Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2013 (30/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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PROYECTO

El Peruano Lunes 30 de setiembre de 2013

En ese sentido, el Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, a traves de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, desarrollo un MORDAZA participativo y de consulta previa, prepublicando el texto preliminar del a presente MORDAZA, habiendose logrado consolidar el MORDAZA de elaboracion del Reglamento de la Ley Nº 29763, en adelante el Reglamento, bajo los principios de transparencia, inclusion, equidad de genero, interculturalidad, participacion y descentralizacion, tal y como lo determina la Resolucion Ministerial Nº 048- 2012-AG. Es preciso senalar, que para dicho MORDAZA se MORDAZA con la participacion del Grupo Intergubernamental1 ­ GI, dada la naturaleza intersectorial e intergubernamental, asi como, por la necesidad de promover y garantizar la participacion de todos los actores involucrados en la gestion del Patrimonio Forestal y de Fauna MORDAZA de la Nacion. En ese contexto, mediante Decreto Supremo Nº 0092013-MINAGRI se aprobo la Politica Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, de cumplimiento obligatorio por el Gobierno Nacional, por los Gobiernos Regionales y por los Gobiernos Locales, la misma que tiene como objetivo general, contribuir con el desarrollo sostenible del MORDAZA, a traves de una adecuada gestion del Patrimonio Forestal y de Fauna MORDAZA de la Nacion, que asegure su aprovechamiento sostenible, conservacion, proteccion e incremento, para la provision de bienes y servicios de los ecosistemas forestales, otros ecosistemas de vegetacion MORDAZA y de la fauna MORDAZA, en MORDAZA con el interes social, cultural, economico y ambiental de la Nacion. II. JUSTIFICACION El presente proyecto de Reglamento se sustenta en los mandatos establecidos en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA y en la necesidad de regular la gestion del manejo del patrimonio forestal y de fauna MORDAZA, dentro del MORDAZA de modelo de gestion moderna del Estado. Estando al compromiso el Estado senalado en la Politica Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA de generar las condiciones politicas, generar las condiciones politicas, legales, institucionales, administrativas, economicas, sociales y financieras con reglas de juego claras y estables para favorecer el aprovechamiento sostenible de los ecosistemas forestales y los demas componentes del Patrimonio Forestal y de Fauna MORDAZA de la Nacion, incluyendo las plantaciones forestales y los sistemas de produccion agroforestal. En ese sentido, reconoce la prioridad de contar con una gestion publica eficiente, efectiva, democratica, participativa, transparente, solidaria e inclusiva, asi como a fortalecer los factores de competitividad empresarial en el MORDAZA de la responsabilidad social y ambiental y la promocion de la participacion ciudadana en todo el MORDAZA de la gestion forestal y de fauna MORDAZA, a traves de un adecuado MORDAZA de gobernanza forestal y de fauna MORDAZA, que permitan a la poblacion acceder a la gestion de los recursos en igualdad de oportunidades, revalorando el importante papel desempenado por las mujeres en el manejo de estos recursos. Recogiendo los enunciados precedentes, la propuesta de Reglamento ha sido estructurada en siete secciones, las cuales guardan identidad casi total con las seis secciones en que esta disenada la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre. El objeto, ambito de aplicacion y actividades regidas por la citada Ley abarcan una tematica extensa que implican, entre otros: i) Institucionalidad y gobernanza del sector; ii) Derechos, obligaciones, y mandatos aplicables a los titulares de titulos habilitantes, personas naturales y/o juridicas, vinculadas a la comercializacion, transformacion y transporte de productos forestales y de fauna silvestre; iii) Gestion, manejo y conservacion del patrimonio nacional forestal y de fauna silvestre; iv) Plantaciones forestales; v) Regimen de promocion, fiscalizacion y sancionatorio, entre otros. A continuacion procedemos a repasar los aspectos mas resaltantes que se han regulado en cada seccion. 2.1 SECCION PRIMERA: CONCEPTOS, INSTITUCIONALIDAD, PLANIFICACION Y ZONIFICACION FORESTAL Y DE FAUNA MORDAZA a. Institucionalidad El proyecto de Reglamento se ha desarrollado considerando las instituciones consagradas en los articulos 12 al 22 de la Ley, y la organizacion el Estado, en sus tres niveles de gobierno: nacional, regional y local, vinculados a la

