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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (30/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Miércoles 30 de abril de 2014 521981 Que, la declaración de Habilitación Urbana de O fi cio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de O fi cio la Habilitación Urbana de Predios, que previamente ha identi fi cado dentro de las zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en los Registros Públicos como rústicos; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 176-2013- GDUR-MDC de fecha 15 de Noviembre del 2013, se resuelve declarar de O fi cio la Habilitación Urbana de Lote Único del Inmueble con un área de 35,480.00 m2 y con medida perimétrica de 827.73 ml que corre inscrito en la Ficha Nº 12419972 del Registro de Propiedad Inmueble, sobre el cual se localiza el área de terreno materia de Habilitación en el Distrito de Cieneguilla, Provincia y Departamento de Lima y se dispuso la inscripción de la Habilitación Urbana de O fi cio de Lote Único, de conformidad con el Plano signado con el Informe Técnico Nº 331-2013-WAO-SGOPPTYC-MDC de fecha 15 de Noviembre de 2013 y Memoria Descriptiva de acuerdo al Cuadro General de Áreas; Que, según la Esquela de Observación emitida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP advierte: 1) En el artículo primero de la Resolución Gerencial Nº 176-2013-GDUR/ MDC de fecha 15/11/2013, señala que la Habilitación Urbana es de lote único, pero de la misma resolución y demás documentación presentada se advierte que la habilitación comprende 32 sublotes; 2) Los planos presentados no contienen numeración alguna que permitan vincularlos con la Resolución Gerencial Nº 176- 2013-GDUR/MDC que aprueba la Habilitación Urbana de O fi cio, señalando que en el artículo segundo de la resolución antes mencionada la Habilitación Urbana se aprueba de conformidad con el plano signado con el Informe Técnico Nº 331-2013-WAO-SGOPPTYC-MDC; 3) Deja Constancia que el Informe Técnico Nº 331- 2013-WAO-SGOPPTYC-MDC, no es un documento que sustente la inscripción de la Habilitación Urbana de Ofi cio, además de ello, no constituye acto administrativo, sino un documento de trámite interno entre los órganos y dependencias del municipio de Cieneguilla, además de ello carece del sello del funcionario municipal que lo autoriza, de este documento advierte que los planos presentados corresponden al de subdivisión de terreno, considerando además a los Sub Lotes 31 y 32 como áreas de servidumbres, lo cual no se adecua al trámite de Habilitación Urbana de O fi cio; 4) En la Resolución Gerencia Nº 176-2013-GDUR/MDC del 15/11/2013 refi ere que el área de vías es de 4,857.10 m2, las que comprenderían a las áreas de los sublotes 31 y 32, pero esto no se desprende de manera expresa de este documento, además, de ello, la denominación de las áreas como sublotes distorsiona su naturaleza jurídica de bien de dominio público (art.2º del Reglamento de la Ley Nº 29151); 6) Que, existe discrepancias entre la memoria descriptiva del Sub Lote 19E, 23E y 32 y el plano U-03 y 7) Según el Informe Técnico Nº 00174-2014-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC establece que “según el antecedente registral del predio matriz correspondiente a la partida Nº 11049519, el predio se ubica grá fi camente sobre ámbito de las manzanas 46 (Lotes 2 y 3), Mz.49 (Lotes del 6 al 19), Mz. 50 (Lote del 1 al 12) y Mz.51 (Lotes del 3 al 10), según documentación grá fi ca obrante en TA. Nº 100622 del 02/10/1990; sin embargo, cabe mencionarse que dichos lotes no son descritos en la memoria descriptiva ni en el asiento de inscripción de lotización”; Que, el artículo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº27444 que establece: “Los errores material o aritméticos en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento o de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión (…)”; Que, veri fi cada la documentación presentada por la administrada se están superando las observaciones planteadas por la SUNARP, debiendo emitir el acto administrativo correspondiente que aclare y recti fi que dichas observaciones; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural mediante los artículos 70º y 72º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza Municipal Nª165-2012-MDC, y demás normas de la materia. RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR, el error material contenido en el Artículo Primero y Segundo de la Resolución Gerencial Nº 176-2013-GDUR/MDC de fecha 15 de Noviembre de 2013, en mérito a los considerandos expuestos en la presente resolución; en el extremo siguiente: En la Resolución Gerencial Nº 176-2013-GDUR/MDC de fecha 15 de Noviembre de 2013: DICE: Artículo Primero: DECLARAR DE OFICIO la Habilitación Urbana de lote único del Inmueble con un área de 35,480.00 m2, y con medida perimétrica de 827.73 ml que corre inscrito en la Ficha No. 12419972 del Registro de Propiedad Inmueble, sobre el cual se localiza el área de terreno materia de Habilitación en el Distrito de Cieneguilla, Provincia y Departamento de Lima. DEBE DECIR: Artículo Primero: DECLARAR DE OFICIO la Habilitación Urbana del inmueble denominado Predio Saucerito con U.C 10153, inscrita en la Partida Registral Nº1219972 de los Registros Públicos de Lima, de un área de 35,480.00 m2 ubicado en el Distrito de Cieneguilla, Provincia y Departamento de Lima, de propiedad de la Empresa HANWEB S.A.C.; aprobándose subsiguientemente el Plano de Ubicación del predio Saucerito U-01, Plano Perimétrico del Predio Saucerito U-02, Plano de Trazado y Lotización del predio Saucerito PTL U-03 que forman parte del Expediente Técnico; así como aprobar el Cuadro General de Distribución de Áreas del predio Saucerito contenida en el PTL U-03, según el siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS DEL PREDIO SAUCERITO DESCRIPCIÓN AREA (m2) Área Bruta 35,480.00 m2Área Útil 30,622.90 Área de Vías 4,857.10 DICE: Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana de O fi cio de lote único, de conformidad con el plano signado con el Informe Técnico Nº 331-2013-WAO–SGOPPTYC-MDC de fecha 15 de noviembre de 2013 y memoria descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: (…) DEBE DECIR:Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción registral de la Habilitación Urbana de O fi cio de conformidad con el Plano de Trazado y Lotización del predio Saucerito PTL U-03 y Memoria Descriptiva que forman parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los treinta (30) días siguientes de noti fi cada la misma, a cargo de los propietarios el predio objeto de la Habilitación Urbana de O fi cio. Artículo Quinto.- NOTIFICAR, la presente resolución al administrado de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.CÉSAR AUGUSTO SANDOVAL HUAMÁN Gerente de Desarrollo Urbano y Rural