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El Peruano Miércoles 30 de abril de 2014 521970 municipal distrital correspondiente, teniendo como fecha límite de presentación de estas el 5 de abril de 2014. 3. De los actuados se advierte que, en fecha 3 de abril de 2014, Manuel Gambini Rupay ha presentado su renuncia al cargo de alcalde ante el Concejo Distrital de Irazola (fojas 02 y 11), con el objeto de postular como candidato al cargo de presidente regional. En ese sentido, al presentarse la renuncia de Manuel Gambini Rupay al cargo de alcalde de la citada municipalidad distrital, se ha producido la vacancia de la autoridad edil, no atribuible a alguna de las causales establecidas en el artículo 22, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), sino en virtud de un requerimiento constitucional establecido del artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el numeral 2 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales. 4. En ese sentido, resulta de aplicación lo establecido en el artículo 24 de la LOM, que señala que en caso de vacancia del alcalde, este es reemplazado por el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, por lo que corresponde convocar a Javier Pedro Huamaní Mantari, identi fi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 00187740, a fi n de que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Irazola, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. Asimismo, corresponde convocar a Tania Libertad Agreda García, identi fi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 42912930, candidata no proclamada por el movimiento regional Integrando Ucayali, conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo remitida por el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Irazola, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, con el objeto de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR la vacancia de Manuel Gambini Rupay al cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Irazola, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, con motivo de haber presentado su renuncia al cargo, con el propósito de participar en el proceso de las Elecciones Regionales 2014, y dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Javier Pedro Huamaní Mantari, identi fi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 00188009, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Irazola, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, para completar el periodo del gobierno municipal 2011-2014, y otorgar la respectiva credencial que lo acredite como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Tania Libertad Agreda García, identi fi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 42912930, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Irazola, a efectos de completar el periodo del gobierno municipal 2011-2014, y otorgar la respectiva credencial que la acredite como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TÁVARA CÓRDOVACHÁVARRY VALLEJOSAYVAR CARRASCORODRÍGUEZ VÉLEZSamaniego Monzón Secretario General 1077828-3Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN Nº 328-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00415 HUANCAVELICA - HUANCAVELICA Lima, veintiocho de abril de dos mil catorce.VISTA la carta, presentada en fecha 10 de abril de 2014, mediante la cual Leoncio Huayllani Taype comunica a este Supremo Tribunal Electoral su renuncia al cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, departamento de Huancavelica, así como el documento, remitido el 11 de abril de 2014, por el alcalde encargado, José Cayllahua Pantoja, a través del cual solicita se otorguen las credenciales que correspondan. CONSIDERANDOS 1. El artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que para postular al cargo de Presidente o Vicepresidente de la República, miembro del Parlamento Nacional o presidente del gobierno Rrgional, los alcaldes deben renunciar a sus cargos seis meses antes de la elección respectiva. 2. Mediante la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, este Supremo Tribunal Electoral ha dispuesto, en su artículo segundo, que los alcaldes que presenten su renuncia a tales cargos con el propósito de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2014, convocadas para el día domingo 5 de octubre de 2014, como candidatos a presidentes regionales, deben presentar sus renuncias, por escrito, ante el concejo municipal provincial correspondiente, teniendo como fecha límite de presentación de estas el 5 de abril de 2014. 3. De los actuados se advierte, en fecha 4 de abril de 2014, que Leoncio Huayllani Taype ha presentado su renuncia al cargo de alcalde, acreditando una carta dirigida al Concejo Provincial de Huancavelica (fojas 2), con el objeto de postular como candidato al cargo de presidente regional, la misma que ha sido aceptada mediante Acuerdo de Concejo Nº 010-2014-CM/MPH, de fecha 7 de abril de 2014 (fojas 9). En ese sentido, al presentarse la renuncia de Leoncio Huayllani Taype y haber sido aceptada esta al cargo de alcalde de la citada municipalidad provincial, se ha producido la vacancia de la autoridad edil, no atribuible a alguna de las causales establecidas en el artículo 22, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), sino en virtud de un requerimiento constitucional establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el numeral 2 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales. 4. En tal sentido, conforme a la solicitud del visto, resulta de aplicación lo establecido en el artículo 24 de la LOM, que señala que, en caso de vacancia del alcalde, este es reemplazado por el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, por lo que corresponde convocar a José Cayllahua Pantoja, identi fi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 23204039, a fi n de que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, departamento de Huancavelica, con el objeto de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. 5. Asimismo, corresponde convocar a Juan Palomino Escobar, identi fi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 23263558, candidato no proclamado por el movimiento regional Movimiento Regional Ayni, conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, de fecha 9 de noviembre de 2010, remitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica, con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huancavelica, departamento de Huancavelica, con el objeto de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal.