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El Peruano Martes 5 de agosto de 2014 529370 predios en parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana. Artículo Tercero.- ESTABLECER, en lo que se haga referencia en la Ordenanza Nº 399-MSS a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, se entienda como Subgerencia de Licencia de Edifi cación y Control Urbano. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el portal del Estado Peruano, en el portal Institucional www.munisurco.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal la difusión de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1118628-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Aprueban inscripción de bienes inmuebles en los Registros Públicos de la Zona Registral Nº II Sede Chiclayo - Oficina Cajamarca, a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca ACUERDO DE CONCEJO Nº 072-2014-CMPC Cajamarca, 23 de abril de 2014 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de Abril del año 2014, el Ofi cio Nº 014-2014-OR-CAAyF-MPC, de Ia Comisión de Asuntos Administrativos y Financieros a través del cual remite el Dictamen Nº 05-2014-CAAyF- MPC, Ofi cio Nº 063-2014-OGA-MPC, informe Nº054- 2014-MPC-OGA-ULySG/ACP/GVG; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 194º de Ia Constitución Política del Estado, modifi cado por Ia Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, “Las Municipalidades son Gobiernos Locales con Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo preceptuado en el Art. II del Título Preliminar de Ia Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972”. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 58º de Ia Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los bienes inmuebles de las municipalidades se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente. Que, mediante informe Nº 054-2014-MPC-OGA- ULySG-ACP/GVG Ia Ofi cina de Control Patrimonial, informa de Ia existencia de predios a los que corresponde realizar el saneamiento a fi n de ser inscritos en Registros Públicos, siendo conveniente inscribir algunos de ellos ante Ia Ofi cina de Registros Públicos de Cajamarca mediante el D.S. No 130-2001-EF, por lo que es necesario que sea aprobada su inscripción mediante Acuerdo de Concejo. Que, asimismo mediante Ofi cio Nº 063-2014- 0GNMPC, Ia Ofi cina General de Administración señala que resulta necesario emitir un Acuerdo de Concejo, en menta a lo prescrito en el artículo 58º de Ia Ley Orgánica de Municipalidades, solicitando además que a través de Ia Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto se atienda el presupuesto requerido por Ia Control Patrimonial a fi n de efectivizar Ia inscripción de los inmuebles que apruebe el Acuerdo de Concejo. Que, mediante Dictamen Nº 05-2014-CAAyF-MPC Ia Comisión de Asuntos Administrativos y Financieros de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca propone al Concejo Municipal autorizar Ia inscripción de predios ubicados en Ia Asociación Julio C. Tello Sector 14- Ba. Mollepampa de esta ciudad, lotización Cajamarca 2010, Sector Huacaríz, a favor de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca. Que, el Pleno del Concejo, luego de evaluar el dictamen emitido por Ia Comisión de Asuntos Administrativos y Financieros y Ia participación de cada uno de sus miembros, determinó aprobar Ia inscripción de dichos inmuebles. Por lo que con el voto unánime de los Señores Regidores, con Ia dispensa de Ia lectura y aprobación del Acta para tomar el acuerdo y de conformidad con los artículos 17º y 41º de Ia Ley Orgánica de Municipalidades. SE ACORDO: Artículo 1º.- APROBAR, Ia inscripción en los Registros Públicos de Ia Zona Registral Nº II Sede Chiclayo - Ofi cina Cajamarca, a favor de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca, los bienes inmuebles señalados a continuación: Nº NOMBRE DE LA PROPIEDAD UBICACIÓN AREA REAL (M²) MONTO FINAL (S/. LOTIZACIÓN - BARRIO DIRECCIÓN Nº 1 ESPACIO VECINAL J.C. TELLO JR. TUPAC AMARU S/N 656.41 350.00 2 OTROS FINES CAJAMARCA 2010 JR. AGOCUCHO S/N 809.69 650.00 3 RECREACION CAJAMARCA 2010 JR. AGOCUCHO S/N 4,050.00 1500.00 4 RECREACION CAJAMARCA 2010 JR. AGOCUCHO S/N 4,196.80 1500.00 5 EDUCACIÓN CAJAMARCA 2010 JR. AGOCUCHO S/N 2,293.00 10000.00 TOTAL: 5000.00 Artículo 2º.- ENCARGAR, a Ia Ofi cina General de Administración para que a través del Área de Control Patrimonial realice Ia inscripción de los bienes inmuebles referidos en el artículo primero, así como los demás tramites correspondientes de acuerdo a sus facultades y conforme a Ley. Artículo 3º.- RECOMENDAR, al ejecutivo que a través de Ia Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto atienda el presupuesto requerido por el Área de Control Patrimonial para efectivizar Ia inscripción de los inmuebles indicados en los artículos precedentes, en los Registros Públicos de Ia Zona Registral Nº II Sede Chiclayo - Ofi cina Cajamarca. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO A. BARDALES VIGO Alcalde Provincial 1118535-1