Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2014 (30/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 senala que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, mediante la Ordenanza Nº 469-MSS, publicada el 17.01.2014, se aprobo el otorgamiento de un beneficio temporal y extraordinario para la regularizacion del pago de deudas tributarias, cualquiera fuera el estado en que se encuentren; Que, mediante Ordenanza Nº 479-MSS, publicada el 19.03.2014, se otorga un plazo extraordinario al regimen de regularizacion de deudas tributarias aprobado mediante Ordenanza Nº 469-MSS, hasta el 31 de marzo de 2014; Que, mediante Ordenanza Nº 482-MSS, publicada el 16.04.2014, se otorga un plazo extraordinario para la aplicacion del regimen de regularizacion de deudas tributarias aprobado mediante Ordenanza Nº 469-MSS, hasta el 30 de MORDAZA de 2014; Que, la primera parte de la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 482-MSS dispone de manera expresa: "Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y dictar las disposiciones complementarias para su mejor cumplimiento"; Que, mediante Memorandum Nº 284-2014-GAT-MS5 del 23.04.2014, la Gerencia de Administracion Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldia que propone prorrogar hasta el 30.06.2014, la Ordenanza Nº 482-MSS, que otorga un plazo extraordinario para la aplicacion del regimen de regularizacion de deudas tributadas aprobado por la Ordenanza Nº 469-MSS, en razon a que en atencion al breve plazo de la vigencia de la referida MORDAZA y a la respuesta favorable que viene teniendo, es necesario prorrogar su vigencia, a fin de permitir que un mayor numero de contribuyentes pueda acogerse a la misma; Que, mediante Informe Nº 314-2014-GAJ-MSS del 24.04.2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina que es procedente la emision del Proyecto de Decreto de Alcaldia que propone prorrogar hasta el 30.06.2014, la vigencia de la Ordenanza Nº482-MSS; Que, agrega la Gerencia de Asesoria Juridica, que el citado proyecto se encuentra dentro de los supuestos de exoneracion de publicacion establecidos en el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS, que aprueba el "Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General", la misma que se encuentra tambien recogida en la Directiva Nº 005-2009MSS aprobada por Resolucion Nº 220-2009-RASS, sobre "Publicacion de los Proyectos Normativos en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de Surco"; conforme se aprecia del Memorando Nº 284-2014-GATMSS, que senala que la finalidad de la propuesta no involucra la creacion de tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni recorte alguno de los derechos y/o beneficios ya existentes; sino por el contrario constituye un beneficio a favor de los vecinos; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 314-2014-GAJMSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades senaladas en el numeral 6) del Articulo 20º y el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 482-MSS, que otorga un plazo extraordinario para la aplicacion del regimen de regularizacion de deudas tributarias aprobado mediante Ordenanza Nº 469-MSS, hasta el 30 de junio de 2014. Articulo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dentro del dia siguiente de su aprobacion, conforme lo prescribe el Articulo 15º de

El Peruano Miercoles 30 de MORDAZA de 2014

la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 200-2010-PCM. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion Tributaria, a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia; asi como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgacion y difusion de sus alcances ante el vecindario. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Amplian plazo de vencimiento establecido en los Articulos MORDAZA y MORDAZA de la Ordenanza Nº 481-MSS que establecio tratamiento tributario a los vecinos que se incorporen al distrito de MORDAZA de MORDAZA por efecto de la Ley Nº 30058
DECRETO DE ALCALDIA Nº 12-2014-MSS MORDAZA de MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Memorandum Nº 285-2014-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe Nº 319-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, que proponen ampliar los vencimientos establecidos en la Ordenanza Nº 481-MSS, que aprueba el tratamiento tributario a los vecinos que se incorporen al distrito de MORDAZA de MORDAZA por efecto de la Ley Nº 30058; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el MORDAZA parrafo del articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece, que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 senala que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, mediante Ordenanza Nº 481-MSS, publicada el 16.04.2014, se establece el tratamiento tributario a los vecinos que se incorporen al distrito de MORDAZA de MORDAZA por efecto de la Ley Nº 30058; Que, la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 481-MSS, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente ordenanza; asi como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia; Que, mediante Memorandum Nº 285-2014-GAT-MSS del 23.04.2014, la Gerencia de Administracion Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldia que propone ampliar los vencimientos establecidos en la Ordenanza Nº 481-MSS, que aprueba el tratamiento tributario a los vecinos que se incorporen al distrito de MORDAZA de MORDAZA por efecto de la Ley Nº 30058, hasta el 30.06.2014, en razon al breve plazo de vigencia contemplados en la referida MORDAZA y a la respuesta favorable que viene teniendo, es necesario prorrogar su vigencia, a fin de

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