Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2014 (30/04/2014)


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por la Ordenanza Nº 304-MSI, asi como, para garantizar la asignacion equitativa, mediante sorteo, de dichas ubicaciones entre las organizaciones politicas; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6º del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el "Procedimiento para el sorteo de asignacion de ubicaciones para la difusion de propaganda electoral en bienes de uso publico en las elecciones municipales 2014", el cual se encuentra senalado en el Anexo 01 del presente Decreto, siendo parte integrante del mismo. Articulo Segundo.- APROBAR la relacion de ubicaciones permitidas para la instalacion de paneles y/ o carteles en bienes de uso publico para la difusion de propaganda electoral municipal 2014 en el distrito de San MORDAZA, en estricto cumplimiento de lo dispuesto en los articulos 7º y 8º del Capitulo III de la Ordenanza Nº 304MSI, el cual se encuentra senalado en el Anexo 02 del presente Decreto, siendo parte integrante del mismo. Articulo Tercero.- APROBAR el Plano con la relacion de ubicaciones permitidas a que se hace referencia en el articulo precedente, el cual se encuentra como Anexo 03 del presente Decreto, siendo parte integrante del mismo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalizacion y a todas sus unidades organicas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia, asi como la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA, de acuerdo a sus competencias. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de San MORDAZA, www.munisanisidro.gob. pe y a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. CANTELLA SALAVERRY MORDAZA ANEXO 01 PROCEDIMIENTO PARA SORTEO DE ASIGNACION DE UBICACIONES PARA LA DIFUSION DE PROPAGANDA ELECTORAL EN BIENES DE USO PUBLICO EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2014 Articulo 1º.- Objeto El presente tiene por objeto establecer el mecanismo del sorteo publico para la asignacion equitativa de las ubicaciones permitidas en bienes publicos del distrito de San MORDAZA para la difusion de propaganda electoral en las elecciones municipales 2014. Articulo 2º.- Actividades preparatorias El sorteo para la asignacion de ubicaciones permitidas para la difusion de propaganda electoral en bienes de uso publico del distrito de San MORDAZA, estara a cargo de la Oficina de Participacion Vecinal. Previamente al sorteo, la Oficina de Comunicaciones e Imagen confirmara la presencia de un Notario Publico y la concurrencia de representantes de los organismos electorales, Defensoria del Pueblo y de los personeros de las organizaciones politicas. Articulo 3º.- Mecanismo de sorteo El sorteo de las ubicaciones, se realizara de acuerdo a los pasos siguientes: a) Se ordenaran alfabeticamente a las organizaciones politicas de acuerdo a su denominacion. b) De acuerdo al orden alfabetico, se les asignara a las organizaciones politicas una letra del alfabeto, empezando por la letra A hasta completar la asignacion de todas las organizaciones politicas participantes. c) Las ubicaciones permitidas para la difusion de propaganda electoral tendran asignadas numeracion correlativa prevista en el Anexo 2 del presente Decreto. d) Se utilizaran bolilleros y bolillos. Los bolillos se

El Peruano Miercoles 30 de MORDAZA de 2014

identificaran con las letras del alfabeto que correspondan a las organizaciones politicas y con los numeros que correspondan a las ubicaciones permitidas en las vias publicas consideradas en el Anexo 2 del presente Decreto. e) Los bolillos alfabeticos seran colocados en un solo bolillero. Los bolillos numericos se colocaran en bolilleros de acuerdo a la numeracion que corresponda a las vias consideradas en el Anexo 2 del presente Decreto. f) Los bolillos seran mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en sus respectivos bolilleros. Luego de revolver los bolilleros, se extraeran y mostraran los bolillos las veces que MORDAZA necesarias hasta asignar la totalidad de las ubicaciones consideradas para el sorteo. g) Primero se extraera del bolillero donde se encuentran los bolillos numericos y luego del primer bolillero donde estan los bolillos alfabeticos. La Organizacion politica a la que corresponda el primer bolillo alfabetico extraido se le asignara la ubicacion que corresponda al primer bolillo numerico que se extraiga; la organizacion politica a la que corresponda el MORDAZA bolillo alfabetico se le asignara la ubicacion que corresponda al MORDAZA bolillo numerico, y asi sucesivamente hasta concluir con la extraccion de los bolillos. h) Extraidos todos los bolillos alfabeticos, se volveran a colocar estos en su respectivo bolillero luego se continuara el procedimiento MORDAZA senalado, salvo que el numero de bolillos numericos por extraer sea inferior al numero de organizaciones politicas participantes, en cuyo caso dichos bolillos numericos se reservaran para un sorteo final y se procedera a continuar el sorteo con el siguiente bolillero numerico. i) El Notario Publico MORDAZA conformidad a los bolillos extraidos y se registraran los resultados. Articulo 4º.- Elaboracion de actas de los resultados del sorteo Una vez obtenido el resultado del sorteo mencionado, se levanta el acta respectiva, en cuatro ejemplares. Uno de los ejemplares se entregara al Notario Publico, y otros dos a los representantes de los organismos electorales. Asimismo, se entregara copias del acta al representante de la Defensoria del Pueblo y a los personeros que lo soliciten. Articulo 5º.- Prohibicion de ceder a otra organizacion la ubicacion asignada Se encuentra terminantemente prohibido, que cualquier candidato o agrupacion politica ceda, arriende o traspase, bajo cualquier modalidad la ubicacion asignada. En el caso que alguna organizacion politica no desee hacer uso de la ubicacion asignada, esta podra ser sorteada entre las demas organizaciones politicas, conforme al procedimiento MORDAZA senalado. En caso que ninguna agrupacion politica estuviera interesada en ocupar determinada ubicacion esta sera dejada libre, no pudiendo ser ocupada por ninguna agrupacion politica. ANEXO 02 RELACION DE UBICACIONES PERMITIDAS PARA LA INSTALACION DE PANELES Y/O CARTELES PARA LA DIFUSION DE PROPAGANDA ELECTORAL MUNICIPAL 2014 En atencion a lo senalado en los articulos 7º y 8º de la Ordenanza Nº 304-MSI, precisese las ubicaciones donde se puedan colocar paneles y/o carteles para difusion de propaganda electoral, unicamente en las bermas centrales de las siguientes vias: 1.- Av. General MORDAZA MORDAZA Salaverry; Av. MORDAZA MORDAZA Aranibar; y Av. MORDAZA del MORDAZA, entre la Av. Salaverry y Av. MORDAZA de Vergallo. Ubicaciones: 1 al 38 2.- Av. MORDAZA MORDAZA Este, entre la Av. Petit Thouars y MORDAZA MORDAZA Masias; Av. MORDAZA MORDAZA Oeste; Av. Arequipa; y Av. Paseo Parodi. Ubicaciones: 39 al 86. 3.- Av. Aramburu, entre la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA 3 Sur; Av. MORDAZA Carriquirry cruce con Av. Canaval y Moreyra; Av. MORDAZA del Norte cruce con Av. MORDAZA Barrenechea; y, Av. MORDAZA Civil con Av. MORDAZA Sur. Ubicaciones: 87 al 106. 4.- Av. Republica de Panama y Av. Canaval y Moreyra. Ubicaciones: 107 al 122

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