Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2014 (30/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Miercoles 30 de MORDAZA de 2014

521981
mediante los articulos 70º y 72º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza Municipal Nª165-2012-MDC, y demas normas de la materia. RESUELVE: Articulo Primero.- RECTIFICAR, el error material contenido en el Articulo Primero y MORDAZA de la Resolucion Gerencial Nº 176-2013-GDUR/MDC de fecha 15 de Noviembre de 2013, en merito a los considerandos expuestos en la presente resolucion; en el extremo siguiente: En la Resolucion Gerencial Nº 176-2013-GDUR/MDC de fecha 15 de Noviembre de 2013: DICE: Articulo Primero: DECLARAR DE OFICIO la Habilitacion MORDAZA de lote unico del Inmueble con un area de 35,480.00 m2, y con medida perimetrica de 827.73 ml que corre inscrito en la Ficha No. 12419972 del Registro de Propiedad Inmueble, sobre el cual se localiza el area de terreno materia de Habilitacion en el Distrito de Cieneguilla, Provincia y Departamento de Lima. DEBE DECIR: Articulo Primero: DECLARAR DE OFICIO la Habilitacion MORDAZA del inmueble denominado Predio Saucerito con U.C 10153, inscrita en la Partida Registral Nº1219972 de los Registros Publicos de MORDAZA, de un area de 35,480.00 m2 ubicado en el Distrito de Cieneguilla, Provincia y Departamento de MORDAZA, de propiedad de la Empresa HANWEB S.A.C.; aprobandose subsiguientemente el Plano de Ubicacion del predio Saucerito U-01, Plano Perimetrico del Predio Saucerito U-02, Plano de Trazado y Lotizacion del predio Saucerito PTL U-03 que forman parte del Expediente Tecnico; asi como aprobar el Cuadro General de Distribucion de Areas del predio Saucerito contenida en el PTL U-03, segun el siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCION DE AREAS DEL PREDIO SAUCERITO DESCRIPCION Area Bruta Area Util Area de Vias DICE: Articulo Segundo.- DISPONER la inscripcion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio de lote unico, de conformidad con el plano signado con el Informe Tecnico Nº 331-2013WAO­SGOPPTYC-MDC de fecha 15 de noviembre de 2013 y memoria descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: (...) DEBE DECIR: Articulo Segundo.- DISPONER la inscripcion registral de la Habilitacion MORDAZA de Oficio de conformidad con el Plano de Trazado y Lotizacion del predio Saucerito PTL U03 y Memoria Descriptiva que forman parte de la presente resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los treinta (30) dias siguientes de notificada la misma, a cargo de los propietarios el predio objeto de la Habilitacion MORDAZA de Oficio. Articulo Quinto.- NOTIFICAR, la presente resolucion al administrado de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA y Rural AREA (m2) 35,480.00 m2 30,622.90 4,857.10

Que, la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de Oficio la Habilitacion MORDAZA de Predios, que previamente ha identificado dentro de las zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en los Registros Publicos como rusticos; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 176-2013GDUR-MDC de fecha 15 de Noviembre del 2013, se resuelve declarar de Oficio la Habilitacion MORDAZA de Lote Unico del Inmueble con un area de 35,480.00 m2 y con medida perimetrica de 827.73 ml que corre inscrito en la Ficha Nº 12419972 del Registro de Propiedad Inmueble, sobre el cual se localiza el area de terreno materia de Habilitacion en el Distrito de Cieneguilla, Provincia y Departamento de MORDAZA y se dispuso la inscripcion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio de Lote Unico, de conformidad con el Plano signado con el Informe Tecnico Nº 331-2013-WAO-SGOPPTYC-MDC de fecha 15 de Noviembre de 2013 y Memoria Descriptiva de acuerdo al Cuadro General de Areas; Que, segun la Esquela de Observacion emitida por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP advierte: 1) En el articulo primero de la Resolucion Gerencial Nº 176-2013-GDUR/ MDC de fecha 15/11/2013, senala que la Habilitacion MORDAZA es de lote unico, pero de la misma resolucion y demas documentacion presentada se advierte que la habilitacion comprende 32 sublotes; 2) Los planos presentados no contienen numeracion alguna que permitan vincularlos con la Resolucion Gerencial Nº 1762013-GDUR/MDC que aprueba la Habilitacion MORDAZA de Oficio, senalando que en el articulo MORDAZA de la resolucion MORDAZA mencionada la Habilitacion MORDAZA se aprueba de conformidad con el plano signado con el Informe Tecnico Nº 331-2013-WAO-SGOPPTYC-MDC; 3) Deja MORDAZA que el Informe Tecnico Nº 3312013-WAO-SGOPPTYC-MDC, no es un documento que sustente la inscripcion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio, ademas de ello, no constituye acto administrativo, sino un documento de tramite interno entre los organos y dependencias del municipio de Cieneguilla, ademas de ello carece del sello del funcionario municipal que lo autoriza, de este documento advierte que los planos presentados corresponden al de subdivision de terreno, considerando ademas a los Sub Lotes 31 y 32 como areas de servidumbres, lo cual no se adecua al tramite de Habilitacion MORDAZA de Oficio; 4) En la Resolucion Gerencia Nº 176-2013-GDUR/MDC del 15/11/2013 refiere que el area de vias es de 4,857.10 m2, las que comprenderian a las areas de los sublotes 31 y 32, pero esto no se desprende de manera expresa de este documento, ademas, de ello, la denominacion de las areas como sublotes distorsiona su naturaleza juridica de bien de dominio publico (art.2º del Reglamento de la Ley Nº 29151); 6) Que, existe discrepancias entre la memoria descriptiva del Sub Lote 19E, 23E y 32 y el plano U-03 y 7) Segun el Informe Tecnico Nº 00174-2014-SUNARPZ.R.Nº IX/OC establece que "segun el antecedente registral del predio matriz correspondiente a la partida Nº 11049519, el predio se ubica graficamente sobre ambito de las manzanas 46 (Lotes 2 y 3), Mz.49 (Lotes del 6 al 19), Mz. 50 (Lote del 1 al 12) y Mz.51 (Lotes del 3 al 10), segun documentacion grafica obrante en TA. Nº 100622 del 02/10/1990; sin embargo, cabe mencionarse que dichos lotes no son descritos en la memoria descriptiva ni en el asiento de inscripcion de lotizacion"; Que, el articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº27444 que establece: "Los errores material o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento o de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision (...)"; Que, verificada la documentacion presentada por la administrada se estan superando las observaciones planteadas por la SUNARP, debiendo emitir el acto administrativo correspondiente que aclare y rectifique dichas observaciones; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural

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