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El Peruano Miércoles 30 de abril de 2014 521984 Que, la Tercera Disposición Final de la misma Ordenanza, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria mediante Informe Nº 075-2014-MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe Nº 013-2014-MDLM-GAT y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 191-2014-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 260, que establece el Bene fi cio de Regularización Tributaria en el Distrito de La Molina hasta el 30 de mayo de 2014. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Atención al Ciudadano, al Ejecutor Coactivo Tributario, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologías de Información, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de Información la publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1077833-2 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 258, que aprueba Beneficio de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 022-2014 La Molina, 28 de abril de 2014 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: El Memorando Nº 335-2014-MDLM-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 047-2014-MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico y el Informe Nº 288-2014-MDLM-GDUE-SGFA de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, mediante los cuales se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 258 que aprueba el “Bene fi cio de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina”. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 258, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 21 de julio del 2013, se aprobó el Bene fi cio de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 017-2014, se prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 258 hasta el 30 de abril de 2014;Que, siendo política de la actual gestión, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones administrativas, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 258; Que, la Segunda Disposición Final de la misma Ordenanza, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa mediante Informe Nº 288-2014-MDLM-GDUE-SGFA, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico mediante Informe Nº 047-2014-MDLM-GDUE y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 190-2014-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 258 que aprueba el “Bene fi cio de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina”, hasta el 31 de mayo de 2014. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, el Ejecutor Coactivo Administrativo y la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, así como a la Gerencia de Tecnologías de Información, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información, la publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1077833-3 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Amplían plazo de vencimiento para el pago de primera cuota de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2014/MDLCH Chosica, 28 de abril de 2014EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA Visto el Informe Nº 112-2014/MDLCH-GR elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas remite el proyecto de Decreto de Alcaldía por el cual amplía el plazo de vencimiento del primer trimestre del impuesto predial y de los arbitrios municipales del año 2014, hasta el 30 de mayo del presente año. CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 196-MDL, publicado el 8 de febrero de 2014, se establece el vencimiento del pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2014. Que, en vista de que a la fecha aún muchos contribuyentes aún no han recibido sus cuponeras de pago del impuesto predial y de los arbitrios municipales