente Adjunto de Administración General de la Superintendencia Adjunta de Administración General a Uruguay, en comisión de servicios 503873 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ordenanza N° 014-2013-GR-LL/CR.- Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Autoridad Portuaria Regional de La Libertad 503874 Ordenanza N° 015-2013-GR-LL/CR.- Aprueban texto sustitutorio de la Ordenanza Regional N° 004-2010-GR- LL/CR “Normas Complementarias al Reglamento Nacional de Administración de Transporte- RNAT” 503875 Acuerdos N°s. 024, 025, 026, 027, 028, 029, 030, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 040, 041, 042, 043 y 044-2013-GR-LL/CR.- Autorizan transferencias fi nancieras a favor de diversas municipalidades distritales y provinciales de la Región La Libertad, para la ejecución de obras públicas 503879 Acuerdo N° 081-2013-GR-LL/CR.- Disponen que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de La Libertad realice las acciones necesarias para culminar con el proceso de transferencia del Muelle del Terminal Portuario de Chicama - Puerto Malabrigo a favor del Gobierno Regional de La Libertad 503901 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Ordenanza N° 319-MDA.- Restablecen temporalmente la vigencia de la Ordenanza N° 296-MDA que establece Benefi cio de Formalización con el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento para los Centros de Educación Básica y Comercios Locales en el distrito de Ate y modifi can su contenido 503902 D.A. N° 021.- Aprueban la organización y funciones de la Comisión Técnica Mixta Distrital de Ate, en lo referido al expendio de bebidas calientes y complementos en la vía pública del distrito 503902 D.A. N° 022.- Aprueban la organización y funciones de la Comisión Técnica Mixta Distrital de Ate, en lo referido a la venta de golosinas y fl ores en la vía pública del distrito 503904 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Res. N° 292/2013-GODU-MDCH.- Aprueban recepción de obras con modifi cación del proyecto de habilitación urbana de lotes de terreno de la lotización de “Huertos de Villa” 503905 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza N° 542-MDEA.- Exoneran del pago de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo, para contribuyentes en extrema pobreza, con discapacidad, víctimas de la violencia durante el período mayo1980 - noviembre 2000 y por ocurrencia o inminencia de desastres 503907 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Ordenanza N° 260.- Aprueban Benefi cio de Regularización Tributaria en el distrito 503908 SEPARATA ESPECIAL BANCO CENTRAL DE RESERVA Circulares N°s. 037 y 038-2013-BCRP.- Disposiciones de Encaje en Moneda Nacional y Disposiciones de Encaje en Moneda Extranjera 503840 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30086 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE ANCHIHUAY EN LA PROVINCIA DE LA MAR, DEPARTAMENTO DE AYACUCHO Artículo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto crear en la provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, el distrito de Anchihuay con su capital el centro poblado de Anchihuay, que ostenta la categoría de pueblo. Artículo 2. Límites del distrito de Anchihuay Los límites territoriales del distrito de Anchihuay, provincia de La Mar, son los siguientes: POR EL NORTE Limita con el distrito de Samugari, provincia de La Mar. El límite se inicia en la cota 4441, continúa en dirección Este por la divisoria de aguas de dos quebradas sin nombre, pasando por la cumbre de cerros sin nombre en los puntos de coordenadas UTM 625 950 m E y 8 567 953 m N, UTM 626 338 m E y 8 568 388 m N, UTM 627 332 m E y 8 568 393 m N, cota 3764; de este punto, el límite desciende en la misma dirección hasta la intersección de dos quebradas sin nombre (punto de coordenada UTM 631 817 m E y 8 569 689 m N); luego, el límite continúa en dirección Noreste por el cauce de una quebrada sin nombre, pasando por los puntos de coordenadas UTM 632 782 m E y 8 569 602 m N, UTM 636 985 m E y 8 567 858 m N, UTM 637 072 m E y 8 568 163 m N, UTM 637 962 m E y 8 568 352 m N, UTM 639 223 m E y 8 568 580 m N, UTM 640 617 m E y 8 569 579 m N, UTM 642 844 m E y 8 570 247 m N, y UTM 643 210 m E y 8 570 047 m N, hasta su desembocadura en el álveo del río Chunchubamba (punto de coordenada UTM 648 885 m