gestion forestal y de fauna MORDAZA, abordando los objetivos, constitucion y funciones principales del Sistema Nacional de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA (SINAFOR), como estructura de articulacion entre las dependencias publicas con competencias en temas forestales y el Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA (SERFOR), como ente rector del sistema y Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; asi como la Comision Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA (CONAFOR), como organo consultivo del SERFOR. Se precisan, ademas de las competencias establecidas en los articulos 19 y 20 de la Ley, las funciones y competencias de las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna MORDAZA (ARFFS), asi como de los gobiernos locales ubicados en zonas rurales, que son actores con responsabilidades principales en temas de zonificacion, otorgamiento de derechos, supervision y fiscalizacion en cuanto al uso y conservacion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, segun corresponda. Se reconoce al Sistema Nacional de Informacion Forestal y de Fauna MORDAZA (SNIFFS) como herramienta fundamental para la gestion de la informacion, desarrollando sus objetivos, integrantes y mecanismos de coordinacion, constituyendo una plataforma de informacion que facilitara la implementacion de la articulacion de politicas en el SINAFOR. b. Regencia En el MORDAZA de lo senalado en el articulo 23 de la Ley Nº 29763, se contempla a la Regencia Forestal y de Fauna MORDAZA, figura que busca constituirse en un soporte auxiliar del Estado, para la implementacion de la gestion en el bosque, desde un enfoque de fortalecimiento de las actividades de planificacion del manejo y aprovechamiento forestal y de fauna silvestre. Si bien es MORDAZA que el regente sera un profesional contratado por los distintos titulares de titulos habilitantes o actores que requieran de sus servicios, en virtud de sus funciones, responsabilidades y prerrogativas, es un aliado de la administracion publica sectorial, toda vez que acompana las actividades de manejo, aprovechamiento y conservacion, asi como de prevenir o advertir de manera oportuna, cualquier conducta que pueda ser considerada como ilicita. El ejercicio de la actividad de regencia, implica una responsabilidad de caracter personalisima por parte del profesional que MORDAZA alcanzado su inscripcion como tal, siendo que, en los casos en que el regente preste servicios a traves de una persona juridica, esta MORDAZA se constituira en tercero civilmente responsable por los danos y perjuicios que pudiese generar el regente. El regimen de Regencia propuesto se contrapone al regimen actual, en el cual, la elaboracion de planes de manejo esta a cargo de consultores, quienes no estan obligados a monitorear el cumplimiento de estos instrumentos de gestion en MORDAZA, situacion que sera corregida a traves de la intervencion del regente, no solo en el diseno, sino tambien en la implementacion del plan de manejo. c. Planificacion, zonificacion, ordenamiento e inventario nacional El primer MORDAZA que debera afrontar el SERFOR, sera promover la discusion y elaboracion de un Plan Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, el cual debera contemplar los aspectos necesarios para consolidar la gobernanza y gobernabilidad forestal, la gestion efectiva del recurso forestal y de fauna MORDAZA, las estrategias para el acceso al financiamiento, el posicionamiento del sector forestal en el ambito nacional e internacional, asi como la mejora de la distribucion de los beneficios y responsabilidades respecto de dichos recursos y su evaluacion y monitoreo. Ademas se encarga al SERFOR la coordinacion para la elaboracion del inventario nacional y la valoracion de la diversidad forestal y de fauna silvestre. En relacion a la zonificacion y ordenamiento, el Reglamento desarrolla la propuesta de articular las diferentes categorias y estado de los bosques, con los derechos a ser otorgados.

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El GI esta conducido por el MINAGRI, a traves de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, en su calidad de Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, e integrado por el Ministerio del Ambiente - MINAM, Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA - OSINFOR, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ministerio de Cultura - MINCULTURA, Ministerio de la Produccion - PRODUCE y la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales a traves del Consejo Interregional Amazonico - CIAM.

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